Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



Expediente D.E.: 12013-2-2001

Expediente H.C.D.: 1340-AM-14

Nº de registro: O-16206

Fecha de sanción: 21/08/2014

Fecha de promulgación: 05/09/2014

Decreto de promulgación: 2523-14



ORDENANZA Nº 21895



Artículo 1º.- Modifícase el artículo 3º y el Anexo I de la Ordenanza 14129, los que quedarán redactados de la siguiente forma:


Artículo 3º.- El material a exhibir se deberá imprimir por parte de aquel obligado a su cumplimiento desde el sitio web de la Municipalidad de General Pueyrredon o podrá ser requerido ante la Dirección General de Defensa del Consumidor e Intereses del Contribuyente, a partir del 15 de septiembre de 2014.”


ANEXO I

DERECHOS DEL CONSUMIDOR Y EL USUARIO

CONSTITUYEN DERECHOS BASICOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS:


  1. La protección de su salud, seguridad, integridad física e intereses económicos.

  2. Recibir condiciones de atención y trato digno y equitativo de parte de los proveedores de bienes y servicios y a no ser colocados en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

  3. Que la prestación de servicios, suministro o utilización de los bienes comprendidos en las relaciones de consumo no representen peligro alguno para la salud o seguridad de los consumidores.

  4. Recibir información cierta, clara y detallada sobre las características esenciales de los bienes y servicios y las condiciones de su comercialización.

  5. Recibir siempre un ejemplar original del documento de venta (factura, recibo, contrato, etc.) que extienda el proveedor, el que deberá ser comprensible, claro, fácilmente legible, sin reenvíos a textos y documentos que no se entreguen previa o simultáneamente.

  6. No sufrir diferencia en el precio en las compras efectuadas en un pago, según lo haga con dinero efectivo o con tarjetas de crédito o débito.

  7. Que sea a su favor la diferencia en el monto total o abonar cuando le fuera imposible al proveedor la devolución del vuelto correspondiente.

  8. Rescindir la contratación de servicios realizada por vía telefónica o similar, a su elección, mediante el mismo medio realizado para la contratación, debiendo recibir de la proveedora una constancia fehaciente de la recepción del pedido de rescisión en setenta y dos (72) horas.

  9. La garantía legal por los vicios o defectos de cualquier índole, de tres (3) meses cuando se trate de bienes muebles usados y de seis (6) meses en los demás casos a partir de la entrega.

  10. No estar sujeto a restricciones de días y horarios para el cambio de un producto.

  11. Que se asegure un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos y que se entregue por escrito presupuesto y constancia de la reparación.

  12. Que se extienda la garantía por el tiempo durante el cual el bien estuvo sujeto a reparación.

  13. A requerir la sustitución de la cosa adquirida, la restitución de lo pagada o una quita proporcional del precio a su elección, en el caso de una reparación no satisfactoria bajo los términos de una garantía legal.

  14. Que se respeten los términos, plazos, condiciones, modalidades y demás circunstancias conforme a las cuales el servicio haya sido ofrecido, publicitado o convenido.

  15. En los contratos de prestación de servicios a reclamar por deficiencias o defectos dentro de los treinta (30) días de su conclusión.

  16. Ante el incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, a su elección puede exigir el cumplimiento forzado de la obligación, aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente o rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado.

  17. Que se le informe en las operaciones de venta a crédito el importe a desembolsar y monto financiado, la tasa de interés efectiva anual, total de intereses a pagar, sistema de amortización de capital y cancelación de intereses, cantidad, periodicidad y monto de los pagos a realizar, gastos extras si los hubiere y el costo financiero total.

  18. En caso de prestación de servicios públicos, a efectuar su reclamo ante la autoridad instituida por la legislación específica o ante la autoridad de aplicación de la Ley 24240, debiéndose respetar los mecanismos de reclamo y procedimiento establecido por la citada ley.

  19. Revocar su aceptación dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la entrega del bien o desde que se celebre el contrato, en aquellos contratos cuya oferta o propuesta es efectuada fuera del establecimiento del proveedor o cuando el consumidor haya sido convocado por un motivo total o parcialmente distinto de la contratación o por un premio u obsequio, como así también en los casos de ventas por correspondencia, mediante telecomunicaciones, vía electrónica o similar.”



Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-


Claudia Pérez Baragiola

García Pulti


Ordenanza Nº 21895 2