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Mar del Plata, 30 de Junio de
2011
SR. PRESIDENTE DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Arq. MARCELO ARTIME
S / D
VISTO:
La necesidad de generar empleo y reactivar la producción y sabiendo
la importancia y relevancia que tienen es esta problemática la radicación
de empresas en el Partido de General Pueyrredón y,
CONSIDERANDO:
Que uno de los grandes problemas por los que atraviesan el Partido de
General Pueyrredón es la desocupación, sin perspectivas de empleo real.
Que se hace necesario buscar una reactivación del sector productivo,
las pequeñas y medianas empresas.
Que para evitar el asistencialismo, que solo le quita la dignidad a
la persona, hay que buscar la manera de apoyar el trabajo informal para que
se convierta en trabajo real y a los emprendedores para el desarrollo de
sus proyectos.
Que una de las grandes dificultades con las que se encuentran los
emprendedores, es el lugar físico y los primeros recursos para lanzar una
idea y comenzar una actividad empresarial.
Que no existe en estos momentos un programa municipal que aporte todo
el apoyo tecnológico y herramientas teóricas para lanzar un
microemprendimiento y no los contiene físicamente ya que carece de
estructura.
Que la Municipalidad puede proveer de espacio físicos o incubadoras
donde se brinde al microemprendedor asistencia técnica y herramientas
administrativas como para iniciar una
actividad y contenerlo hasta su consolidación.
Que son muchos los emprendedores que por falta de recursos iniciales
no pueden cristalizar sus proyectos.
Que donde se aplico el sistema de incubadoras de empresas los
resultados han sido óptimos y ya hay muchos emprendimientos que salieron de
la incubadora y siguieron con su desarrollo.
Que las empresas incubadas son una fuente de empleo real.
Que junto a la Secretaria de la Producción, la Incubadora de Empresas
va a posibilitar el desarrollo empresarial empleando mano de obra.
Que se podría crear el Fondo para Emprendimientos Productivos,
a fin de poner en marcha la Incubadora para Empresas.
Que se debe promover el desarrollo de emprendimientos a través
de asistencia técnica, planificación, asesoramientos, coordinación y todo
lo necesario para el desarrollo de los emprendimientos dándole a la empresa
incubada el uso de los servicios, infraestructura y espacio físico.
Es por lo expuesto que el bloque de concejales de la UCR eleva el siguiente
proyecto de:
ORDENANZA:
Artículo.N°1: CREACIÓN: Créase en el ámbito de la Municipalidad de General
Pueyrredón la “Incubadora de Empresas”, servicio que se desempeñara bajo la
estructura existente en la Secretaria de la Producción
Articulo N°2: OBJETIVOS: Facilitar los primeros pasos de nuevas empresas o
emprendimientos de innovación tecnológicas, que de aquí en mas se
denominara “empresa incubada” posibilitando:
a) incrementar el nivel de actividad económica
b) mejorar la productividad del tejido económico local
c) aumentar la competitividad de la ciudad
d) generar empleo real
e) transformar el trabajo informal en formal
f) generar vínculos con universidades y centros de investigaciones para la
utilización de sus recursos (humanos, técnicos, etc.)
g) generar y/o gestionar fondos para el desarrollo de proyectos
Articulo N°3: SERVICIOS A BRINDAR:
a) asesoramiento administrativo, técnico, comercial, de imagen, marketing,
comercialización, etc.
b) secretaria, teléfono, fax y correo electrónico (compartido con las otras
empresas que integren la incubadora)
c) espacio físico y mobiliario básico para el desempeño de sus integrantes
Articulo N° 4: EVALUACIÓN: Se conformará una Comisión
Evaluadora y serán sus funciones:
a) calificación de las diferentes propuestas
b) calificación y seguimiento del desarrollo de las iniciativas
c) asesoramiento general de los emprendedores.
La misma estará conformada por diferentes sectores designados por la
Secretaria de Producción, el Plan Estratégico, la Secretaria de Hacienda y
el Ejecutivo Local.
Artículo N°5: Plazo de Permanencia de la empresa incubada. Será de 24 meses
pudiendo la Comisión Evaluadora prorrogarlo por un año más.
Artículo N°6: La convocatoria se realizara en forma pública, abierta, y a
través de medios masivos de comunicación, donde se establecerán las
condiciones para la admisión y el número de cupo
disponibles.
Artículo N°7: La inscripción será gratuita y los resultados de la selección
serán publicados en los medios
Artículo N°8: Se faculta al DEM a realizar gestiones ante los organismos
locales, provinciales, nacionales o internacionales, con el objetivo de
lograr asesoramiento técnico y el apoyo económico
necesario para la puesta en marcha del servicio.
Artículo N°9: Se faculta a la Secretaria de la Producción para:
a) la elaboración de los aspectos reglamentarios y de funcionamiento del
servicio incubadoras de empresas a fin de cumplir con los objetivos de la
presente
b) diseñar estrategias y búsqueda de financiamiento para las actividades de
la Incubadora,
c) elaborar un plan anual de la Incubadora y desarrollar nuevos programas
específicos para apoyar e incentivar a empresas emergentes.
Artículo N°10: El DE designara el espacio físico pudiendo ser municipal o a
través de convenios con quien corresponda.
Artículo N°11: De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo