Información de Expediente

2014 - E - 2068
Fecha de Entrada: 23/10/2014
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 04/02/2016
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1819 0 2015 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Viendo con agrado que el DE estudie la posibilidad de implementar un servicio de fonoaudiología destinado a aquellos estudiantes del Inst. de Formación Docente "Almafuerte" que no tengan acceso a una cobertura médica gratuita, a efectos de que continúen sus estudios, de acuerdo al Diseño Curricular para la Educación Superior, confeccionado por la Dcción. Gral. de Cultura y Educación de la Pcia. de Bs. As.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-4482 13/11/2014

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 24/10/2014 03/11/2014 Aprobado
033 EDUCACION Y CULTURA 03/11/2014 11/11/2014 Aprobado
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 14/09/2015 28/01/2016 Art. 52° del R.I.
033 EDUCACION Y CULTURA 28/01/2016 28/01/2016 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                         Mar del Plata,  21  de  octubre  de

2014


Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Nicolás Maiorano

S------------/------------D


VISTO:

      El Diseño Curricular para la Educación Superior para  niveles  Inicial

y Primario confeccionado por la Dirección General de Cultura y Educación  de

la provincia de Buenos Aires referido a la aptitud fonoaudiológica   de  los

estudiantes y;


CONSIDERANDO:


   Que la palabra y la voz configuran los aspectos centrales de la  práctica

de enseñar y le  otorgan  al  docente  su  lugar  en  el  proceso  formativo

dialógico.

   Que el Diseño Curricular prevé instancias  para  asegurar  el  desarrollo

satisfactorio de sus prácticas en cuanto a la comunicación oral,  la  voz  y

su articulación y para garantizar la salud  e  idoneidad  fonoaudiología  de

los y las docentes en formación.

   Que en este sentido, en los institutos de Formación Docente se asegura la

prevención primaria fonoaudiológica desde el alumno/a  ingresante  a  través

de un examen de aptitud, que tiene por objetivos:

    • Relevar información respecto de los ingresantes  en  las  carreras  de

      Formación Docente de Grado, para detectar los posibles  trastornos  en

      la salud fonoaudiología;

    • Orientar la ejercitación  tendiente  a  la  corrección  de  los  malos

      hábitos de fonación;

    • Detectar las patológicas y efectuar las  derivaciones  pertinentes  al

      profesional  medico  especializado  y   al   fonoaudiólogo   para   su

      tratamiento;

    • Supervisar y registrar,  aparte  del  seguimiento  de  los  casos,  el

      proceso de recuperación.

   Que para la concreción de estas tareas, se asignan dos módulos  semanales

cada dos grupos de  alumnos/as  de  primer  año,  a  un  profesional  de  la

especialidad que ingresará por Listado, según el artículo 108  del  Estatuto

del Docente.

   Que, concluido el relevamiento  inicial  y  realizadas  las  derivaciones

necesarias, se iniciaran las actividades de  ejercitación  agrupando  a  los

alumnos/as según sus necesidades correctivas.



   Que en el segundo año de las Carreras, antes de  acceder  a  la  Practica

Docente frente a los alumnos/as, se debe contar con la certificación  de  la

salud y aptitud referida, emitida por el fonoaudiólogo de la institución.

   Que aquellos estudiantes que no obtengan la certificación de la  salud  y

aptitud referida, emitida por el  fonoaudiólogo  de  la  institución,  deben

realizar un tratamiento por fuera del establecimiento educativo.

   Que hace más de cuarenta años, autoridades municipales bajo el  gobierno

del Intendente Lombardo dan origen al Sistema Educativo Municipal.

   Que El IMES Instituto Municipal de Estudios Superiores surge como una de

las primeras Instituciones de Formación Municipal de nivel  superior,  luego

el Centro de Capacitación y Perfeccionamiento Municipal.

    Que  con la creciente  necesidad  de  colaborar  efectivamente  con  el

desarrollo y progreso del Sistema Educativo  Municipal  en  especial  y  del

partido de General  Pueyrredon,  en  general,  en  1992,  la  Secretaría  de

Educación   decide   crear   el    I.S.P.A.C    (Instituto    Superior    de

Perfeccionamiento, Actualización y Capacitación  Docente)  para  mejorar  la

calidad educativa apuntando a la formación docente.

   Que el 26 de diciembre de 2001 se  reconoce  oficialmente  al  Instituto

como Instituto Superior de Formación Docente Almafuerte  6006;   y  en  2004

pasa a ser de supervisión de la Dirección de Educación de  Gestión  Privada,

como todos los servicios municipales y tomando  el  nombre  que  actualmente

lleva Instituto Superior de Formación Docente  Almafuerte  N° 6393.

   Que el Instituto Superior  de  Formación  Docente  “Almafuerte”,   forma

parte del Sistema Educativo  de  la  Municipalidad  de  General  Pueyrredon,

donde   actualmente  se  cursa  la  Carrera  del  Profesorado  de  Educación

Primaria, con especialización para la atención  de  comunidades  socialmente

desfavorecidas.

   Que gran parte de los  alumnos  que  precisan  realizarse  el  examen  de

aptitud fonoaudiológica no tienen acceso a una cobertura médica  gratuita  y

se ven en la obligación de recurrir a profesionales privados.

   Que  en  el  Partido  de  General  Pueyrredón,  el  C.E.M.A.  (Centro  de

Especialidades Médicas Ambulatorias) brinda la atención  diagnostica  en  la

rama de la fonoaudiología, para los ciudadanos, pero no su tratamiento.

   Que el examen de aptitud fonoaudiológica en los estudiantes de  formación

docente, se traduce en un requisito necesario para la  finalización  de  sus

estudios.

   Que se adjunta el detalle de las  derivaciones  de  los  estudiantes  que

deben realizar un tratamiento fonooudiológico en los años 2012 y 2013  donde

se puede observar la gran cantidad de derivaciones efectuadas que deben  ser

respaldas por el Estado municipal en pos de la formación docente.



   Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria

eleva  el siguiente proyecto de:


                                COMUNICACIÓN


Artículo 1.-  El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el

Departamento Ejecutivo estudie la posible la posibilidad de implementar un

servicio de fonoaudiología destinado a aquellos estudiantes del Instituto

de Formación Docente “Almafuerte” que no tenga acceso a una cobertura

médica gratuita a efectos que puedan continuar con sus estudios de acuerdo

al Diseño Curricular para la Educación Superior para niveles Inicial y

Primario confeccionado por la Dirección General de Cultura y Educación de

la provincia de Buenos Aires.


Artículo 2.-  Comuníquese, etc.

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Mar del Plata



                       BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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