Mar
del Plata, 27 de abril de 2015.-
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Dr. Ariel Ciano
S / D
Visto
La realización de importantes obras en curso, tendientes a
consolidar y renovar las vías pertenecientes a la Empresa Trenes
Argentinos, Ramal Julio Argentino Roca en el acceso a la ciudad y
Considerando
Que la referidas obras son sin duda necesarias, toda vez que
permitirán transitar con seguridad y rapidez a las formaciones de máquinas
y vagones recientemente incorporados al servicio de la línea Roca.
Que se estima considerable el monto de las referidas obras y
posiblemente satisfactoria la velocidad impresa a las mismas, que por lo
que se puede apreciar contemplan, no solo la renovación de vías y
durmientes, sino también un nuevo terraplenamiento, dejando perfectamente
definido el área de servicio del ferrocarril, delimitado a ambos lados por
un cordón conformado por elementos premoldeados de hormigón armado de
aproximadamente 0.60 m. de altura, similares a los que se utilizan en la
separación de autopistas, los que según parece, serán provistos de rejas en
su parte superior, impidiendo el paso de peatones por zonas no permitidas.
Que la Ordenanza Nº 6614, promulgada el 24-10-1986 ;
establece en su artículo 10.2, entre otros pasos a nivel, los de las calles
Strobel, Rizzuto y Bradley, que están sujetos a la donación del espacio por
parte de la Empresa Trenes Argentinos, que debería dotar a los mismos de
personal de guardabarreras. Si bien la referida Ordenanza ha sido en parte
modificada por la Ordenanza Nº 1414/87 , esta no introduce cambios
referidos a los pasos en cuestión.
Que se ha recepcionado una denuncia de vecinos del Bº La
Florida, que corre anexo a la presente, donde manifiestan que, producto
de las obras de Trenes Argentinos se han provocado daños varios en
viviendas de su sector: destrucción de muros, derrumbe de árboles,
destrozos de plantas, etc. En síntesis los vecinos manifiestan que:”si bien
las obras son realizadas en tierras fiscales, deberían contar con un
estudio de Impacto Ambiental, respetar los retiros de vías , tener en
cuenta entre otras cuestiones, las vibraciones, construcción de
alcantarillados y desagües y de muros medianeros ( Código Civil y Ley de
Ferrocarriles) “. Expresando, finalmente que “ no saben si las obras
responden a renovación de vías, segunda vía o ruta para el paso de ómnibus
de larga distancia”.
Que el presidente de la Asociación de Fomento Malvinas
Argentinas , Sr. Caporaletti, expuso ante la Comisión de Obras,
Planeamiento y Seguridad, sobre la aparente supresión de los pasos
vehiculares existentes en calles Strobel, Rizzuto y Bradley ; informando
asimismo, sobre la radicación de viviendas precarias en calles Strobel y
la vía, indicando que varios de sus ocupantes apedrearon recientemente
una formación con pasajeros que circulaba a paso lento, por la
inestabilidad transitoria de las vías, formación que debió retornar a la
estación hasta que interviniera la policía..
Que, supuestamente, las obras referidas crearían una verdadera
frontera , aislando sectores importantes de los barrios que atraviesa.
Que las fotografías que se acompañan reflejan la supresión
efectiva del paso vehicular existente en calle Strobel, la radicación de
viviendas precarias en el sitio y el muro continuo de hormigón premoldeado
que supuestamente será provisto de rejas en su parte superior,
desconociendo a la fecha la situación de los pasos en calle Rizzuto y
Bradley.
Que de subsistir esta ausencia de pasos y no ser reemplazados
por otros se complicará grandemente el acceso a diversas zonas, obligando a
extensos y tortuosos recorridos tanto a vehículos particulares, como de
transporte colectivo y servicios públicos en general, con el consiguiente
perjuicio para la población afectada.
Que atento a la realización de las obras descriptas, se
desconocen las previsiones adoptadas para el correcto desagüe de las aguas
pluviales, de por si complejo, en el decurso de los arroyos que la
atraviesan.
Que se estima necesario que el Departamento .Ejecutivo recabe
de la autoridad de Trenes Argentinos, un informe sobre el proyecto en
cuestión, el alcance de las referidas obras y las previsiones para dejar
resueltas las objeciones planteadas y otras que pudieran surgir.
Que la premura por llevar a cabo obras de envergadura, sin
duda necesarias, pero con algunos aspectos no resueltos en profundidad y
con todas sus variables presentes, puede ocasionar desajustes, aislamiento
y en definitiva trastornos en la vida ciudadana.
Que la difusión de las obras es un derecho de la población, y
es de sana política permitirle evaluar los pro y contra de aquellas e
interponer reclamos. La falta de consulta y el desconocimiento de las
normas del Municipio, viabiliza muchas veces acciones inconsultas de Entes
Nacionales que las ignoran y generan impactos negativos en la zona de
intervención.
Por lo expuesto los concejales integrantes de la Comisión de
Obras , Planeamiento y Seguridad del HCD elevan para su consideración la
presente
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- Solicitase al Departamento Ejecutivo, ante las obras de
recambios de vías y otras, a cargo de la Empresa Trenes Argentinos Ramal
Roca, informe sobre las previsiones dispuestas por ésta, en cuanto al
mantenimiento de los pasos peatonales y vehiculares en la intersección de
las mismas, con las calles Strobel, Rizzuto y Bradley, de acuerdo a lo
dispuesto por la Ordenanza Nº 6614 del año 1986, en su acápite 10.2.
Artículo 2º.- Solicitase al Departamento Ejecutivo informe en igual
sentido de lo expresado en el artículo 1º), las previsiones respecto a la
continuidad de las obras de desagües pluviales para dicho sector.
Artículo 3º.-De forma