Mar del Plata, 2 de noviembre de 2015
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Ciano
S------------/------------D
VISTO:
La ordenanza 7909 que instituye en el Partido de Gral Pueyrredon el
“Programa de Convenios por las Plazas” y;
CONSIDERANDO:
Que dichos convenios los celebra la Municipalidad con personas de
existencia física o ideal para el mantenimiento, conservación, refacción y;
limpieza de plazas y paseos pertenecientes a la Comuna.
Que la ordenanza 13596 que modifica el artículo 3 de la O7909 indica
que el Departamento Ejecutivo es quien gestiona dichos convenios.
Que los espacios públicos son patrimonio de todos los ciudadanos del
Partido de General Pueyrredon.
Que el Artículo 27 de la Ley Orgánica de las Municipalidades indica
que “Corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar: (...)
2. - El trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación
de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y las
delineaciones y niveles en las situaciones no comprendidas en la
competencia provincial”.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victor
ia eleva el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifíquese el artículo nº1 de la ordenanza nº 13596, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3º .- Autorízase al Departamento Ejecutivo, previa
autorización del Honorable Concejo Deliberante, a gestionar dichos
convenios con las personas de existencia física o ideal, las que deberán
contemplar las garantías respectivas a satisfacción de la Municipalidad por
las obligaciones asumidas por los suscriptores. Dichos convenios no podrán
contener cláusulas que impliquen el otorgamiento de privilegios ni
delegación de competencia por parte de la Comuna”.
“Artículo 6º.- Para el desempeño de las tareas a que se comprometan,
los suscriptores de los convenios podrán utilizar personal municipal. La
Municipalidad abonará los sueldos al personal y el suscriptor deberá
reintegrar mensualmente dicho importe, más las cargas sociales
correspondientes.”
Artículo 2º .- De forma, etc.-
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo