Información de Expediente

2016 - E - 1342
Fecha de Entrada: 25/04/2016
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 12/10/2017
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E., informe sobre varios ítems referentes a los fondos percibidos del régimen FFE (Financiamiento Educativo).-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 26/04/2016 22/09/2016 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 22/09/2016 22/09/2016 Art. 52° del R.I.
033 EDUCACION Y CULTURA 27/09/2016 27/04/2017 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 27/04/2017 27/04/2017 Art. 52° del R.I.
033 EDUCACION Y CULTURA 03/05/2017 09/06/2017 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 09/06/2017 12/10/2017 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 25 de abril de 2016.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Saénz Saralegui

S------------/------------D


VISTO:

      La implementación en el Partido de General Pueyrredon de la Ley Nacional N° 26.075 de Financiamiento Educativo, donde se establece el incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología y;


CONSIDERANDO:


      Que a partir de la vigencia de la Ley Nacional N° 26.075 que crea el fondo de financiamiento educativo, los municipios cuentan con ingresos coparticipados que deben ser afectados a educación, ciencia y tecnología;

      Que la sanción de la Ley de Financiamiento Educativo y su aplicación desde 2006 marcaron un punto de inflexión en las políticas de inversión educativa 

      Que en el  artículo Nº 1° la Ley Nacional N° 26.075 establece que el destino de los fondos tienen como objetivo garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico - tecnológica, reafirmando el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y sociocultural del país.

      Que en el artículo Nº 2° la Ley Nacional N° 26.075 establece que el incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología se destinará, prioritariamente, al logro de los siguientes objetivos:

a) Incluir en el nivel inicial al CIEN POR CIENTO (100%) de la población de CINCO (5) años de edad y asegurar la incorporación creciente de los niños y niñas de TRES (3) y CUATRO (4) años, priorizando los sectores sociales más desfavorecidos.

b) Garantizar un mínimo de DIEZ (10) años de escolaridad obligatoria para todos los niños, niñas y jóvenes. Asegurar la inclusión de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales.

c) Promover estrategias y mecanismos de asignación de recursos destinados a garantizar la inclusión y permanencia escolar en niños, niñas y jóvenes que viven en hogares por debajo de la línea de pobreza mediante sistemas de compensación que permitan favorecer la igualdad de oportunidades en el sistema educativo nacional.

d) Avanzar en la universalización del nivel medio logrando que los jóvenes no escolarizados, que por su edad deberían estar incorporados a este nivel, ingresen o se reincorporen y completen sus estudios.

e) Erradicar el analfabetismo en todo el territorio nacional y fortalecer la educación de jóvenes y adultos en todos los niveles del sistema.

f) Producir las transformaciones pedagógicas y organizacionales que posibiliten mejorar la calidad y equidad del sistema educativo nacional en todos los niveles y modalidades, garantizando la apropiación de los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios por la totalidad de los alumnos de los niveles de educación inicial, básica/primaria y media/polimodal.

g) Expandir la incorporación de las tecnologías de la información y de la comunicación en los establecimientos educativos y extender la enseñanza de una segunda lengua.

h) Fortalecer la educación técnica y la formación profesional impulsando su modernización y vinculación con la producción y el trabajo. Incrementar la inversión en infraestructura y equipamiento de las escuelas y centros de formación profesional.

i) Mejorar las condiciones laborales y salariales de los docentes de todos los niveles del sistema educativo, la jerarquización de la carrera docente y el mejoramiento de la calidad en la formación docente inicial y continua.

j) Fortalecer la democratización, la calidad, los procesos de innovación y la pertinencia de la educación brindada en el sistema universitario nacional.

k) Jerarquizar la investigación científico-tecnológica y garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos para el sistema científico-tecnológico nacional.

      Que  los establecimientos educativos del distrito de General Pueyrredon deben contar con recursos para atender las necesidades que cada uno presente.

      Que por Resolución 785/11 se crea la Unidad Educativa de Gestión Distrital (UEGD) con los siguientes objetivos: participar en las acciones de detección de problemas referidos al planeamiento estratégico distrital, proponiendo alternativas de solución tendientes a resolver localmente la situación planteada.


      Que el Departamento Ejecutivo debe generar un ámbito de gestión con el fin de garantizar la correcta utilización de esos recursos independientemente que los establecimientos sean municipales o provinciales.

      Que la Ordenanza 21.823/14 crea la Comisión del Fondo de Financiamiento Educativo en el ámbito del partido de Gral. Pueyrredón cuyo objetivo es establecer criterios de distribución y administración tendiente a mejorar la utilización de los recursos recibidos en el marco de esta ley y que a la fecha no se ha constituido.

      Que en declaraciones a Radio 10 la Consejera Escolar Eva Fernández afirmó “Hemos pedido trabajos de desinfección pero, para nuestra sorpresa, el Enosur nos dijo en una reunión que los 5 millones de pesos del fondo educativo que había recibido el municipio fue depositado en su cuenta. Por eso pedimos que el Enosur trabaje para nuestras escuelas pero hasta hoy no hemos visto respuestas concretas al respecto”, advirtió.

  Que en el marco de la Audiencia Pública sobre el presupuesto municipal la consejera escolar, Eva Fernández, planteó que la mitad del fondo Federal Educativo que recibe el municipio debería ser destinado a las escuelas provinciales. Este fondo, este año sería de 102.725 millones de pesos en total.




   Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria  eleva  el siguiente proyecto de:



COMUNICACION


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo  informe:

a- Detalle y fecha de los fondos percibidos provenientes del régimen del FFE

b- Destino de los fondos recibidos provenientes del régimen del FFE

c- Listado de las escuelas municipales y/o provinciales a las cuáles se destinó los fondos percibidos provenientes del régimen del FFE, y qué arreglos o acciones se realizaron.


Articulo 2º.- Comuníquese, etc..-



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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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