Información de Expediente

2016 - E - 1594
Fecha de Entrada: 06/07/2016
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 03/01/2017
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Encomendando al D.E., la colocación de una placa recordatoria sobre la vereda del inmueble ubicado en calle Falucho Nº 3634, lugar donde fue secuestrado el Dr. Bernardo Goldenberg el 21 de marzo de 1975.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-17143 22/09/2016 22829 06/10/2016

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
038 DERECHOS HUMANOS 12/07/2016 18/08/2016 Aprobado
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 18/08/2016 06/09/2016 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 06/09/2016 19/09/2016 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata, 5 de julio de 2016

A la Presidenta del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S------------/------------D


VISTO:

El inmueble ubicado en la  calle  Falucho  nº  3634  de  la ciudad de Mar del Plata, donde fue secuestrado el Dr. Bernardo Goldenberg, por un grupo armado relacionado a la “Concentración Nacional Universitaria” el 21 de marzo de 1975 y;


CONSIDERANDO:

Que en una resolución firmada por los integrantes Tribunal Oral Federal en lo Criminal de la Ciudad de Mar del Plata en el año 2008, se dictaminó que los asesinatos cometidos por la llamada “Concentración Nacional Universitaria” en la década de los años 70, deben ser considerados delitos de lesa humanidad.

      Que el origen de la Concentración Nacional Universitaria se remonta  afines de la década del '60,  cuyos  integrantes,  de  ideología  neofacista, comenzaron a operar  en  marzo  de  1967,  teniendo  como  epicentro  de  su accionar en las ciudades de La Plata y Mar del Plata.

      Que, asimismo, funcionó como  apéndice  de  la  Alianza  Anticomunista Argentina (Triple A) en 1975.

Que  sus  acciones  típicas  eran  irrumpir  con  cadenas,  elementos punzantes y armas en clases dictadas por profesores de ideología  opuesta  o en asambleas estudiantiles.

      Que sus integrantes desarrollaron diversas actividades  en  el  ámbito de  la  Universidad  Provincial  (luego  nacionalizada)  y  la Universidad Católica de la ciudad de Mar del Plata.

      Que la Cámara Federal de Mar del Plata sustuvo  en  el Juicio  por  la Verdad que la CNU actuaba «como un    grupo  de  choque  que  irrumpía  en  las universidades  con  armas,  cadenas  y  otros  elementos  contundentes.   Su objetivo no era obtener representatividad sino  desarticular  el  movimiento estudiantil  que  promovía  la   apertura   de   espacios   democráticos   y participativos en el ámbito universitario.







      Que los principales nombres que conformaron  la  CNU  fueron:  Gustavo Demarchi, José  Luis  Granel,  Juan  Carlos  Asaro,  Luis  Roberto  Coronel, Roberto Alejandro Justel, Mario Ernesto Durquet, Raúl Rogelio  Moleon,  Juan Pedro Asaro, Marcelo Arenaza, y Fernando Alberto Otero.

      Que el 8 de noviembre del año 2010, el  juez  Federal  Rodolfo  Pradas ordenó una serie de detenciones  en el  marco  de  la  investigación  de  la causa por los crímenes cometidos entre 1975 y 1976.

      Que el juez anteriormente mencionado identifica dos categorías  en  el cuerpo orgánico de la CNU: los "ideólogos" y  los  "operativos".  Entre  los primeros menciona a Eduardo Cincotta  (fallecido),  Gustavo  Demarchi,  Raúl Viglizzo y Piero Assaro. Y en la segunda a  Mario  Durquet,  Eduardo  Ullúa, Fernando Delgado, Nicolás Caffarello, Fernando  Otero  y  José  Luis  Piatti entre otros.

      Que, concretamente, el Tribunal Federal encontró probado  que  la  CNU actuaba protegida y con la anuencia no sólo de las  estructuras  del  Estado Nacional, sino también de integrantes de la Justicia Federal local y  de  la Universidad Nacional de Mar del Plata, con cobertura de  la  Policía  de  la Provincia  de  Buenos  Aires,  como  así  también  bajo  protección  de  las autoridades militares asentadas  en  el  "Grupo  de  Artillería  de  Defensa Aérea".

      Que el Dr. Bernardo Goldenberg es víctima de los crímenes cometidos por los integrantes de la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU), siendo secuestrado ilegalmente de su domicilio el 21 de marzo de 1975.

      Que mientras se desarrolla en nuestra ciudad el juicio a los integrantes de la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU), es propicio llevar adelante acciones en búsqueda de fortalecer los valores de Memoria, Verdad y Justicia.


























      Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria eleva  el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Articulo 1.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a colocar una placa recordatoria sobre la vereda del inmueble ubicado en la calle Falucho n°3634 con la siguiente leyenda:


[pic]


Articulo 2.- El Departamento Ejecutivo determinará el diseño de la placa y las características volumétricas del basamento a emplazarse en el lugar que determina el articulo nº1 de la presente ordenanza.


Articulo 3.- La placa será descubierta en un acto especialmente organizado para la ocasión.


Articulo 4.- De forma, etc.




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                                 Mar del Plata, día en el que se desarrolle el acto




En el inmueble aquí ubicado, fue secuestrado el Dr. Bernardo Goldenberg el 21 de marzo de 1975 por un grupo armado relacionado a la Concentración Nacional Universitaria.




         Memoria, Verdad y Justicia



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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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