Información de Expediente

2017 - E - 1509
Fecha de Entrada: 16/05/2017
Carátula: Proyecto de Ordenanza.-
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 13/03/2018
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Adhiriendo a las disposiciones de la Ley Pcial. Nº 13981 y sus modificatorias, con el objeto de regular el sistema de contrataciones del Estado e incorporarlo al sistema de administración financiera del sector público de la pcia. de Bs. As.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-17804 07/12/2017 23532 28/12/2017

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 18/05/2017 27/11/2017 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 27/11/2017 28/11/2017 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 16 de Mayo de 2017.-




Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Partido de Gral. Pueyrredon

Cjal. Guillermo Sáenz Saralegui



Visto


La Sanción de la Ley Provincial Nº 13981 modificada por las Leyes Nº 14149 y Nº 14815 y;



Considerando


Que las razones por las cuales fueron puestas en vigencia tienen por objeto regular el subsistema de Contrataciones del Estado e incorporarlo al sistema de Administración Financiera del Sector Público de la Provincia de Buenos Aires.


Que los Principios Generales a que deberá ajustarse la gestión de la totalidad del Sector Público Provincial y de los Poderes Legislativo y Judicial con sus particularidades y los objetivos de la Ley Nº 13767 y modificatorias, serán los de razonabilidad, publicidad, concurrencia, libre competencia, igualdad, economía y transparencia.


Que no están comprendidos los contratos detallados en el artículo 4º de la referida Ley.


Que los artículos 5º a 9º expresan claramente distintos aspectos a tener en cuenta a la hora de celebrar contratos, definiendo: Programación de las Contrataciones; Prohibición de Desdoblamiento; Facultades y Obligaciones de la Autoridad Administrativa; Facultades y Obligaciones de los Co-contratantes y Medidas Anticorrupción.


Que los Artículos 10 a 12 expresan las características a implementar a través de sistemas electrónicos.


Que el resto de los capítulos detallan los distintos aspectos del proceso licitatorio: Disposiciones Básicas; Selección del Co-contratante, Garantías, Adjudicación, Preferencias y Perfeccionamiento del Contrato.; Penalidades y Sanciones.

Que se dictan disposiciones Finales y Transitorias, entre las que debe destacase la invitación a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir al sistema de compras y contrataciones establecidas por la ley en cuestión


Que en síntesis, la ley propuesta pretende actuar en el marco de la emergencia administrativa y tecnológica de la PBA, incrementada en los últimos años y tiende al fortalecimiento y modernización de los organismos públicos provinciales, para promover el bienestar general y procurando dar visibilidad y transparencia al accionar del Estado en materia de contrataciones.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente:


PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º) Adhiérase el Municipio de General Pueyrredon a las disposiciones de la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 13981 y sus modificatorias: Nº 14149 y Nº 14815, con el objeto de Regular el Sistema de Contrataciones del Estado, e incorporarlo al sistema de Administración Financiera del Sector Público de la Provincia de Bs.As.

Artículo 2º) De forma.






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Mar del Plata



BLOQUE U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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