Información de Expediente

2017 - E - 1805
Fecha de Entrada: 24/07/2017
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 13/12/2017
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. la revisión y modificación de los plazos y condiciones para la firma de convenios de contraprestación de servicios, e/ el municipio y las asociaciones de fomento, dispuesto por decreto 1575/2017, y que extienda el plazo para la firma de los mismos, y la continuidad del sistema de rendición de cuentas del 2016.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/07/2017 07/12/2017 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 07/12/2017 07/12/2017 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 24 de julio de 2017.

Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Guillermo Saenz Saralegui

S------------/------------D



VISTO:

La firma de Convenios de Contraprestación de Servicios para el 2017 efectuada entre el Municipio y 16 Sociedades de Fomento del Partido el pasado 5 de julio en base a lo dispuesto en el Decreto 1575, de fecha 29/6/17

      Y el anuncio de la firma de convenios con el resto de las sociedades de fomento en tramos de acuerdo a los requisitos a cumplimentar impuestos por dicho Decreto, cuya fecha límite se dispone para el día 31 de julio.



CONSIDERANDO:


Que el Decreto 1575/17 señala en sus fundamentos que “el programa de convenios constituye una prioridad, en cuanto las Asociaciones Vecinales atienden servicios públicos esenciales para la población delegados en las citadas entidades”.

Que compartiendo ese criterio es preciso facilitar y garantizar la labor de las Asociaciones Vecinales con reglas del juego claras y procedimientos administrativos que tiendan a simplificar en lugar de complicar su desempeño y su vínculo con el Municipio.

      Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto 1575/17, se estarían modificando las condiciones que han estado vigentes hasta la actualidad para la presentación de las rendiciones de cuentas y ello representa un obstáculo insalvable para la nueva firma de convenios para el año en curso para la mayoría de las sociedades de fomento.

      Que mediante el artículo 1 del citado Decreto se autoriza Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante la suscripción de Convenios de Prestación de Servicios por el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2017.





      Que a su vez el articulo 2 convalida la tacita suscripción de los convenios de Prestación de Servicios, con las Asociaciones Vecinales de Fomento que rubricaran los convenios autorizados por el artículo 1, por el periodo 1/01 al 31/05/17 y que la convalidación se hará efectiva exclusivamente con las entidades que suscriban el convenio por el año 2017.

      Que el artículo 3 establece que las Asociaciones Vecinales de Fomento deberán presentar hasta el 31 de julio de 2017, de manera impostergable, la totalidad de los comprobantes respaldatorios de las erogaciones realizadas, como también la documentación que acredite fehacientemente las deudas contraídas por las mismas, tanto para prestaciones realizadas dentro del marco del convenio suscripto en el año 2016, como también para los periodos convalidatorios en el artículo 2.

      Que lo dispuesto en el Decreto 1575/17 y Anexo estaría modificando la fecha y el sistema para la rendición de facturas y comprobantes sobre los trabajos realizados durante el año  2016.

      Que surge como interrogante si es viable la aplicación del Decreto de referencia y, en particular, la tacita suscripción de convenios por el periodo comprendido entre 1/01 y el 31/05/17 a quienes suscriban convenios por el periodo comprendido entre el 1/06 y el 31/12/17 cuando ha sido modificado el sistema y plazos de rendición de cuentas.

      Que el vínculo entre las Asociaciones Vecinales y la actual gestión de gobierno ha atravesado situaciones de tensión debido a actitudes y declaraciones inoportunas e injustas por parte de quien se desempeña como responsable del área y las medidas que se vienen tomando no parecieran encaminarse hacia la búsqueda de soluciones y agilidad en las respuestas que cotidianamente deben dar las sociedades de fomento en cada uno de los barrios de nuestro Partido.

      Que, por ejemplo, a las condiciones para la firma de Convenios se suma la modificación del Anexo I de la Ordenanza 22510/15 referida a la firma de comodatos por los tractores con los que las entidades desarrollan tareas en cada barrio, siendo cuestionadas por los fomentistas las clausulas novena y undécima que, mediante Nota 221 /17 han solicitado a este Concejo Deliberante se excluyan del articulado.

      Que es preciso hacer el máximo esfuerzo para encontrar los mecanismos que permitan, en igualdad de condiciones, la firma de Convenios de Contraprestación de Servicios entre el Municipio y todas las Sociedades de Fomento del Partido.

      Que, en principio, este Honorable Concejo Deliberante debe alertar al Ejecutivo sobre los inconvenientes que podrían suscitarse de continuar tomando decisiones que hacen aún más complicada la tarea de las Sociedades de Fomento que atienden cotidianamente situaciones por lo general difíciles y/o críticas en cada uno de sus barrios.



      Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria presenta para su tratamiento el siguiente proyecto de





COMUNICACIÓN


Artículo 1. El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo la revisión y modificación de los plazos y condiciones para la firma de Convenios de Contraprestación de Servicios entre el Municipio y las Asociaciones Vecinales de Fomento del Partido de General Pueyrredon dispuestos en el Decreto 1575/17.


Artículo 2. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo que extienda el plazo para la firma de Convenios de Contraprestación de Servicios con las Asociaciones Vecinales de Fomento para el año 2017 y continúe con el sistema de rendición de cuentas utilizado durante el año 2016 y hasta la firma del Decreto 1575/17.


Artículo 3. El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que los cambios en los mecanismos de rendición de comprobantes y las condiciones para la firma de convenios con las Asociaciones Vecinales de Fomento, sean estudiados y analizados junto con los responsables de las entidades a efectos de garantizar su viabilidad y se analice la posibilidad de efectuarlos a partir del año 2018.


Artículo 4. Comuníquese, etc.







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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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