Información de Expediente

2018 - E - 1624
Fecha de Entrada: 31/05/2018
Carátula: Proyecto de Ordenanza.-
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 29/11/2018
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Reglamentando el Programa "La Comida no se Tira" destinado a todos los establecimientos gastronómicos del Municipio y Creando una Mesa de Trabajo para la cooperación y proposición de iniciativas para la aplicación e implementación del mismo.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 05/06/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 15/11/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata,  30 Mayo de 2018











Señor



Presidente del



Honorable Concejo Deliberante



Su Despacho






VISTO



La necesidad de concientizar a la ciudadanía sobre la importancia de la reducción de los desperdicios generados por los comercios gastronómicos y la escasez de los alimentos en el país y el mundo.






CONSIDERANDO



Que  existe en la ciudad de Rosario la ordenanza 9558 denominada “Los alimentos no se tiran” y conocida también como “Sobras cero”, para que los locales gastronómicos pongan en conocimiento de sus clientes que pueden llevarse los alimentos que no fueron consumidos, como un paso más en el objetivo de disminuir su desperdicio.



Que más de doscientos locales gastronómicos de Rosario ya adhirieron a la campaña "Los alimentos no se tiran", que apunta a evitar el desperdicio de comida. La iniciativa busca que los comensales conozcan acerca de su derecho a llevarse los alimentos que no consumen en un bar o restaurante. El lema para promover esa práctica es "no son sobras, es otra comida".



Que allí el Departamento Ejecutivo realizó una política de promoción junto a la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de la ciudad de Rosario, encontrando múltiples adhesiones del sector.



Que en distintos lugares del mundo es habitual que los comensales pidan llevarse lo que no consumieron, envasado en lo que suele llamarse "bolsa para el perro" (doggy bag).



Que Rosario pasa a ser la primera ciudad del país que formalmente tiene como derecho asumido del cliente el de llevarse la comida que no llega a consumir en el local.



Que los alimentos que no se consumen en los establecimientos gastronómicos suelen ser desechados.



Que la cantidad de alimentos desperdiciados aun aptos para consumo humano asciende al 15% en América Latina y 30% a nivel mundial, de los cuales un 28% es desperdiciado en la etapa de consumo, según datos brindados en el Manual “Valoremos Los Alimentos” realizado por el Ministerio de AgroIndustria de la Nación.



Que esos datos, reflejan un dispendio que no puede tolerarse, màxime cuando existen en el mundo 842 millones de personas que sufren de hambre.



Que se estima que, intencional o accidentalmente, se desperdicia en nuestro país: 16 millones de toneladas de alimentos al año.



Que sólo en la ciudad de Buenos Aires se tiran a la basura entre 200 y 250 toneladas de alimentos cada día, es decir que cada ciudadano tira casi 30 kilos de comida al año.



Que el desperdicio de alimentos, es un gran problema en la actualidad, pero también es una oportunidad para generar conciencia social y ecológica sobre el consumo sustentable y el cuidado del medio ambiente.



Que es necesario introducir un cambio de hábito respecto de la compra, consumo y utilización de los alimentos y sus desperdicios, a la vez de promover el uso de productos que aseguren su posterior reutilización y reciclado.



Que en la actualidad, diferentes países del mundo como Francia, Estados Unidos, México, Ecuador, Italia, Japón, Australia, llevan adelante acciones para reducir las pérdidas y desperdicios de alimentos con resultados altamente positivos.



Que conjuntamente con la concientización de la ciudadanía, se requiere profundizar el compromiso de los empresarios y comerciantes con la sociedad y con la problemática respecto a los desperdicios de alimentos propiciando prácticas vinculadas a la protección del medio ambiente, la conciencia sobre la escasez de alimentos y de la inclusión social.



Que con el conocido compromiso y la buena voluntad de cada comercio gastronómico, sería importante que cuenten con adhesivos identificatorios en la puerta y en las cartas de menú con la leyenda “los alimentos no se tiran”.



Que los recipientes que utilice el establecimiento para entregar los alimentos al cliente que los solicite, deberían ser envases reciclables, reciclados y reutilizables, aptos para uso alimentario, que permitan mantenerlos protegidos y en condiciones higiénicas.



Que a su vez, es importante la participación de distintas instituciones que luchan por los derechos de los usuarios y consumidores, así como quienes desde la solidaridad y el mayor de los esfuerzos, intentan entregar alimentos a quienes más lo necesitan.



Que la Red Plato Lleno, es un claro ejemplo de los antes mencionado, siendo su principal misión aportar un granito de arena en la lucha contra el desperdicio de alimentos.



Que motivados por el respeto a la comida, voluntarios de Plato Lleno llevan a cabo en 5 ciudades (Buenos Aires, San Martín de los Andes, Montevideo, San Pablo y San Juan de Costa Rica) la acción de​ “Rescate”, la cual consiste en el retiro y distribución de  alimentos excedentes que, por control estético u otras razones, quedan sin destino. Los alimentos rescatados son entregados en merenderos, comedores y hogares.



Que la sinergia público-privada evitará que lo que no se consume en la mesa termine en la basura.



Que cualquier cambio cultural comienza gestándose de manera individual antes de asumir una forma colectiva. Cuando las políticas públicas fijan rumbos en la dirección correcta, la necesaria transformación de nuestros hábitos se acelera.



En virtud de lo expuesto, se eleva a consideración el siguiendo proyecto de:






ORDENANZA



Artículo 1.- La comida no se tira.



Los establecimientos gastronómicos donde se sirvan o expendan comidas para ser consumidas en el local y que cuenten con habilitación dentro del ámbito territorial de General Pueyrredon, tales como bares, restaurantes, confiterías y pizzerías podrán poner a disposición de cada cliente, los alimentos que no hayan sido consumidos por estos en el local.






Artículo 2.- Objetivo.



La presente ordenanza tendrá como objetivo apuntar a que los consumidores sepan que es un derecho pedir y poder llevarse aquellos alimentos no consumidos en el lugar, a tomar conciencia sobre la escasez de los alimentos y a su vez, a contribuir a la reducción de los residuos generados por los comercios gastronómicos.






Artículo 3.- Leyenda.



Los establecimientos descriptos en el artículo uno de esta ordenanza, deberán incorporar en todas las cartas de menú y en otro medio de comunicación dispuesto en el local, leyendas explícitas en un lugar destacado y visible, con letra clara, conforme lo determine la reglamentación, que pongan en conocimiento al cliente de esta opción, dando aviso que según la presente ordenanza se sugiere la práctica de retirar los alimentos no consumidos para que los mismos no sean desechados.






Artículo 4.- Recipientes reciclables.



Los recipientes que utilice el establecimiento para entregar los alimentos al cliente que los solicite, serán envases reciclables, reciclados y reutilizables, aptos para uso alimentario que permitan mantenerlos protegidos y en condiciones higiénicas.






Artículo 5.- Campañas de comunicación y concientización.



Se realizarán campañas de comunicación y concientización a los fines de poner en conocimiento a la ciudadanía sobre los extremos de esta ordenanza, debiendo informar y concientizar sobre su necesidad y cumplimiento en los medios de comunicación, redes sociales, repartiendo folletería y a través de jornadas de trabajo que inviten a la participación ciudadana.






Artículo 6.- Mesa de trabajo para la implementación.



Crease una mesa de trabajo para cooperar y proponer iniciativas junto a la autoridad de aplicación, para todo lo referente a la implementación de la presente ordenanza.



La mesa de trabajo estará integrada por:



       1) Un representante de la Defensoría del Pueblo de General Pueyrredón.



       2) Un representante de la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica (AEGHG)



       3) Un representante de la Secretaría de Gobierno.



       4) Un representante de la Secretaría de Salud.



       5) Un representante del EMSUR.






Artículo 7.-La presente ordenanza deberá reglamentarse dentro del plazo de 60 días.






Artículo 8.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.



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Mar del Plata



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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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