Información de Expediente

2018 - E - 1729
Fecha de Entrada: 27/06/2018
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 04/02/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando a la Dcción. Pcial. de Política y Seguridad Vial habilite rutas seguras para ciclistas con el objetivo de reducir su siniestralidad y promover su movilidad.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5316 24/01/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 28/06/2018 22/08/2018 APROBADO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 22/08/2018 10/12/2018 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                               Mar del Plata, 27 de junio de 2018

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

S------------/------------D



VISTO

          El auge de la práctica de ciclismo en ruta en el partido de General Pueyrredon, como así también, la presencia de ciclistas que se preparan para participar de diversos torneos provinciales, nacionales e internacionales y la necesidad de instrumentar mecanismos para velar por su seguridad vial y;



CONSIDERANDO


Que la ciudad de Mar del Plata es una ciudad de larga tradición ciclista, debido a los logros obtenidos en eventos provinciales, nacionales e internacionales en diferentes categorías de esta disciplina.


Que el crecimiento de la cantidad de ciclistas que se preparan para participar de estos eventos debe ser acompañado por medidas que los protejan al momento de realizar sus entrenamientos.


      Que la principal demanda de los grupos de ciclistas son medidas que los reconozca como actores viales y la conciencia de los demás por respetar sus espacios.


      Que la ley de Transito nº 24.449 estipula en el artículo nº 60:


El uso de la vía pública para fines extraños al tránsito, tales como: manifestaciones, mitines, exhibiciones, competencias de velocidad pedestres, ciclísticas, ecuestres, automovilísticas, deben ser previamente autorizados por la autoridad correspondiente, solamente si:


a) El tránsito normal puede mantenerse con similar fluidez por vías alternativas de reemplazo;


b) Los organizadores acrediten que se adoptarán en el lugar las necesarias medidas de seguridad para personas o cosas;


c) Se responsabilizan los organizadores por sí o contratando un seguro por los eventuales daños a terceros o a la estructura vial, que pudieran surgir de la realización de un acto que implique riesgos


      Que los ciclistas y conductores están obligados a entenderse y a conocer la normativa vigente, y cumplirla, para evitar accidentes.


      Que se alerta de que muchos conductores no conocen puntos de la normativa sobre ciclistas en carretera.


Que el Estado debe acompañar el crecimiento de la práctica del ciclismo con la generación de medidas que tiendan a generar concientización y seguridad vial para quienes desarrollen esta actividad.


Que en varias provincias de España, existen en las rutas los corredores seguros que garantizar la seguridad de todos los usuarios de bicicletas, que, entre otros objetivos, limita la velocidad en períodos y horas concretas: festivos, fines de semana y períodos estivales.


Que el Gobierno de la Provincia de Buenos podría adoptar esta experiencia como una medida preventiva con el objetivo de reducir los accidentes y promover la movilidad de los ciclistas de ruta.



      Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana,    eleva el siguiente proyecto de:


                            COMUNICACIÓN


Articulo 1º- El Concejo Deliberante del partido de General Pueyrredon se dirige a la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, dependiente de la Subsecretaria de Coordinación Gubernamental del Gobierno de la provincia de Buenos Aires, a fines de solicitarle que tenga bien a considerar la posibilidad de habilitar rutas seguras para ciclistas con el objetivo de reducir su siniestralidad y promover su movilidad.


Articulo 2º- Las rutas elegidas para tal fin deberán contar con una señalización especial, tanto al principio como al final del tramo, indicando en caso de ser necesario un nuevo límite de velocidad de velocidad, el horario y los días en los que se aplica y la longitud de dicha ruta. Esta información se complementará con la señal triangular que alerta de la presencia de ciclistas y un recordatorio para que automovilistas y usuarios de bicicletas mantengan una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros.


Articulo 3º-  Asimismo, se le solicita que tenga bien a evaluar la posibilidad de retirar la señalización que indique la prohibición de circulación de bicicletas en las rutas elegidas para tal fin.


Articulo 4º- Comuníquese, etc.

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Mar del Plata



               BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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