Información de Expediente

2019 - E - 1708
Fecha de Entrada: 14/06/2019
Carátula: Proyecto de Comunicación.-
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor: CJAL. SÍVORI MARÍA VIRGINIA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/03/2022
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1963 0 2019 0 0 0 AUTOMATICO
E 2162 0 2019 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe diversos ítems con relación a las cédulas de notificación labradas por el Depto. de Control de Espacios Públicos, intimando a la construcción y/o reparación de las aceras.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5471 18/07/2019
Proyecto 2: Comunicación

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5511 26/09/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 18/06/2019 16/07/2019 Aprobado
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 04/09/2019 24/09/2019 Aprobado
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 29/10/2019 21/05/2020 Art. 52° del R.I.
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 29/05/2020 06/11/2020 Art 52 Reglamento interno
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 16/11/2020 01/03/2021
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 01/03/2021 25/02/2022 art.32/22
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 13 de junio de 2019


Al Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S----------------/------------------D






VISTO



Las numerosas Cédulas de Notificación labradas por inspectores del Departamento de Control del Espacio Público de la Dirección de Inspección General a vecinos de zonas residenciales de Mar del Plata; y,





CONSIDERANDO


Que la Ordenanza Nº 6.997 de Reglamento General de Construcciones, establece condiciones por las que todo propietario de un inmueble ubicado en zonas urbanizadas del partido, está obligado a construir y a mantener en buen estado de conservación el cerco y la acera;


Que las Cedulas de Notificación intiman a los titulares de dominio y/o toda otra persona que ejerza y/o explote la tenencia  y posesión del inmueble, cualquiera sea la causa que le da origen a tal situación (locatarios, comodatarios, usufructuantes, poseedores, tenedores);


Que las Cedulas de Notificación exigen la colocación y conservación en buen estado de la acera, debiendo permanecer libre de obstáculos según lo establecido por la Ordenanza 21.292 en su artículo Nº 4.3 y Ordenanza 15.992 articulo Nº 1 inciso 6.3.1.7;


Que en los últimos días, numerosos vecinos de barrios residenciales exclusivos de baja densidad han recibido Cedulas de Notificación que  establecen plazo perentorio e improrrogable de 10  (diez) días  para colocar y/o reparar la acera;


Que el 14 de noviembre de 2018 en Honorable Conejo Deliberante sancionó la Comunicación C-5252 solicitando al Departamento Ejecutivo otorgue a los vecinos frentistas un plazo de 90 (noventa) días corridos a partir de recibida la Cedula de Notificación para proceder al arreglo de sus veredas;


Que numerosos vecinos manifestaron preocupación por las Cedulas de Notificación recibidas, ya que no se encuentran en condiciones de afrontar el alto costo que implica realizar sus aceras;


Que vecinos se han interiorizado acerca del costo aproximado para realizar una vereda de hormigón de 1.50 m. de ancho con trotadora para ingreso de automóvil en un lote de 10 mts. de frente, según lo establece el Reglamento General de Construcciones, requiriendo de una inversión de $45.000 (cuarenta y cinco mil pesos) al día de la fecha;


Que la Comunicación C-5252 solicitaba al Departamento Ejecutivo  la construcción y/o reparación de las aceras frentistas de los inmuebles de dominio municipal y aquellos que ocupa con carácter de inquilino, comodatario u otra circunstancia;


Que la Ordenanza 9.634 estable que las Comunicaciones sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante deberán ser respondidas en un plazo de 30 días hábiles administrativos contados desde la recepción de las actuaciones;


Que al día de la fecha, vencido el plazo reglamentario, el Departamento Ejecutivo no ha respondido la Comunicación C-5252;


Que la crítica situación económica que atraviesan los vecinos, amerita que el Departamento Ejecutivo considere alternativas para lograr que paulatinamente las zonas residenciales del Partido de General Pueyrredón cuenten con veredas que permitan transitar en forma segura y accesible;


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana propone para su tratamiento y posterior sanción el presente:




PROYECTO DE COMUNICACIÓN


Artículo 1º- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe:


Detalle de Cédulas de Notificación labradas por el Departamento de Control de Espacio Público dependiente de la  Dirección General de Inspección General intimando a la construcción y/o reparación de aceras en los últimos 60 (sesenta) días;


Cuál ha sido el criterio empleado para seleccionar los barrios a inspeccionar  sobre el estado de las aceras e intimar a los frentistas a cumplir con la normativa en un plazo perentorio de 10 (diez)  días hábiles;


Artículo 2º: Asimismo  solicita a la Presidencia del Honorable Cuerpo, reitere la Comunicación C-5252 para que se efectivice la respuesta pendiente por parte del Departamento Ejecutivo en un plazo definitivo de 10 (diez) días hábiles según lo establece la Ordenanza 9.364;


Articulo 3º: Comuníquese, etc.


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Mar del Plata



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon


Departamento Deliberativo






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