Mar del Plata, 13 de Septiembre de 2019
Sr. Presidente del
Honorable Concejo deliberante
Sáenz Saralegui, Guillermo
S__________/___________D
Visto:
La Actividad Organizada por la Pastoral Evangélica de nuestra Ciudad para el día 19 de Octubre de 2019 en el Horario de 16 a 19.00 Hs. Y;
Considerando:
Que para la Pastoral Evangélica de nuestra Ciudad, Argentina está pasando por una crisis evidente, donde distintos pastores han leído esta realidad y comenzaron a dar las primeras respuestas de como enfrentar esta dura situación.
Que el Consejo de Pastores de la ciudad de Rosario en la provincia de Santa Fe se reunió el pasado Sábado 7 de Septiembre en el Patio Cívico del Monumento a la Bandera, destacando que lo hacen sin ninguna presencia de políticos porque creen que es un momento para que se pueda concentrar toda la atención en un clamor ante Dios por la Nación.
Que el día de Clamor por Argentina está propuesto para los pastores, líderes y hermanos que con carga por el país desean ser agentes transformadores y los organizadores extienden la invitación a sumarse desde todos los puntos a donde llegue este anuncio.
Por lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º:-. Solicitando al Departamento Ejecutivo, autorízase al Ministerio “Puerta de Vida” a la utilización del espacio público para realizar la actividad “Día de Clamor por Argentina” organizado por la Pastoral Evangélica de la Ciudad. El día 19 de Octubre del presente año, en el horario de 16.00 a 19:00 Hs, en las ubicaciones que a continuación se detallan:
a)- Plaza San Martín ubicada en las Calles, San Luis, 25 de Mayo, Diagonal Alberdi y Mitre.-
ARTICULO 2º:-Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical deberán abonarse, previa iniciación de las actividades, las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder (ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.). El Departamento Ejecutivo verificará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en el Decreto nº 1638/00.
ARTICULO 3º.- La entidad autorizada deberá contratar los baños químicos correspondientes para dicho evento y mantener la limpieza del sector. Una vez finalizada la acción autorizada deberá restituir el espacio público cedido en las mismas condiciones en que lo recibiera, retirando, en forma inmediata los elementos utilizados.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, etc.-
-----------------------
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE U.C.R.