Información de Expediente

2020 - E - 1112
Fecha de Entrada: 27/01/2020
Carátula: Proyecto de Ordenanza.-
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 08/09/2020
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
N 300 0 2019 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el "Plan de Inclusión Fiscal Mar del Plata 2020", a fin de posibilitar para los contribuyentes del Partido, la regularización de deudas por tasas y derechos municipales.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18867 12/03/2020 24733 29/04/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/01/2020 17/02/2020 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 17/02/2020 06/03/2020 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata, 27 de enero de 2020

Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Martinez Bordaisco


VISTO

La crítica situación económica, social y productiva de nuestra ciudad como consecuencia del achicamiento del mercado interno de los últimos años, y;


CONSIDERANDO


Que la crisis económica nacional y local afectó y afecta a ciudadanos, comercios e industrias, personas físicas y jurídicas de Mar del Plata y Batán;


Que dicha situación acarrea diferentes perjuicios para la actividad económica, para las personas, las pequeñas y medianas empresas, y las arcas municipales, que sufren la menor cobrabilidad de las tasas;


Que debido a la crisis los ciudadanos y comerciantes de la Mar del Plata y Batán han tenido retrasos en el pago de las contribuciones municipales, ya sea la Tasa de Servicios Urbanos, la Tasa de Seguridad e Higiene, entre otros;


Que la recomposición y ampliación de la base contributiva permite repartir las cargas con mayor equidad, promoviendo a futuro una reducción de los incrementos en las tasas al aumentar la cantidad de contribuyentes;


Que es un deber ineludible del Estado promover acciones tendientes a restituir equilibrios que contemplen tanto la eficacia como los valores de equidad;


Que inexplicablemente, mientras la economía se deterioraba, desde el municipio se envió a miles de contribuyentes a juicio y no se generaron alternativas ni programas de inclusión fiscal;


Que desde los órganos nacionales y provinciales se están promoviendo políticas de inclusión fiscal, con moratorias que implican plazos extensos y quita de intereses para poder regularizar deudas;


Que en Mar del Plata y Batán, miles de contribuyentes no han podido mantener al día sus obligaciones contributivas, y acumulan deudas que, sin facilidades en cuanto a plazos o intereses, les resultan imposibles de pagar;


Que la inclusión fiscal de los contribuyentes generará mayores recursos para el municipio, y terminará con el fenómeno que se ha generado en los últimos años de la “industria del juicio”, a partir de la judicialización de las cuentas y su derivación a estudios jurídicos particulares;


Que el Departamento Ejecutivo debe proponerse como objetivo reconducir la conducta fiscal de una masa importante de gente que por algún motivo se quedó afuera del ámbito de cumplimiento;


Que resulta oportuno establecer un sistema posible de pago y a partir de ahora que esta parte de la población comience una etapa de cumplimiento fiscal adecuada;


El Bloque de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de


ORDENANZA


Artículo 1º.- Créase el “Plan de Inclusión Fiscal Mar del Plata 2020” el que incluirá quita de intereses punitorios y moratorios y financiación extendida para todas las deudas de los contribuyentes del Partido de General Pueyrredon.


Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo reglamentará los plazos de pago y las quitas de intereses, de acuerdo a lo normado por AFIP y ARBA para los planes de regularización fiscal nacional y provincial. En caso de discrepancias entre los mismos se aplicará el régimen que resulte más beneficioso para los contribuyentes.


Artículo 3°.- Suspéndanse las ejecuciones fiscales y judicialización de trámites durante todo el período de vigencia del Plan de Inclusión Fiscal Mar del Plata 2020, con exclusión de aquellos que pudiera operar la prescripción para el Municipio.


Artículo 4°.- Exclúyase de la presente ordenanza las Entidades Financieras y los Juegos de Azar.


Artículo 5°.- Los contribuyentes que hayan solicitado su concurso preventivo podrán efectuar una propuesta acorde a la totalidad de la deuda con el Municipio. Esta medida regirá para las empresas concursadas – no en situación de quiebra.


Artículo 6°.-  De forma




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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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