Información de Expediente

2018 - E - 2270
Fecha de Entrada: 05/11/2018
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 25/07/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Adhiriendo a la Ley Nacional nº 27452 conocida "Ley Brisa" ref. con la creación de un régimen de reparación económica para niñas, niños y adolescentes que fueran victimas de delito de violencia familiar.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18485 13/06/2019 24177 01/07/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 07/11/2018 21/11/2018 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 21/11/2018 11/02/2019 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 11/02/2019 05/06/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 2 de noviembre de 2018.-



Al Sr. Presidente del Honorable Concejo

Deliberante del Partido de General Pueyrredon

Don Guillermo Saenz Saralegui

Presente





VISTO


      Que el Senado y la Cámara de Diputados sancionaron la Ley 27.542, denominada “Ley Brisa”, y su posterior reglamentación mediante el Decreto 871/2018 y




CONSIDERANDO



      Que mediante la creación del Régimen de Reparación Económica destinado a niñas, niños y adolescentes, cuyo progenitor y/o progenitor afín haya sido procesado y/o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora; o bien que la acción penal seguida contra su progenitor y/o progenitor afín en la causa penal donde su progenitora haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género;



      Que en el articulado de la Ley mencionada establece que los destinatarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:


         • Serán niños, niñas, adolescentes menores de 21 años o personas con discapacidad;

         • Ser hijo/a de algún progenitor/a fallecido a causa de violencia intrafamiliar o de género;

         • Ser argentino o residente de acuerdo al Artículo Nº 22 y 23 de la Ley 25.871;


      Que esta reparación deberá ser retroactiva al momento de cometerse el delito, abonadas mensualmente y con un valor equivalente a un haber mínimo jubilatorio;



      Que esta será compatible con la asignación universal por hijo, asignaciones familiares, pensiones de las que sean beneficiarios y con el Régimen Alimentario que perciban por parte de su progenitor/a;



      Que será la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) la autoridad competente de aplicación de dicha Ley, y dictará las normas aclaratorias y complementarias a todas aquellas medidas para su reglamentación; además de administrar los recursos para el cumplimiento de la misma;



      Que será la ANSES la encargada de la tramitación administrativa, liquidación y puesta al pago de la prestación implementada por esta Ley;



      Que se crea una Comisión Permanente de Seguimiento de la Ley 27.452 que monitoreará y controlará el Régimen de Reparación Económica que será integrada por SENNAF, Instituto Nacional de las Mujeres y ANSES;



      Que la SENNAF deberá:



      - Informar mensualmente y certificar ante el organismo responsable de la liquidación;



      - Actualizar la información en caso de variaciones o ajustes en la prestación;



      - Realizar un seguimiento periódico de la situación penal del progenitor/a procesado y/o condenado, debiendo informar a la ANSES cualquier situación a modificar;



      Que esta Ley y su reglamentación resulta un acompañamiento por parte del Estado Nacional a aquellos niños, niñas y adolescentes que estén atravesando vulnerabilidad económica y social;



      Que asegura la cobertura integral de salud cubriendo las necesidades de atención de salud física y psíquica;



      Que considera que el Municipio de General Pueyrredon debe implementar todas las medidas necesarias a fin de garantizar de forma prioritaria la atención integral de los destinatarios de esta Ley.



            Por todo lo expuesto, el bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical elevan el siguiente proyecto de:



      ORDENANZA



      Artículo 1º.- Adhiérase en Municipio de General Pueyrredon a la Ley Nacional Nº 27452, conocida como Ley Brisa, reglamentada por el Decreto 871/18;



      Artículo 2º.- Arbítrese a través de la Secretaría de Desarrollo Social los medios necesarios para realizar un acompañamiento personalizado a cada uno de los beneficiarios del Régimen de Reparación Económica y mantener un registro actualizado de las niñas, niños y adolescentes abarcados en la mencionada ley.



      Artículo 3º.- De forma.-





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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



Mar del Plata

BLOQUE UCR



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