Mar del Plata, 2 de noviembre de 2018.-
Al Sr. Presidente del Honorable Concejo
Deliberante del Partido de General Pueyrredon
Don Guillermo Saenz Saralegui
Presente
VISTO
Que el Senado y la Cámara de Diputados sancionaron la Ley 27.542, denominada “Ley Brisa”, y su posterior reglamentación mediante el Decreto 871/2018 y
CONSIDERANDO
Que mediante la creación del Régimen de Reparación Económica destinado a niñas, niños y adolescentes, cuyo progenitor y/o progenitor afín haya sido procesado y/o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora; o bien que la acción penal seguida contra su progenitor y/o progenitor afín en la causa penal donde su progenitora haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género;
Que en el articulado de la Ley mencionada establece que los destinatarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
• Serán niños, niñas, adolescentes menores de 21 años o personas con discapacidad;
• Ser hijo/a de algún progenitor/a fallecido a causa de violencia intrafamiliar o de género;
• Ser argentino o residente de acuerdo al Artículo Nº 22 y 23 de la Ley 25.871;
Que esta reparación deberá ser retroactiva al momento de cometerse el delito, abonadas mensualmente y con un valor equivalente a un haber mínimo jubilatorio;
Que esta será compatible con la asignación universal por hijo, asignaciones familiares, pensiones de las que sean beneficiarios y con el Régimen Alimentario que perciban por parte de su progenitor/a;
Que será la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) la autoridad competente de aplicación de dicha Ley, y dictará las normas aclaratorias y complementarias a todas aquellas medidas para su reglamentación; además de administrar los recursos para el cumplimiento de la misma;
Que será la ANSES la encargada de la tramitación administrativa, liquidación y puesta al pago de la prestación implementada por esta Ley;
Que se crea una Comisión Permanente de Seguimiento de la Ley 27.452 que monitoreará y controlará el Régimen de Reparación Económica que será integrada por SENNAF, Instituto Nacional de las Mujeres y ANSES;
Que la SENNAF deberá:
- Informar mensualmente y certificar ante el organismo responsable de la liquidación;
- Actualizar la información en caso de variaciones o ajustes en la prestación;
- Realizar un seguimiento periódico de la situación penal del progenitor/a procesado y/o condenado, debiendo informar a la ANSES cualquier situación a modificar;
Que esta Ley y su reglamentación resulta un acompañamiento por parte del Estado Nacional a aquellos niños, niñas y adolescentes que estén atravesando vulnerabilidad económica y social;
Que asegura la cobertura integral de salud cubriendo las necesidades de atención de salud física y psíquica;
Que considera que el Municipio de General Pueyrredon debe implementar todas las medidas necesarias a fin de garantizar de forma prioritaria la atención integral de los destinatarios de esta Ley.
Por todo lo expuesto, el bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical elevan el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adhiérase en Municipio de General Pueyrredon a la Ley Nacional Nº 27452, conocida como Ley Brisa, reglamentada por el Decreto 871/18;
Artículo 2º.- Arbítrese a través de la Secretaría de Desarrollo Social los medios necesarios para realizar un acompañamiento personalizado a cada uno de los beneficiarios del Régimen de Reparación Económica y mantener un registro actualizado de las niñas, niños y adolescentes abarcados en la mencionada ley.
Artículo 3º.- De forma.-
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
Mar del Plata
BLOQUE UCR