Información de Expediente

2013 - E - 1472
Fecha de Entrada: 11/06/2013
Carátula: Proyecto de DECRETO
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: REMITIDO A ARCHIVO POR ART. 52º
Desde: 18/10/2013
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Creando una Comisión Investigadora Ad Hoc del H. Cuerpo a los efectos de tomar conocimiento sobre las circunstancias y gastos ocasionados en oportunidad de la frustrada convocatoria a la Consulta Popular del día 9 de junio de 2013.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 17/06/2013 18/10/2013 Art. 52 de R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 18/10/2013 18/10/2013 Art. 52 de R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                          Mar del Plata, 10 de Junio de 2013


Al Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Dr Ariel Ciano

S                      /                         D.




      VISTO:

            La  imposibilidad de  la  realizacion  de  la  Consulta  Popular

convocada para el dia Domingo 9 de Junio del corriente  y



      CONSIDERANDO:


            Que la misma fue suspendida por el  fallo  del  Juez  Dr.  Simón

Isach del día viernes 7 del corriente por el cual detuvo su realización  por

los motivos que expresara en su dictamen.


            Que  en  el  mismo  se  enumeran  una  serie  de  fallas  en  la

organización de los comicios como ser

Incumplimiento de obligaciones impuestas a la Junta electoral

Falta de designación de  autoridades de mesa

Falta de oficializacion de las boletas electorales

Falta  de  Padrones  oficiales  provistos  por  la  Junta  Electoral  de  la

Provincia de Buenos Aires

Falta de designación de los lugares de la totalidad de las mesas  receptoras

de votos


            Que  a lo expuesto por el Dr Isach, cabe  agregar  mas  datos  a

revisar como ser :

Montos devengados por los gastos ocasionados en relación con la  realización

de la Consulta

Montos devengados en concepto de publicidad del  periodo  comprendido  entre

el día 1  de  Marzo  al  9  de  Junio  del  corriente  año   por  parte  del

Departamento Ejecutivo

Procedencia y legitimación del padrón de electores entregado a los  partidos

políticos el día 06 de Junio de 2013 según Actuación Notarial  BAA10844822


            Que se deben aclarar todas las circunstancias que  motivaron  el

fracaso del proceso electoral puesto bajo sospecha .


            Que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 249 de  la  Ley

Orgánica de las Municipalidades corresponde  la  creación  de  una  Comisión

Investigadora de las posibles irregularidades y en virtud  del  articulo  49

del Reglamento de este Concejo  corresponde  su  creación  a  través  de  un

decreto donde se fijaran claramente sus misiones y funciones


Por ello, el Bloque Unión Cívica Radical,  eleva el siguiente proyecto de:


                                      1



                                      2



                                      3




                                      4



                                      5



                               6 D E C R E T O



Artículo 1º: Crease una Comisión Investigadora Ad Hoc del Honorable  Concejo

Deliberante a efectos de

tomar  conocimiento  sobre  los  circunstancias  y  gastos  ocasionados   en

oportunidad de  la frustrada convocatoria a la Consulta Popular del  día   9

de junio de 2013 .


Artículo 2º:  La comisión estará integrada por 2 concejales de  cada  bloque

reconocido de este Honorable Concejo.


Artículo 3º: Son sus misiones y funciones recabar antecedentes  y  elementos

de prueba ,analizar los motivos de la paralización  del  proceso  ,  revisar

los  gastos  ocasionados  en  materia   de   organización,   impresiones   y

publicidades ,  deslindar las  responsabilidades  por  tratarse  de  uso  de

fondos públicos, que no se encuentran  comprometidos  en  partida  alguna  y

emitir dictamen de lo actuado.


Artículo 4º: Emitido el dictamen, deberá  correr  traslado  al  Departamento

Ejecutivo a efectos de la realización de los descargos  correspondientes  en

cumplimiento con lo normado en la Ley Orgánica de Municipalidades


Artículo 5º: De forma .-



-----------------------

Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



                                BLOQUE U.C.R.



Mar del Plata



 Volver