Información de Expediente

2014 - E - 1969
Fecha de Entrada: 25/09/2014
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 06/12/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Declarando la Emergencia en Seguridad Pública en el partido de Gral. Pueyrredon por el término de seis meses, y citando al Sr. Secretario de Seguridad, Control y Justicia Municipal.-
Proyecto 2: Resolución

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-3773 26/03/2015

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/09/2014 16/10/2014 Con Moción de Prefer. Próx.Sesión
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 16/10/2014 30/10/2014 Con Moción de Pref. para próx. Sesi
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 30/10/2014 13/11/2014 Con Moción de Preferencia Próxima S
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 14/11/2014 27/11/2014 Con Moción de Prefer. Próx.Sesión
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/11/2014 19/12/2014
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 19/12/2014 29/01/2015
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 03/02/2015 12/03/2015
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 12/03/2015
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                      Mar del Plata, septiembre 25 de 2014.-


AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:


      VISTO: Los innumerables hechos de inseguridad que han acaecido  en  el

Partido de General Pueyrredon durante el año 2014; y


CONSIDERANDO:


       Que  el  Municipio  de  General  Pueyrredon  ha  firmado   diferentes

convenios de colaboración con las autoridades nacionales y  provinciales  en

los últimos siete años que  no  han  coadyuvado  a  la  problemática  de  la

inseguridad en el Partido de General Pueyrredon (Ordenanzas  Municipales  nº

12.256, 18.831, 19.099,19261, 19756, 20.250, 20.421, 20.422, 20.530,  20.738

y 21459)


       Que  a  través  de  ellas  se  garantizaban  recursos  humanos  y  de

infraestructura para combatir la criminalidad y mejorar el nivel de vida  de

todos los ciudadanos del Municipio.


      Que de las Ordenanzas citadas emergen obligaciones  por  parte  de  la

Municipalidad de General Pueyrredon, las cuales, en el mejor de  los  casos,

fueron cumplidas solo parcialmente, lo que  ha  impactado  negativamente  en

materia de seguridad ciudadana.


      Que la Municipalidad de  General  Pueyrredon  aporto  de  sus  propios

fondos en el período mencionado (2007-2013) un  total  aproximado  de  PESOS

SEIS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO  MIL  ($  6.825.000.-),  el  0,1%  del

Gasto Municipal Ejecutado para el mismo período, de acuerdo a  lo  publicado

en la página oficial de la Municipalidad de General Pueyrredon.


      Que los reiterados incumplimientos, a  su  vez,  derivaron  en  sendas

causas judiciales, una tramitada en la Fiscalía Federal nº  1  (Causa  911),

en virtud del posible desvió de  los  fondos  federales  remitidos  para  el

Programa de Protección Ciudadano, y la otra en la Justicia Ordinaria  de  la

Provincia de Buenos Aires, tramitado en el Juzgado de Garantías  nº  3  bajo

el número 13984.


      Que la poca  claridad  en  la  asignación  de  fondos  y  cantidad  de

convenios cruzados transformaron a la política de seguridad llevada  a  cabo

por el actual ejecutivo municipal en poco transparente, zigzagueante  y,  en

definitiva, poco efectiva.


      Que consecuencia de ello, los delitos  perpetrados  han  aumentado  en

forma considerable en las Ciudades de Mar del Plata y Batan para el  período

estudiado, lo cual se ve reflejado en el  número  de  Instrucciones  Penales

Preparatorias en la Fiscalía  General,  las  cuales  han  crecido  en  forma

exponencial desde 2007 a la actualidad, según se deduce de las  estadísticas

oficiales publicadas por la Procuración General de la  Provincia  de  Buenos

Aires.


      Que lo anteriormente expuesto se vio agravado en el presente  año,  en

donde la pérdida de vidas en forma violenta se ha transformado en el  motivo

de preocupación principal de los marplatenses y batanenses.


      Que es claro que  debe  coordinarse  las  acciones  encaradas  por  el

Municipio, tanto con la Justicia Provincial como con la Policía  Bonaerense,

pero también que los esfuerzos deben acelerarse, y  pasar  de  lo  netamente

discursivo a cuestiones concretas que aumenten las fuerzas de  seguridad  en

forma constante y permanente en todos los barrios de  las  Ciudades  de  Mar

del Plata y Batán, así como de las demás localidades del Partido.


      Que para ello es necesario el  urgente  refuerzo  de  los  agentes  de

calle,  utilizando  todas  las  posibilidades  de  los  Estados  Nacional  y

Provincial, como por ejemplo convocar a la Gendarmeria Nacional para  apoyar

a las fuerzas policiales provinciales destacadas en el Partido.


      Que lamentablemente la falta de pericia evidente con que se maneja  la

Secretaría  de  Seguridad,  Control  y  Justicia  Municipal,  es  parte  del

problema, en vez de haber  contribuido  a  la  solución  de  los  hechos  de

inseguridad en el Partido.


      Que esa impericia se ha visto evidenciada en los permanentes  anuncios

inconexos por parte de las autoridades municipales en materia de  seguridad,

los cuales rara vez se concretan, o solo esto ocurre en forma parcial.


      Que todo ello es suficiente para que la máxima autoridad del área,  el

Dr. Adrián Alveolite, comparezca ante este Honorable Cuerpo  a  los  efectos

de explicar  en  forma  clara  cual  es  el  plan  rector  para  reducir  la

criminalidad en nuestra poblaciones, así como para  explicitar  los  motivos

que derivaron en los incumplimientos y  posibles  malversaciones  de  fondos

que ocurrieron desde 2007 en los convenios de colaboración firmados  con  la

Provincia de Buenos Aires y la Nación Argentina en materia de seguridad.


      Que, además, y dado todo  lo  expuesto  precedentemente  es  necesario

declarar  la  emergencia  en  seguridad  en  todo  el  Partido  de   General

Pueyrredon por el termino de seis (06) meses, a los efectos de  poder  tomar

las medidas necesarias para dotar en recursos  humanos,  tecnológicos  y  de

infraestructura necesarios para un mejor accionar de todas  las  fuerzas  de

seguridad apostadas en nuestro Municipio.


      Que, como ya se mencionó anteriormente, el problema  de  la  Seguridad

Publica es  multidimensional,  por  tanto  se  propone  crear  una  comisión

asesora y evaluación de las acciones encaradas, así como de  seguimiento  de

los recursos usados en forma extraordinaria por la emergencia declarada,  la

cual deberá estar conformada por integrantes de este  Honorable  Cuerpo,  el

Ministerio  Publico  Fiscal,  el  Departamento  Ejecutivo  Municipal  y   la

Universidad Nacional de Mar del Plata.


      Por todo ello, el Bloque de Concejales  de  la  Unión  Cívica  Radical

eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de


                                  ORDENANZA


ARTICULO 1º: Declárese la Emergencia en Seguridad Publica en el  ámbito  del

Partido de General Pueyrredon por el término  de  seis  (06)  meses,  a  los

efectos de dotar en recursos  humanos,  tecnológicos  y  de  infraestructura

necesarios para  un  mejor  accionar  de  todas  las  fuerzas  de  seguridad

apostadas en el Municipio de General Pueyrredon.


ARTICULO 2º: Cítese a concurrir al Honorable Concejo  Deliberante  al  señor

Secretario  de  Seguridad,  Control  y  Justicia   Municipal,   Dr.   Adrián

Alveolite, en los términos del artículo n° 108  inc. 7 de la LOM,  así  como

lo dispuesto en  Capitulo  IX  del  Reglamento  Interno  de  este  Honorable

Cuerpo, para exponer sobre los siguientes temas:

   a) Programa de Seguridad Publica encarado por la Municipalidad de General

      Pueyrredon.


   b) Incumplimientos de  los  Convenio  de  Colaboración  firmados  con  la

      Provincia de Buenos Aires y el Poder Ejecutivo Nacional aprobados  por

      las Ordenanzas Municipales nº  12.256,  18.831,  19.099,19261,  19756,

      20.250, 20.421, 20.422, 20.530, 20.738 y 21459.



ARTICULO 3º: Encomiéndese al Departamento  Ejecutivo  Municipal  a  realizar

las  gestiones  necesaria  para  establecer,  mientras  dure  la  emergencia

declarada en el artículo 1º, el  refuerzo  del  patrullaje  del  Partido  de

General Pueyrredon por fuerzas de seguridad nacionales.


ARTICULO 4º: Crease en el  ámbito  del  Honorable  Concejo  Deliberante  una

Comisión Asesora, de Seguimiento y de Evaluación de las  acciones  encaradas

durante la emergencia declarada en el artículo 1º, la cual estará  integrada

por:

   a) Dos Representantes del Departamento Ejecutivo Municipal


   b) Dos Representantes del Honorable Concejo Deliberante


   c) Dos Representantes de la Universidad Nacional de Mar del Plata


   d) Jefe de Policia de la Departamental Mar del Plata



ARTICULO 5º: de forma.-


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Mar del Plata



                                Bloque U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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