Mar del Plata, 27 de octubre
de 2015
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Ciano
S------------/------------D
VISTO:
La necesidad de generar mecanismos de transparencia para visibilizar
la cantidad de unidades de sombra habilitadas para las temporadas de
verano, y;
CONSIDERANDO:
Que el EMTUR, a través de la Dirección de Recursos Turísticos, es el
organismo encargado de controlar el cumplimiento de los pliegos de
licitación en las Unidades Turísticas Fiscales concesionadas.
Que los pliegos de licitación de las UTF estipulan la cantidad de
unidades de sombra permitidas y el monto de las multas a abonar en caso de
usufructuar mayor cantidad de carpas o sombrillas.
Que los pliegos estipulan que la Municipalidad se reserva el derecho
de fijar el standard de ocupación por unidades de sombra, pudiendo variar
el mismo en cualquier momento de la explotación.
Que el concesionario solo puede modificar el lote de unidades de
sombra previa autorización de la Municipalidad, conforme los dictámenes de
las dependencias competentes.
Que a partir de la sanción de la Ordenanza 18151/07, los
concesionarios deberán presentar una Declaración Jurada al 30 de octubre de
cada año con la tarifa vigente para cada uno de los servicios prestados.
Que con esa información se autoriza a la Municipalidad a redeterminar
anualmente el valor de los cánones de las Unidades Turísticas Fiscales.
Que el canon que deben abonar los concesionarios se establece en una
ecuación que contempla la cantidad de unidades de sombra habilitadas para
cada temporada.
Que en el sitio oficial de la Municipalidad de General Pueyrredon hay
con contenido dedicado a la Transparencia, en el cual se destaca que “la
publicidad de los actos de gobierno es uno de los principios básicos en el
que se sostiene todo régimen republicano y democrático, por lo que todo
gobierno tienen la obligación y el deber de difundir la forma en la que
actúa”.
Que en lo relativo al control ciudadano se indica que “se entiende por
transparencia el deber del municipio de exponer y someter al conocimiento
público la información relativa a su gestión, al manejo de los recursos que
la sociedad ha confiado, y a la conducta de sus funcionarios. La
transparencia es, un parte, un fin en sí mismo: los contribuyentes tienen
el derecho de saber qué es lo que el gobierno hace con su dinero”.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la
Victoria eleva el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Articulo 1.- Establézcase la obligatoriedad de instalar un cartel en las
administraciones de las Unidades Turísticas Fiscales concesionadas del
Partido de General Pueyrredon en el cual se exhiba la cantidad de unidades
de sombra autorizadas por el EMTUR para la temporada en curso.
Articulo 2.- El texto del cartel mencionado en el articulo anterior debe
coincidir con la imagen presentada en el Anexo 1 y estar ubicado en forma
horizontal para garantizar su visibilidad
Artículo 3º.- De forma, etc.
ANEXO I
[pic]
-----------------------
Cantidad de unidades de sombra autorizadas para [Nombre de la empresa
concesionaria]
Por el EMTUR para la temporada XXXX
CARPAS [Cantidad de carpas]
SOMBRILLAS [Cantidad de sombrillas]
Ordenanza municipal nº XXXXX
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Mar del Plata