Mar del Plata, 05 de Julio de 2016.-
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Cjal. Guillermo Saenz Saralegui
Visto
La vigencia de la Ordenanza Nº 9381 del año 1994 y la Ordenanza Nº 22050, y;
Considerando
Que la primer Ordenanza referida a indicadores urbanísticos para la construcción de un complejo habitacional en la parcela delimitada por la Avenida Jacinto Peralta Ramos, calles Lynch, Friulí y G. Lorca de Mar del Plata, denominado Mirador de Peralta Ramos.
Que a pesar del los veintidós años transcurridos y por diversas circunstancias, dicho complejo carece en gran medida, de las más elementales obras de infraestructura, lo que atenta contra la calidad de vida de sus habitantes.
Que entre las obras no realizadas, una de las más importantes es la que impide el acceso a las viviendas y la circulación fluida de peatones y vehículos, circunstancia agravada en días de lluvia y posteriores a éstas; por ser de tierra, estar mal iluminadas y con obstáculos que las tornan intransitables, inseguras, y gestoras de accidentes reiterados, que los vecinos denuncian.
Que tanto la calle G. Lorca como Lynch, son el camino obligado desde la calle Friuli, limite oeste del solar, para acceder a la Av. J.P.Ramos, y ambas arterias , al igual que las transversales se encuentran en similar estado de deterioro.
Que merced a los constantes reclamos de los vecinos, lentamente y con gran dificultad, han conseguido avanzar en la solución de algunas carencias de infraestructura, las que permitieron mejorar, mínimamente, su situación; pero las mismas son insuficientes.
Que la circunstancia de estar ejecutándose en un predio lindero, un conjunto de viviendas del Plan Pro.Cre.Ar., alienta la posibilidad de acceder a algunos beneficios que esa proximidad puede aportar. Concretamente, obras de cordón cuneta previstas ejecutar sobre la vereda impar de la calle García Lorca, darían la posibilidad de hacer lo propio sobre la vereda par de ésta, mejorando sustancialmente el acceso a las viviendas del Mirador de P.Ramos.
Que de aceptarse esta posibilidad, se deberá considerar la particular silueta de las manzanas del Complejo Mirador de Peralta Ramos, atravesadas por calles bis, que las dividen en dos partes iguales, según el según el croquis adjunto, en trámite de aprobación en la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, según lo previsto en la Ordenanza Nº 22050.
Que los vecinos han manifestado en nota reciente, la voluntad de aportar económicamente a la realización de dicha obra, ya sea por Contribución de Mejoras o la modalidad que el Departamento Ejecutivo estime conveniente, atento a su rol gerenciador de las mismas, a través de las dependencias correspondientes, con fondos provistos por el Banco Hipotecario.
Que como aporte a la agilización del trámite, se podría gestionar la posibilidad de que sea el referido Banco, quien otorgue créditos a los vecinos, para afrontar el costo de la obra.
Que esta variante permitiría unificar aspectos constructivos de la obra, entendiendo que realizar ambos cordones cuneta en forma simultánea, con vistas a una futura pavimentación es, sin duda, técnica y económicamente más conveniente.
Por las razones expuestas el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical pone en consideración el siguiente
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º).- Solicítase al Departamento Ejecutivo, a través de los Entes y Dependencias correspondientes, realice las gestiones conducentes a ejecutar la obra de cordón cuneta sobre la vereda par de la calle García Lorca entre Avenida Jacinto Peralta Ramos y calle Friuli, en simultáneo con la obra similar, a construirse en la vereda impar del mismo tramo, perteneciente al conjunto de viviendas del Plan Pro.Cre.Ar actualmente en construcción, teniendo en cuenta la particular conformación de las manzanas atravesadas por calles bis que las dividen en dos parcelas iguales según croquis adjunto.
Artículo 2º).- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo