Información de Expediente

2016 - E - 1647
Fecha de Entrada: 22/07/2016
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 22/09/2016
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Declarando a la ciudad de Mar del Plata como "Ciudad Amigable de Lactancia Materna" y estableciendo "Espacios Amigables para la Lactancia materna" en comercios, espacios públicos, etc.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-17103 11/08/2016 22792 25/08/2016

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 26/07/2016 11/08/2016 S/Tablas
038 DERECHOS HUMANOS 11/08/2016 11/08/2016 S/Tablas
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/08/2016 11/08/2016 S/Tablas
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata 21 de Julio  de 2016

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

     S-------------/-------------D



VISTO:

Ante los acontecimientos ocurridos el día 12 de julio de 2016 en el municipio de San Isidro cuando Constanza Santos  se disponía a amamantar a su bebé de 9 meses en una plaza ,y;


CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional 26.873 tiene por objeto la promoción y la concientización pública acerca de la importancia de la lactancia materna y de las prácticas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños de hasta dos (2) años y que el Estado argentino marcó una posición respecto de favorecer este tipo de alimentación como política pública.



      Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha revelado que si se aumentara la lactancia materna a niveles casi universales se podrían salvar cada año las vidas de más de 820.000 niños menores de 5 años y 20.000 mujeres, confirmando que tiene muchos beneficios para la salud, tanto de la madre como del niño.



Que este acto genera un vínculo estrecho, sumado a que la leche materna constituye el alimento ideal para el niño durante los primeros 6 meses de vida.



      Que la lactancia materna es la forma ideal de aportar a los niños pequeños los nutrientes que necesitan para un crecimiento y desarrollo adecuados, siendo segura, limpia y conteniendo los anticuerpos que ayudan a protegerlos contra las enfermedades más comunes de la infancia.


      Que es fundamental generar políticas públicas para que el final de la licencia por maternidad no marque el final de la lactancia materna.

      Que una novedosa iniciativa contenida en esta ley se refiere al apoyo a la madre trabajadora en el período de lactancia y al establecimiento de "Espacios Amigos de la Lactancia". Es muy importante tener en cuenta que los favorecidos por esta estrategia no son únicamente el niño y su madre, que obtienen beneficios sobre su salud, tanto inmediatos como a largo plazo, sino también los empleadores de esas madres y la sociedad toda.



      Que además de los factores antiinfecciosos e inmunitarios presentes en la leche humana, hay otros componentes irreemplazables que favorecen el desarrollo madurativo del niño, permitiendo a cada amamantado optimizar la expresión de su potencial genético.



      Que numerosos estudios han demostrado una amplia gama de beneficios de la lactancia materna que afectan de manera positiva al niño, a la madre y a la sociedad.

   a) La leche materna siempre está disponible, favoreciendo la practicidad a la hora de alimentar al niño y no presenta riesgos de contaminación, reduciendo la probabilidad de toxoinfecciones.

   b) La Lactancia natural contribuye a establecer un vínculo corporal y emocional madre-bebé, que resulta mutuamente gratificante, y permite un crecimiento y desarrollo del niño óptimo.

   c) Contribuye a reducir la presencia y gravedad de los estados alérgicos en el lactante.

   d) Reduce el riesgo de linfoma.

   e) Los niños también tienen menos posibilidades de sufrir diabetes más adelante en la vida.

   f) Mejora la oclusión dental en etapas posteriores, contribuyendo a la prevención de las caries.

   g) Reduce la morbilidad y la mortalidad infantil.

   h) Fomenta el desarrollo sensorial y cognitivo, obteniendo mejores resultados en las pruebas de inteligencia.

   i) Reducción del riesgo de sobrepeso y obesidad en la infancia y la adolescencia.

   j) En las mamás reduce el riesgo de cáncer de ovario y mama.

   k) Menor riesgo de hemorragia en el post-parto, y en consecuencia menor probabilidad de anemia.



   l) La reducción de los costos sanitarios por parte de la lactancia materna (gracias a que los niños se enferman menos y por lo tanto hay menos ausentismo laboral y adultos más sanos) genera beneficios económicos para las familias y también para la sociedad en general.



      Que las mujeres que amamantan muchas veces no encuentran un lugar apto para alimentar a su niño ante inclemencias climáticas.



      Que las mujeres amamantan también en escuelas y universidades en donde no sólo asisten como estudiantes, sino también son profesoras, visitantes, conferencistas sin contar con un espacio para la ello.



      Que los paseos comerciales al aire libre, los aeropuertos y los lugares de trabajo no cuentan con espacios para la lactancia, afectando la comodidad de las mamás.



      Que el Poder Ejecutivo reglamentó y puso en vigencia recientemente la Ley Nacional N° 26.873, de Promoción y Concientización Pública sobre la Lactancia Materna, que dentro de sus puntos clave incluye el de brindar apoyo a la madre trabajadora mediante la creación de "Espacios Amigos de la Lactancia" en los lugares de trabajo.


      Que del 1 al 7 de agosto se celebra la Semana Mundial de la Lactancia Materna, en más de 170 países, destinada a fomentar dicha alimentación natural, y a mejorar la salud de los bebés de todo el mundo, es propicio hacer una campaña masiva sobre Mar del Plata-Batán Ciudad Amigable de la Lactancia Materna.



      Por todo lo expuesto, los concejales del bloque del FPV proponen el siguiente proyecto de:



      ORDENANZA





      Artículo 1°.- Declárese a la ciudad de Mar del Plata-Batán como Ciudad Amigable de la Lactancia Materna. Entiéndase por ciudad amigable a lugar donde:



   a) No deben existir restricciones de lugares ni autoridades, fuerzas de seguridad, ni ciudadanos que impidan el acto de amamantar en la vía pública, transporte público, y espacios privados.

   b) Las autoridades / fuerzas de seguridad  deberán resguardar el amamantamiento en la vía pública, transportes y comercios


      Artículo 2º - La Defensoría del Pueblo de Gral. Pueyrredón recibirá denuncias en caso de presentarse alguna situación que la lactante considere irregular y/o agresiva.



      Artículo 3º- Promociónese a través de las Secretarías de Salud y de Derechos Humanos y la Dirección General de la Mujer  la lactancia materna, tanto en el ámbito público como privado por medio de campañas audiovisuales identificando a la ciudad de Mar del Plata-Batán como “Ciudad Amigable de la Lactancia Materna”.



      Artículo 4º-  Señalícense los comercios, transportes públicos, lugares de esparcimiento y la vía pública de la ciudad como "Espacios amigables de la lactancia materna", bajo la denominación "Punto Teta".



      Artículo 5º- Los espacios para la lactancia “Punto Teta” propuestos para la comodidad de las madres a la hora de amamantar o extraerse leche (en el caso del contexto laboral) deben contar con comodidades básicas que incluyan higiene y privacidad, cambiadores para bebés y acceso a una heladera.



      Artículo 6º- Articúlese con La Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) para realizar la campaña “Ciudad amigable de la Lactancia Materna”, sabiendo que es una entidad gremial privada local que requiere representatividad de conjunto y confiere una visión global de interés colectivo promoviendo la actividad económica de la ciudad.



      Artículo 7º- Intensifíquese  la campaña “Ciudad Amigable de la Lactancia Materna” del 1 al 7 de agosto Semana Internacional de la Lactancia.


      Artículo 8º- Comuníquese, etc.








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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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