Mar del Plata, 12 de enero de 2017
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Saenz Sarelegui, Guillermo
S------------/------------D
VISTO:
La necesidad de generar una campaña de difusión y concientización sobre la protección solar y el cáncer de piel durante la temporada estival donde las temperaturas son elevadas y la ciudad es visitada por miles de turistas provenientes de todo el país y;
CONSIDERANDO:
Que durante la temporada estival, marplatenses y turistas habitúan ir a la playa o le dedican gran parte de su tiempo libre a actividades que van a suponer un mayor contacto de la piel con los rayos solares.
Que el sol y los rayos ultravioletas constituyen la principal causa de cáncer de piel y sus efectos se van acumulando a lo largo de la vida y, en consecuencia, el método preventivo más efectivo es evitarlos.
Que según la Liga Argentina de de Lucha contra el Cáncer estipula que la incorporación de hábitos saludables reduce hasta un 40% las posibilidades de contraer cualquier tipo de cáncer.
Que es responsabilidad del Estado generar diferentes mecanismos que apunten a generar conciencia sobre el uso de cremas destinadas a la protección solar y las buenas costumbres al momento de exponerse ante el sol.
Que alguno de los consejos que suelen dar los especialistas a los ciudadanos para facilitar una protección adecuada que evite posibles daños, son no exponerse al sol en las horas centrales del día (de 12 a 16 horas), cubrirse adecuadamente la piel, la cabeza y los ojos, con ropa, sombreros y gafas de sol, y utilizar las cremas de protección solar.
Que si bien la exposición al sol posee acción terapéutica en diversas enfermedades y es coadyuvante en la formación de vitamina D, no obstante, es necesaria una protección frente a la radiación solar, pues tanto a corto como a largo plazo y con exposiciones más o menos prolongadas, se pueden producir daños en la capa epidérmica: eritema solar, dermatosis actínica crónica, problemas estéticos, envejecimiento de la piel, etc.
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) en conjunto con la Organización Meteorológica Mundial (OMM), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Comisión Internacional de Protección contra la Radiación No Ionizante (CIPRNI) formularon recomendaciones sobre la manera de calcular, expresar y difundir el uso del índice UV solar mundial.
Que las citadas organizaciones internacionales recomendaron lo siguiente: 12
- Que se utilice el índice UV solar mundial como medio para concienciar a la población acerca de los daños que puede causar una exposición excesiva a las radiaciones UV, y para advertir a las personas de la necesidad de adoptar medidas de protección. Esto último es especialmente importante, dada la constante disminución del ozono estratosférico y el consiguiente aumento de la intensidad de las radiaciones UV que producen efectos cada vez más graves para la salud.
- Que se aliente a los gobiernos de los países a utilizar el índice UV solar mundial en sus programas de educación y sensibilización de la población.
- Que se aliente a los medios de comunicación a incorporar el índice UV solar mundial en su información meteorológica diaria, a fin de que se empiece a considerar como un dato necesario, igual que lo pueden ser las noticias o los informes meteorológicos
Que, en definitiva, el Municipio de General Pueyrredon, debe llevar adelante una campaña de difusión y concientización sobre el uso de la protección solar y las consecuencias del cáncer de piel, teniendo en cuenta la gran cantidad de playas que son visitadas los vecinos de la Ciudad y los turistas provenientes de diferentes partes del país.
Por todo lo anterior es que el Bloque de Concejales del Frente Para la Victoria, proponen la aprobación del siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo que impulse una campaña de difusión sobre la protección solar y el cáncer de piel con el objetivo de generar conciencia a la ciudadanía sobre los hábitos saludables que se deben adoptar ante la exposición al sol.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo