Mar del Plata, 8 de agosto de 2018
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante del
Partido de General Pueyrredon
Dn. Guillermo Sáenz Saralegui
S / D
Por vuestro intermedio se eleva para su consideración al Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente PROYECTO DE COMUNICACIÓN, que a continuación se fundamenta:
VISTO
La desproporcionada estructura edilicia que se está construyendo sobre el sector de arena en la Unidad del Consorcio de Playa Grande correspondiente al balneario “La Reina” y el local “Bruto”;
Así como que la obra de excesivas y groseras dimensiones, tendría por objeto un enorme espacio cerrado y techado destinado a instalar un gimnasio, y;
CONSIDERANDO
Que la obra estaría denunciada en el expediente Nº 11492-2-2010, Cuerpo I, Alcance I, que a la fecha se encuentra físicamente en la “Dirección de Unidades Turísticas Fiscales” dependiente del EMTUR;
Que a pesar de reiteradas solicitudes personales verbales y una nota por escrito, el expediente no le ha sido facilitado para su consulta a personal de nuestra Concejalía;
Que habiendo resultados infructuosos todos los intentos para tomar contacto con el expediente, se formula este proyecto sobre la base de las realidades tangibles que surgen de los hechos;
Que la obra en cuestión, resulta a simple vista fuera de toda escala y avanza, increíblemente, sobre espacios de arena correspondientes a la playa en sí misma;
Que el piso o basamento de la estructura en construcción consiste en una “lengua” de cemento y material de importantes dimensiones;
Que existen además pasillos sobre la arena del mismo material como también una piscina y solarium;
Que por ello la construcción no aplica el principio de resiliencia ecológica, no es reversible ni desmontable;
Que la obra en el espacio público concesionado resulta disruptiva en relación a la vista y entorno natural-paisajístico del sitio;
Que la construcción, por lo discordante con el espacio en que se encuentra, proyecta un extenso cono de sombra justamente en la playa, a metros del mar;
Que por ello, desvirtúa la naturaleza y esencia misma de la playa y su objeto;
Que la estructura resulta inadecuada toda vez que altera claramente la estética y concepción de Playa Grande, sus paseos y sus vistas, afectando y desfigurando la concepción patrimonial y urbanística de un bellísimo e inigualable paisaje de nuestro Partido;
Que, por la expresada reticencia de las autoridades del EMTUR y la “Dirección de Unidades Turísticas Fiscales” a exhibir el expediente a una Concejal, y toda vez que no existen carteles (obligatorios en toda obra) de los que surjan datos o constancias de autorización o permisos para la realización de la obra o de controles sobre la misma, no se cuenta con tan preponderante información;
Que no existen tampoco datos ni información pública y debidamente expuesta en relación a la seguridad y medios en que realizan su tarea los trabajadores que participan en la construcción de la obra;
Que en virtud de lo claramente desmesurado y desmedido de la construcción y sus disvaliosas consecuencias para el entorno visual, paisajístico, cultural y urbanístico, su avance ha despertado una genuina inquietud en vecinos y asociaciones intermedias movilizándolos en oposición al progreso de la obra;
Por lo expresado, se eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1º: Requiérase al Departamento Ejecutivo a que proceda por intermedio de quien corresponda a compeler a las autoridades del EMTUR y de la “Dirección de Unidades Turísticas Fiscales” a que remita en término perentorio al Honorable Concejo Deliberante para su análisis y estudio el expediente Nº 11492-2-2010, Cuerpo I, Alcance I.
ARTÍCULO 2º: Independientemente de lo establecido en el artículo 1º, informe detalladamente: a) fundamentos fácticos, legales y jurídicos en los que se sustenta la obra realizada por los concesionarios de la Unidad correspondiente al balneario “La Reina” y el local “Bruto”; b) si la misma cuenta con autorización o permiso del municipio; c) en su caso, la autoridad que confirió el visto bueno para la realización de la construcción; d) motivos o razones por los que la misma no exhibe el pertinente cartel de obra con la información de la misma; d) detalle de las condiciones de seguridad en las que han desempeñado y desempeñan sus tareas los trabajadores a cargo de la construcción; e) detalles del cumplimiento de todos los requisitos de las condiciones laborales y de riesgos del trabajo; f) si la obra cuenta con estudios de impacto ambiental, visual y urbanístico de la construcción, y autoridad que los hubiera formulado; g) todo otro detalle que pudiera resultar de interés para el esclarecimiento y publicidad de los detalles de obra.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. De forma.
EXP. 1904-CJA-2018
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
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