Información de Expediente

2018 - E - 2126
Fecha de Entrada: 03/10/2018
Carátula: Proyecto de Resolución.-
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. GONZÁLEZ ANGÉLICA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 20/08/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Viendo con agrado que el H. Senado de la Nación de tratamiento y apruebe el proyecto de Ley de "BANCO DE ALIMENTOS" modificatoria del art. 9º de la Ley Nacional Nº 25989.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 05/10/2018 28/02/2019 Art. 31º del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/02/2019 28/02/2019 Art. 31º del R.I.
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 09/04/2019 15/08/2019 Art. 52 del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 15/08/2019 15/08/2019 Art. 52 del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                             Mar del Plata, 3 de octubre de 2018




Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante del

Partido de General Pueyrredón

Dn. Guillermo Sáenz Saralegui

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Por vuestro intermedio se eleva para su consideración al Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón el siguiente PROYECTO DE RESOLUCIÓN, que a continuación se fundamenta:


VISTO


      El Proyecto de Ley ‘’BANCO DE ALIMENTOS’’ aprobado por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el 4 de Julio de 2018, y;


CONSIDERANDO


      Que la presentación del presente Proyecto de Resolución tiene el objetivo de solicitarles a los señores Senadores de la Nación, den el tratamiento correspondiente al proyecto de Ley ‘’BANCO DE ALIMENTOS’’.

      Que el proyecto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el 4 de julio de 2018, tiene como objetivo modificar el vetado artículo de la Ley Nacional N° 25.989, que regula la responsabilidad de las partes intervinientes en la donación de alimentos, a los efectos de facilitar esta acción y  disminuir el volumen de productos alimenticios en condiciones de ser consumidos que se destinan a disposición final.

      Que el Artículo 9°, que delimitaba la responsabilidad de los donantes, fue vetado al momento de la promulgación de la ley en el año 2004.

      Que es necesario sustituir la disposición originaria de la Ley, para destrabar el funcionamiento del sistema que procura fomentar y facilitar que se donen alimentos que desde los distintos sectores privados se producen y/o adquieren y que, por diversos problemas que no afectan su calidad, no salen a la venta, destinándolos a disposición final.

       Que ésta iniciativa posee como objetivo principal ayudar a la sociedad aprovechando los alimentos que son desperdiciados innecesariamente, donando los mismos, principalmente, a todos aquellos que se vean en una situación de vulnerabilidad. Para dicho fin consideramos de suma importancia dividir la responsabilidad buscando cooperación, tanto de las empresas y cadenas encargadas de la donación, como del Estado y las instituciones responsables de la recepción y entrega.

      El proyecto en cuestión viene a complementar la Ley 25.989 que establece un Régimen especial para las donaciones de alimentos.

       Que es necesario que se tome conciencia de la grave situación que poseemos actualmente a lo largo de toda la Argentina y empecemos a tomar medidas para solucionarla.

      Que existen actualmente diversos ejemplos, tanto nacionales como internacionales, acerca de diferentes iniciativas tomadas frente a esta grave situación.

      Por todo ello, se propone la sanción de la siguiente:


RESOLUCIÓN


Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Municipio de General Pueyrredón vería con agrado que el Honorable Senado de la Nación dé tratamiento y apruebe el Proyecto de Ley de ‘’BANCO DE ALIMENTOS’’ que modifica el Artículo 9° de la Ley Nacional N° 25.989

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, de forma.






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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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