Mar del Plata, 21 Febrero de 2020
Al Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martinez Bordaisco
S/D
VISTO
Que recientemente la ciudad de Mar del Plata se ha visto conmovida y afectada por diversos siniestros, siendo el ocurrido en la empresa “Torres y Liva” la noche del 15 de diciembre de 2019 el mas notorio en cuanto a su magnitud y consecuencias, y;
CONSIDERANDO
Que en el año 1992 el Municipio de General Pueyrredón promulgo la ordenanza N°8696 por la que se estableció el Servicio Especial para la Prevención y Atención de Siniestros (S. E. P. A. S.);
Que el servicio indicado en el visto de la presente reviste carácter de servicio público esencial;
Que el artículo 2º de la norma, antes citada, establece que el S. E. P. A. S. está constituido por una serie de acciones programadas, orientadas por los objetivos allí enunciados;
Que se ha creado en aquellos años una tasa especifica por el Servicio Especial de Prevención y Atencion de Siniestros, incluida en la ordenanza Fiscal correspondiente, con el texto de la mencionada ordenanza en su anexo N°1.
Que dichas razones conllevan a que interpelemos al D. E. respecto a las acciones preventivas y post fácticas que se han adoptado o se deban adoptar en lo próximo en función de que no se repitan, o se cuente con más y mejores recursos para atenderlas en caso de que se produzcan;
Que la Defensa Civil en casos de siniestros, su prevención y atención es responsabilidad indelegable del D. E.;
Por todo ello se eleva para su consideración en el Honorable Concejo Deliberante del siguiente proyecto;
C O M U N I C A C I Ó N
Artículo 1º:
Solicitase al D. E., que de conformidad con los plazos establecidos por la Ordenanza nº 9364, informe: sobre el cumplimiento de lo dispuesto y ordenado por la Ordenanza nº 8696 en cuanto se refiere al Servicio Especial para la Prevención y Atención de Siniestros (S. E. P. A. S.) en el Partido de General Pueyrredón, indicando las acciones programas orientados conforme los objetivos enunciados en el art. 2º y la celebración del Convenio indicado en el art. 4º de la norma antes señalada.-
Artículo 2º: De forma.-
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
TERCERA POSICIÓN