Información de Expediente

2020 - E - 1325
Fecha de Entrada: 06/04/2020
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. ROMERO MARIANELA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 22/10/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el registro público de comercio habilitados, que dentro del marco del Decreto Presidencial 297/2020, se encuentren exceptuados de suspensión de apertura.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18898 21/05/2020 24762 10/06/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 05/05/2020 15/05/2020 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 06 de abril de 2020.-


SR. PRESIDENTE

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

AB. ARIEL MARTINEZ BORDAISCO

S / D


VISTO:

La situación social y productiva derivada del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido por el Decreto presidencial 297/2020 y prorrogado por el 325/2020, como así también las modificaciones realizadas a las excepciones establecidas en el artículo 6º del primer decreto,


Y CONSIDERANDO:

Que, la ciudadanía tiene permitido el desplazamiento mínimo e indispensable para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.

Que, el artículo 6º del decreto 297/2020 establece las excepciones al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Que, por medio de las Decisiones Administrativas 429/2020 y 450/2020 se amplió el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en los términos previstos en el Decreto N° 297/20.

Que, desde la implementación del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” se ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas.

Que, como consecuencia de dichas decisiones es probable que ocurra un marcado aumento de la circulación de la ciudadanía en las calles del partido de General Pueyrredón.

Que, en consonancia con las medidas que nuestro municipio ha tomado en relación a la prevención del contagio del COVID-19, es necesario que se tomen nuevas medidas para evitar la circulación masiva de la ciudadanía ofreciendo medios alternativos para la adquisición de bienes esenciales.

Que, desde el punto de vista social y sanitario, la misma herramienta puede brindar información a la misma población para adquirir los bienes que necesite sin salir de su domicilio o dirigiéndose exclusivamente al comercio sin deambular por la ciudad buscando el comercio abierto. Y desde el punto de visto productivo, el municipio puede ofrecer herramientas para dar publicidad a los comercios que se encuentran en actividad para darle soluciones a quienes habitan nuestras ciudades.

Que, la página web del municipio posee un espacio donde se encuentran los distintos centros comerciales diferenciados por zonas, los cuales podrían ampliarse e incorporarse en cada uno un registro de los comercios que soliciten la inclusión.

Que, el municipio sería un replicador de la información de los comercios que continúan en actividad dando una respuesta tanto al sector productivo, como a la sociedad en general, estableciendo una vinculación entre unos y otros ayudando, como se manifiesto anteriormente, tanto a la prevención del COVID-19 como a la mitigación de los efectos productivos y económicos de la medida de aislamiento.


Por ello, el Bloque de la Unión Cívica Radical propone el siguiente proyecto de:



ORDENANZA



ARTÍCULO 1º.- Creación. Crease el registro público de comercios habilitados, que dentro del marco del decreto presidencial 297/2020 y sus ampliatorios y/o modificatorios, se encuentren exceptuados de suspensión de apertura.

ARTÍCULO 2º.-Formato. El registro creado en el artículo 1º deberá contener como mínimo los siguientes datos:

Nombre de fantasía y/o razón social


Rubro o actividad


Domicilio comercial


Teléfono y/o WhatsApp de contacto


Horario de apertura y cierre del establecimiento


Si ofrece reparto propio o no


Página web, red social, email de contacto


ARTÍCULO 3º.- Incorporación. Quien sea titular del establecimiento comercial y cumpla con los requisitos establecidos en la presente y su reglamentación podrá solicitar la inclusión en el registro a que hace referencia el artículo 1º, según lo que establezca la autoridad de aplicación.

Para los comercios que cuenten con sucursales dentro del partido de Gral. Pueyrredón, los mismos deberán ingresar en el pedido de inclusión al registro público de comercios habilitados, todas las sucursales que deseen incluir, sus domicilios y datos de contacto en caso de ser diferentes al de la casa central.

ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo, por medio de la autoridad de aplicación, recibirá el pedido de inclusión en el registro Público de comercios habilitados, los cuales agrupará por zona geográfica del partido para un correcto ordenamiento territorial y eficiencia comunicacional.

ARTÍCULO 5º.- Publicidad. El registro deberá estar disponible en la página web del municipio, en el área de Desarrollo Productivo y/o en cualquier otra forma de comunicación masiva que el Departamento Ejecutivo considere conveniente a los fines de dar cumplimiento a la presente norma.

ARTÍCULO 6º.- Autoridad de aplicación. Determínese como autoridad de aplicación a la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación o la que la remplace en un futuro.

ARTÍCULO 7º.- Vigencia. El registro establecido en la presente será válido mientras se encuentre vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado por el Gobierno Nacional, pudiendo continuar posteriormente con actualizaciones periódicas.

ARTÍCULO 8º.- De forma.

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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



BLOQUE U.C.R.



Mar del Plata



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