Información de Expediente

2020 - E - 1364
Fecha de Entrada: 27/04/2020
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. VOLPONI GUILLERMO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 06/07/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Expresando honda preocupación por la delicada crisis que esta atravesando el sistema Privado de Salud, que se ha visto agravada en el inicio de la Cuarentena Social Preventiva y Obligatoria.
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-224 29/04/2020
Proyecto 3: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2436 25/06/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 04/05/2020 20/05/2020 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

             Mar del Plata, 27 de abril de 2020.-



Sr. Presidente del Honorable  Concejo Deliberante

General Pueyrredón

Don Ariel Martínez Bordaísco

S                   /                          D:



             VISTO

             Que con  fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia

             Que por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año en virtud de la pandemia declarada; medida que puede ser prorrogada en caso de persistir la situación epidemiológica”

             Que el DNU 297/20 de fecha  19/03/20 estableció el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) disponiendo que cada persona deberá quedarse en la residencias que se encuentre a las 00:00 horas del día 20 de marzo del 2020 y abstener de concurrir a sus lugares de trabajo, junto con la prohibición de desplazamiento por rutas, vías y espacios públicos, y para los infractores, derivar las actuaciones a la justicia penal. Que la citada medida, fue prorrogada mediante los Decretos Nros. 325/20, 355/20 y 408/20, hasta el 12 de abril, el 26 de abril y el 10 de mayo del año en curso, respectivamente.

             Que junto con la disposición de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO)  se determinó la imposibilidad de prestar tareas para los trabajadores, y para los empleadores de abrir sus establecimientos.  Exceptuándose  una serie de actividades declaradas esenciales contempladas taxativamente en el art. 6to. que consta de 24 incisos que luego fueron ampliados por las decisiones Administrativas D: 429; D: 490; D: 450. Y,



             CONSIDERANDO

             Que, en razón de dicha situación de emergencia, se produjo una limitación en la circulación de personas con el consecuente impacto en la economía, afectando a las empresas, a las actividades independientes y al empleo.

             Que esta situación de emergencia de alcance mundial nos enfrenta asimismo a una crisis sanitaria y social que impacta en la economía, afectando  a la población y a todos los sectores productivos del país, empresas, actividades independientes y al empleo. Impacto que se ha ido profundizando como consecuencia de las sucesivas prórrogas de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

             Que  el sistema privado de salud  atiende y da respuestas al 70% de la población, entre ellos la nada despreciable cantidad de 6 millones de afiliados al PAMI, más los afiliados a los sistemas prepagos  de salud,  obras sociales sindicales como así también obras sociales del Estado y del sector empresarial.

             Que ese sector, que cubre a siete de cada diez argentinos en materia de salud, hoy se encuentra en una profunda crisis económica fruto de la paralización de la actividad comunitaria como consecuencia del aislamiento social obligatorio que derivó en que los pacientes optaran por no acudir a los nosocomios, en cumplimiento de la cuarentena y por temor a ser contagiados del virus que produce la enfermedad Covid-19.

             Que previo a la pandemia que llega en marzo 2020, el sector venía sufriendo distintos avatares económicos, con incrementos en los costos de producción de la atención médica del 48% sin computar -aun- el impacto de la cláusula salarial a pagarse en marzo-mayo 2020.

             Que de la misma manera venían creciendo los costos de los insumos médicos, a razón del 70% y las inversiones medidas en equipamiento médico en el orden del 58%.

             Que fruto de estas ecuaciones financieras los prestadores médicos privados sufrieron una importante reducción de su capital de trabajo al asumir muchos de esos costos, lo que derivó en la desaparición de una importante cantidad de camas disponibles, incrementándose ese efecto negativo en el interior del país.

             Que según datos que disponen las cámaras y entidades del sector, como ADECRA y CEDIM, en los últimos meses se aceleraron los precios y las cantidades de compras de insumos en el sector, a propósito de la pandemia, con un aumento del gasto total en insumos Covid-19 del 2.542%.

             Que tal como se expresara oportunamente, las clínicas y sanatorios privados están vacíos, con suspensión de turnos de parte de los pacientes y caída de la demanda espontánea, al tiempo que se impulsó desde el Ministerio de Salud de la Nación que se diera prioridad a la atención de pacientes Covid-19.

             Que en este marco, la situación financiera es crítica, toda vez que no existe casi flujo de fondos que permita sostener los compromisos laborales y se pone en serio riesgo el reaprovisionamiento de elementos de protección personal para los trabajadores de la salud y el resto de los insumos.

             Que los prestadores deben dar cobertura, solo en los grandes centros urbanos que releva el INDEC, a 20 millones de personas, asumiendo el costo actual y generando una pérdida inmensa para el sector.

             Que de acuerdo los datos informados por ADECRA+CEDIM:

             • En los centros ambulatorios hay 420 mil consultas, 170 mil prácticas médicas, 620 mil prácticas de laboratorio, 170 mil prácticas de imágenes, 130 mil prácticas odontológicas haciendo un total sólo de estas consultas y prácticas de 1,5 millones de pesos POR DÍA.• Esto implica un valor económico de  un mil millones de pesos  POR DIA.

             • En las clínicas y sanatorios, hay 52 mil internados y 6.400 personas que salen de internación POR DIA.

             • Esto implica un valor económico de quinientos millones de pesos POR DÍA.

             • En la suma de centros ambulatorios y clínicas y sanatorios el valor económico que producen por día asciende a un mil quinientos millones de pesos.



             Que los centros ambulatorios están trabajando al 10% de su capacidad mientras que las clínicas y sanatorios están trabajando al 35% de su capacidad, esperando los pacientes del coronavirus, lo que significa que están dejando de facturar aproximadamente un mil millones de pesos POR DÍA.

             Que en los 24 días que duró el primer tramo del confinamiento sanitario, los prestadores privados de la salud dejaron de facturar un total de veinte nueve mil millones de pesos y si se suman los 18 días que faltan para que termine abril la pérdida de facturación de los prestadores médicos privados ascenderá a cincuenta y un mil millones de pesos entre marzo – abril.

             Que la mala noticia es que, en este contexto descripto, y mientras se espera que la mayor parte de los infectados de Covid-19 llegue en mayo, para entonces los prestadores médicos privados van a estar económicamente quebrados, siendo esta la peor forma de preparar al sistema sanitario para la pandemia.

             Que el Estado Nacional y el Estado Provincial deben asegurar y garantizar el acceso a la Salud para todos los habitantes mediante medidas paliativas sustentadas en su función indelegable realizando asimismo los esfuerzos fiscales extraordinarios necesarios y suficientes para dicho fin, contribuyendo integralmente con el sistema sanitario, debiendo para incluir en dichos esfuerzos fiscales al sistema privado de salud de la misma manera que se realizan esfuerzos en el sistema público.

             Que en el ámbito geográfico que nos ocupa Mar del Plata recibe y alberga la atención médica no solo de la población de la ciudad sino de todo el sudeste de la Provincia comprendiendo por ello un sector de casi un millón y medio de habitantes. Las Clínicas y Establecimientos médicos de la ciudad se encuentran en el contexto crítico descripto siendo necesario para ellos soluciones específicas para el sector que se vienen planteando en todos los ámbitos y que al momento no se han materializado de la manera que se necesitan. La subsistencia del sistema privado que sostiene al sistema sanitario en general lo necesita. Estamos hablando de organizaciones de capital privado que brindan un servicio de acceso a la salud que, por lo descripto, duplica o casi triplica en porcentuales de población asistida al sector público.

             Que resulta necesario visibilizar esta situación de manera de contribuir a transitar esta emergencia extraordinaria por caminos de absoluta responsabilidad, buscando todos los canales y mecanismos posibles para salvaguardar a los prestadores médicos privados en defensa de todos los pacientes,



             Por todo lo expuesto, en mi carácter de Concejal integrantes del Bloque VAMOS JUNTOS,  elevo a consideración de éste Honorable Concejo Deliberante, el siguiente







             PROYECTO de COMUNICACIÓN.



             ARTICULO 1. El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón expresa su honda preocupación por la delicada crisis que se encuentra atravesando el sistema de Privado de salud, que se ha visto agravada desde el inicio de la  Cuarentena Social Preventiva y Obligatoria y se profundiza día a día como consecuencia de la extensión de la misma y las circunstancias que la determinan.

             ARTICULO 2. Este órgano entiende asimismo que es indispensable que ambos sistemas de salud, público y privado,  estén en debidas condiciones y cuenten  con el adecuado equipamiento médico y personal sanitario necesario que les permita atender dignamente la salud de todos  los argentinos y estar a la altura de satisfacer el posible aumento de demanda de atención sanitaria que pueda surgir cuando ocurra el pico máximo de contagios.

             ARTICULO 3. De forma



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