Información de Expediente

2020 - E - 1468
Fecha de Entrada: 02/06/2020
Carátula: PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. MORRO ILDA MERCEDES
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/03/2021
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1663 0 2020 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Resolución
Manifestando a favor de reducir la brecha digital y educativa garantizando, la conectividad libre y gratuita, en todo el país para el uso de plataforma educativa y el uso de mensajes de texto y audio de wassap en los asentamientos populares geo localizados por el RENABAP, hasta la fecha en que las clases regresen a las aulas.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 03/06/2020 11/08/2020 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/08/2020 28/02/2021 Art. 31° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto






Mar del Plata, 2 de Junio de 2020




SR. PRESIDENTE


HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE


SR. ARIEL MARTINEZ BORDAISCO


S_/_D








Visto;




Que El COVID-19 cambió nuestra forma de vida a nivel global, sin ser la educación la excepción.




Considerando;




Que al día de hoy, 190 países han adaptado su oferta educativa, lo que se traduce en que 9 de cada 10 estudiantes se han visto afectados por esta medida. Argentina, por supuesto, no es la excepción. Alrededor de catorce millones de estudiantes y un millón de docentes han visto alterada su rutina escolar, con el impacto que esto conlleva en todas las familias del país.




Que ampliar las posibilidades de conectividad para estudiantes y docentes es una de las acciones que se debe implementar para contrapesar el efecto de la cuarentena y facilitar la continuidad pedagógica.












Que hoy, especialmente en los sectores populares, muchos estudiantes están desconectados de sus maestros. Los últimos datos disponibles de “Aprender” indican que hay provincias en las que la proporción de estudiantes de primaria sin conectividad supera el 30%.




Que a su vez, más de la mitad de las conexiones nacionales (el 54%) tienen una velocidad menor a 20mbps según ENACOM, siendo esta la velocidad necesaria para actividades sincrónicas.




Que la combinación de estos indicadores sugiere la magnitud del desafío y los especialistas coinciden en que la falta de conectividad en las circunstancias actuales, contribuirá a aumentar una brecha educativa que ya es de por sí grave, en efecto, mientras que cinco de cada diez estudiantes de nivel socioeconómico alto alcanzan resultados satisfactorios en Matemática en el último año del secundario, sólo uno de cada diez estudiantes de nivel socioeconómico bajo hacen lo propio.




Que considerando esto es que hoy, más que nunca, es el momento para avanzar con iniciativas excepcionales para que no se amplíe esta situación de desigualdad.


Esto contribuirá a apoyar el enorme esfuerzo que los docentes vienen desarrollando en barrios de todo el país.




Por todo lo expuesto el Bloque Tercera Posición eleva para su consideración el siguiente proyecto de;












RESOLUCIÓN;






Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón se manifiesta a favor de de reducir la brecha digital y educativa garantizando la conectividad libre y gratuita en todo el país para el uso de plataformas educativas y el uso gratuito de mensajes de texto y audios de Whatsapp en los asentamientos populares geo-localizados por el RENABAP, hasta la fecha en que las clases regresen a las aulas.




Artículo 2°: Para la implementación de esta medida proponemos que desde el Consejo Federal de Educación se indiquen las plataformas que permiten el dictado de aulas virtuales y la comunicación entre docentes, estudiantes y familias, cuyos “paquetes de datos” deberían ser de transmisión libre y gratuita.




Artículo 3°:  Comuníquese a los Sres. Ministro de Educación de la República Argentina, ENACOM Telefónica Argentina, Telecom Argentina y Claro Argentina.




Articulo 4°: De forma.




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