Información de Expediente

2020 - E - 1318
Fecha de Entrada: 06/04/2020
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 06/07/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Disponiendo la obligatoriedad del uso de barbijos, en todos los espacios públicos y privados con atención al público, así como la circulación en la vía pública y en el uso de todo transporte público.
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP 192-20 08/04/2020
Proyecto 3: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2431 25/06/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 15/04/2020 20/05/2020 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                                                              Mar del Plata, 3 de abril de 2020.


Señor Presidente del Honorable

Concejo Deliberante

Ariel Martínez Bordaisco

Su Despacho


VISTO


Que el uso de barbijos de manera obligatoria, según lo que muestran los casos de Hong Kong, Corea del Sur, Japón y Taiwán ha tenido resultados positivos en el control de la pandemia de coronavirus.

Que entre las autoridades que han planteado esta utilidad se encuentran Harvey Fineberg, quien fue rector de la Universidad de Harvard y decano de la Escuela de Salud Pública de la misma institución, quien plantea que “todo el mundo debería cubrirse la nariz/boca para no diseminar el virus”;

Que en la ciudad de Los Ángeles su alcalde instó a los 4 millones de residentes a usar máscaras para combatir el coronavirus cuando salen en público, y aclaró que el uso de cubre caras no médicos incluye bandanas, bufandas y otras prendas fabricadas a tal efecto, y no los barbijos de uso médico que deben reservarse para el personal de salud y las personas infectadas;

Que el estudio realizado en Hong Kong por el médico Benjamin Cowling, Médico Epidemiólogo de la Universidad de Hong Kong, estableció que los dos hechos que contuvieron la epidemia allí fueron el distanciamiento físico y que el 97,5% de la población usa máscaras cuando sale;

Que en declaraciones a la Revista Science el Director general del Centro Chino de Control y Prevención de Enfermedades, Gao Fu, afirmó que “El gran error en Estados Unidos y Europa, en mi opinión, es que las personas no usan barbijo. Si usan máscaras faciales, pueden evitar que las gotas que transportan el virus escapen e infecten a otros”,


CONSIDERANDO


Que la dinámica que ha manifestado esta pandemia implica la necesidad de adecuar respuestas pragmáticas, eficaces y rápidas;

Que las variaciones en la opinión y medidas adoptadas han sido corrientes en las autoridades mundiales y nacionales, destacándose entre otros los casos del Primer Ministro británico Boris Johnson o el Presidente de Estados Unidos, Donald Trump;

Que en la línea antes mencionada, distintos países están instalando la obligatoriedad del uso de barbijos. En Eslovenia su uso es obligatorio para salir del domicilio; en República Checa, al mismo tiempo que se declaró la cuarentena, el Primer Ministro Andrej Babis decretó la obligación de usar barbijos a todas las personas que salgan de sus casas y lanzó una campaña bajo el eslogan #Masks4All (máscaras para todos);

Que en el mismo sentido se manifestó el Primer Ministro de Austria, quien el 30 de marzo anunció la obligación de usar barbijos en los supermercados, y que paulatinamente se hará obligatorio su uso en todos los lugares en riesgo de concentrar mucha gente, como el transporte público;

Que la misma decisión fue tomada por el Primer Ministro de Israel Benjamín Netanyahu, firmando un acuerdo con una empresa local para obtener unos 35 millones de mascarillas en un corto plazo;

Que en nuestro país la provincia de Catamarca estableció a partir del 27 de marzo, la obligatoriedad en el uso de barbijo para todas las personas que circulen en territorio de la provincia, no manifestando ningún caso positivo hasta el día de la fecha;

Que el gobernador de la provincia de Salta, Gustavo Sáenz, señaló que desde su gobierno se va a promover el uso de barbijo para todas las personas que salgan de sus hogares en esta cuarentena, y las autoridades provinciales evalúan declarar la obligatoriedad;

Que nuestra ciudad se encuentra aplicando las medidas impuestas por el gobierno nacional respecto del aislamiento social preventivo y obligatorio a la que se deben  sumar otras de carácter sostenible que contribuyan a reducir la potencial circulación del virus;

Que entre los recursos posibles para enfrentar la pandemia, la ciudad tiene capacidad instalada adaptable para asegurar   una alta producción de barbijos por tener una de las industrias textiles más importantes del país;

Que como demuestran los estudios mencionados precedentemente, el uso obligatorio de barbijos  contribuye a reducir la circulación del virus ;

Que los barbijos   tienen un costo accesible lo cual puede lograrse con certeza dadas la capacidad instalada de la industria textil en el Partido de General Pueyrredon;

Que, por ello,  la producción puede realizarse de forma masiva y rápida en la ciudad;

Que las instrucciones para su uso son simples, y pueden masivamente  ser difundidas rápidamente por el Estado Municipal  a través de los diversos medios y formas  de comunicación social.


Que la verdadera utilidad del uso de barbijos en el contexto de ambientes públicos, semipúblicos y privados de concurrencia necesaria, radica en el cambio de actitud en su uso, el que debe pasar  del objetivo individual de protección personal, al uso  para protección  del prójimo a y al ambiente inmediato redundando en el conjunto de la conductas en la protección propia.

Que la universalización del uso de las  máscaras faciales o barbijos elimina toda forma de estigmatización o  discriminación;

Que el uso de barbijos suma  una medida concreta y eficaz al distanciamiento social;

Que la disponibilidad  puede garantizarse a partir del trabajo mancomunado de la industria textil de la ciudad, las cooperativas y organizaciones solidarias;


Por todo lo expuesto el bloque de Concejales de Acción Marplatense propone el siguiente proyecto de


ORDENANZA


Artículo 1°.- Dispóngase a partir de la promulgación de la presente la obligatoriedad del uso de barbijos en todos los espacios públicos y privados con atención al público así como la circulación en la vía pública y en el uso de todo transporte público.

Artículo 2°.- Los barbijos a utilizar deberán cumplir con los requerimientos que indiquen las autoridades sanitarias que el Departamento Ejecutivo disponga, y deberán ser empleados  cubriendo correctamente la boca y la nariz.

Artículo 3°.- El Departamento Ejecutivo convocará  a  la Cámara Textil, cooperativas y organizaciones sociales y gremiales para la producción masiva de barbijos a la mayor brevedad posible.

Artículo 4°.- La presente ordenanza estará vigente en tanto continúen las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio y podrá ser extendida por el Departamento Ejecutivo si así lo considerara conveniente.

Artículo 5°.- Comuníquese.-

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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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