Información de Expediente

2020 - E - 1323
Fecha de Entrada: 06/04/2020
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 24/09/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon, la Plataforma Digital denominada "Compre Cerca" destinada a resolver, el abastecimiento y la sustentabilidad de los emprendimientos comerciales barriales de nuestra ciudad.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19339 12/08/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 05/05/2020 01/10/2020 vuelta a com por art 52
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 01/10/2020 01/10/2020 vuelta a com por art 52
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 06/10/2020 01/03/2021
051 INDUSTRIA, COMERCIO, PESCA, INNOVACIÓN Y TRABAJO 01/03/2021 21/05/2021 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 21/05/2021 06/08/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto





Mar del Plata, 6 de abril de 2020




Sr. Presidente HCD


Gral. Pueyrredon


Ariel Gerardo MartinezBordaisco


---------S---------/---------D-------------


Visto


La Pandemia declarada por la Organización Mundial De La Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19;


La declaración de emergencia nacional sanitaria y el establecimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional 260/2020 y 297/2020;


La necesidad de resolver el acceso a la compra de alimentosde  manera que requiera el menor traslado posible evitando la concentración de gente en grandes superficies comerciales;


La falta de sustentabilidad de los emprendimientos comerciales barriales;


El desarrollo tecnológico en áreas de comunicación, acceso a la información y prestación de servicios; Y




CONSIDERANDO


Que el aislamiento social, preventivo y obligatorio es una medida indispensable para protegernos y proteger al resto de la comunidad frente a la pandemia de corona virus (COVID-19).


Que el acceso a la compra de elementos de primera necesidadse ve alterada en su modalidad  yhabitualidad.


Que para facilitar el acceso de las familias al abastecimiento, y para promover la sustentabilidad de los emprendimientos comerciales barriales, se propone con este Proyecto de Ordenanza la creación de una plataforma digital simple que consigne con un mapa interactivo comercios barriales e información significativa de los mismos para consumidoras/es.










Que la georeferenciación permite que la gente se traslade lo menos posible, compre cerca, evite la utilización de vehículos y con ello las grandes concentraciones de compradores esperando ser atendidos.


Que atiene también a garantiza el consumo en pequeños comercios familiares que ven en peligro su sustentabilidad por la caída de consumo por la cuarentena.


Que la identificación clara de rubros permite a consumidoras/es concentrar las compras en menos comercios e incluso, armar una ruta para trasladarse en las inmediaciones, reduciendo la exposición a terceros y con ello potencial circulación del virus.


Que las líneas de comunicación habilitan la posibilidad de realizar consultas sin la necesidad de ir al comercio, ya sea porque se busca un producto específico, o si el vendedor cuenta con envíos a domicilio, reduciendo los traslados.


Que la normativa de emergencia habilitó a comercios que no prestaban el servicio de reparto a domicilio a realizarlo, para compensar la caída de consumo por imposibilidad de trabajar en salón en lo que refiere a emprendimientos gastronómicos. También muchos almacenes, carnicerías, comercios de productos de limpieza y demás adoptaron esta modalidad para poder colaborar con quienes cumplen cuarentena estricta obligatoria, porque conforman algún grupo de riesgo o porque regresaron de un viaje, o se encuentran solas/solos al cuidado de niñas/niños pequeñas.


Que consignar si el comercio ofrece pago electrónico atiende a que el efectivo tiende a agotarse y se intenta evitar que la gente concurra a cajeros automáticos. En la mayoría de los barrios no hay cajeros, y donde los hay, se forman largas colas, conformando espacios de riesgo de contagio.


Que la plataforma constituye una herramienta de información gratuita, de gran impacto si logra tener impulso en la difusión. Se prevé la necesidad de tutoriales simples para facilitar la carga de comercios y comunicación de masas para que la comunidad conozca el instrumento.


Es por todo lo expuesto que se eleva el siguiente proyecto de


ORDENANZA


ARTICULO 1º: Créase en el Partido de General Pueyrredonla Plataforma Digital denominada “COMPRE CERCA”destinada a resolver, el abastecimiento familiar de productos de primera necesidad y la sustentabilidad de los emprendimientos comerciales barriales de nuestra ciudad.La plataforma digital estará disponible de manera gratuita para cualquier dispositivo de telefonía móvil Android o IOS.








ARTICULO 2º: Los objetivos de la Plataforma Digital “COMPRE CERCA”, son:


Mejorar la calidad de los servicios que el Estado municipal brinda a sus habitantes


Facilitar a la ciudadanía el acceso a la compra de productos de primera necesidad.


Crear herramientastecnológicas donde los ciudadanos puedan acceder gratuitamente a la oferta comercial barrial de nuestra ciudad.


Promover la sustentabilidad de los emprendimientos comerciales barriales.


Generar la participación de la sociedad civil, creando nuevas formas de vinculación.


Reducir los efectos del desigual acceso a las tecnologías de la información y comunicación.


Disminuir la desigualdad comercial digital.


Establecer como política pública la digitalización de los flujos de información y de los procesos de comunicación como forma de contribuir a la agenda local de crecimiento con igualdad.


Estimular la innovación y el desarrollo social y económico de los barrios de General Pueyrredon.


Facilitar la implementación y control de los programas Precios Cuidados y Precios Máximos.




ARTICULO 3º: La Plataforma Digital “COMPRE CERCA”, será una herramienta simpledesarrollada por el Departamento Ejecutivo con un mapa interactivo que consigne comercios barriales e informaciónsignificativa gratuita para los consumidores, como ubicación georeferenciada, líneas de comunicación (teléfono, redes sociales, web), rubros, comercios que realizan envíos a domicilio y medios de pago.La inscripción en el registro e incorporación en la plataforma digital será gratuita.




ARTICULO 4º: Los comercios adheridos podrán incluir la nómina de personal afectado a la tarea de atención al público, reposición y reparto, a los fines de que el Municipio facilite autorización para circular en el caso de ser necesario y para generar herramientas de seguridad para quienes reciban los pedidos a domicilio.








ARTICULO 5º:El Departamento Ejecutivo, previo estudio técnico, definirá el área municipal que intervendrá en la elaboración, implementación y control de la plataforma digital. Será pública y actualizada de forma permanentetoda la información producida u obtenida a los fines de su funcionamiento. Asimismo, implementará una amplia campaña de difusión de todos los extremos atinentes a la misma e incorporará su contenido al sitio web de la Municipalidad en la sección correspondiente a la Secretaria de Desarrollo Productivo e Innovación.


ARTÍCULO 6º: Los comercios que se inscriban deberán cumplir con toda la regulación vigente y respetar Listado de Precios Máximos de Referencia establecidos mediante Resolución 100/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación y la Secretaria de Comercio Interior.




ARTÍCULO 7º: Tanto en la página web oficial como en la app creada al fin del programa de referencia el DE publicará en forma destacada el Listado de Precios Máximos de Referencia establecidos mediante Resolución 100/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación y la Secretaria de Comercio Interior como así los medios disponibles para denunciar ante Defensa del Consumidor del incumplimiento de dichos programas de precios.




ARTÍCULO 8º:La autoridad de aplicación será determinada por el Departamento Ejecutivo al momento de la reglamentación.




ARTICULO 9º:Comuníquese, etc.-
























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