Información de Expediente

2020 - E - 1448
Fecha de Entrada: 26/05/2020
Carátula: Concejal Ilda Mercedes MORRO
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. MORRO ILDA MERCEDES
Tema: VARIOS
Categoría: EXPTES. DE CONCEJALES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 06/11/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Otro
Solicia al H. Cuerpo el reconocimiento como Bloque Politico Unipersonal bajo la denominación "Tercera Posición".
Proyecto 2: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
2472 06/11/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
013 LABOR DELIBERATIVA 26/05/2020 22/06/2020 -
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 22/06/2020 27/07/2020 archivo
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 31/08/2020 05/10/2020 archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto












                                                                     MAR DEL PLATA, 26 DE MAYO DE 2020


SR. PRESIDENTE


HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE


SR. ARIEL MARTINEZ BORDAISCO


S_/_D




      Por la presente me dirijo a usted y por su intermedio a! Honorable Cuerpo, que dignamente preside, en virtud de lo establecido en el art. 21 0 del Reglamento Interno, a fin de que se reconozca formalmente la conformación del Bloque Político "Tercera Posición" en el ámbito del Concejo Oportunamente comunique y así me fue reconocido por el Cuerpo (ver expte. 1134 — CJA — 2020 y D - 2403) la separación del bloque conformado por quienes ingresamos al Concejo conformando la alianza electoral 1 País [pic]- Frente Renovador.


      Cabe destacar que al producirse ello, he recuperado la individualidad de la representación política, por la cual conformamos esa alianza electoral en el proceso electoral celebrado durante el año 2017 y que es el Partido Tercera Posición, reconocido con el n o 779 (Documentación obrante a [pic] disposición) y que se encuentra plenamente vigente -conforme se puede constatar en el sitio oficial de la Honorable Junta Electoral Provincial: http://www.iuntaelectoral.gba.gov.ar/partidos-reconocidos.php [pic]


















    ACERCA DE LOS ANTECEDENDES Y FUNDAMENTOS DE HECHO Y

    DERECHO COMO DE USOS Y COSTUMBRES PARA LA CONSTITUCION Y

    RECONOCIMIENTO DE LOS BLOQUES POLITICOS EN EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GRAL. PUEYRREDON.-


                Cabe señalar en primer lugar que conforme a lo previsto por la LOM en su art. 750 corresponde al Concejo dictar su Reglamento Intemo, en el cual se establece su forma de organización y orden de funcionamiento.


                El 05/12/1983 el HCD de Gral. Pueyrredon celebró su primer Sesión Preparatoria de la Restauración Democrática, en esa oportunidad se sancionó la R — 001 (Expte. 1002 — V — 83) por la cual se declaro vigente el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante que regía al momento de producirse el golpe de estado cívico — militar del 24 de marzo de 1976.


                Ese texto aprobado no contemplaba expresamente, como sí lo hace el actualmente vigente la posibilidad de que los Concejales se agrupen en bloques de acuerdo a sus convicciones políticas.[pic]


[pic]                                No obstante, siguiendo el principio del derecho: 'todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido", se adopto el uso y costumbre de organizarse en bloques, se constituyeron así los denominados: Bloque Unión Cívica Radical, Bloque Justicialista, Bloque Movimiento de Integración y Desarrollo y Bloque Socialista, conforme a la denominación de cada una de las fuerzas política que habían alcanzado representación legislativa en las elecciones generales celebradas el 30 de octu bre de 1983.


                Esta tradición de agruparse en bloques políticos, se ha dado a lo largo del tiempo, por parte de los ediles que














                han integrado las distintas composiciones que ha tenido el Departamento Deliberativo de Gral. Pueyrredon, ello puede constarse a través de las constancias obrantes en la "Actas de Sesiones" del cuerpo.


                El uso y costumbre restaurado en 1983, cornq ya se mencionó antes, tuvo un correlato administrativo cuando el entonces Presidente del Concejo Deliberante, Don Néstor Mario Saggese, el 19 de diciembre de ese año dictó el DP n o 02/83 en razón de la "necesidad de formalizarlas designaciones del personal administrativo de los distintos bloques políticos", constituyendo así el primer acto administrativo que reconoció la existencia y composición de los bloques pol íticos.


                Continuando el recontó histórico vale señalarque el 8 de agosto de 1985, el pleno del concejo aprobó el D — 049 del cuerpo, mediante el cual se reconocía "la constitución del Bloque Peronista, integrado unipersonalmente por el Concejal Dr. Jorge Córdoba Ruiz de Huidobro" y a la vez que establecía que "el Bloque Peronista tendrá un representante en las Comisiones de legislación, Interpretación y Reglamento y de Obras Públicas, seguridad y Planeamiento, que quedarán integradas con: un representante de ese Bloque, uno del Bloque Justicialista, uno [pic]del Movimiento de Integración y Desarrollo, uno del Socialista Democrático y cinco de la Unión Cívica Radical." Se sentaba así el primer precedente sobre el reconocimiento formal de la existencia de un bloque y se convalidaba la separación de un concejal de su bloque de origen.


                Tras la renovación parcial de la mitad del cuerpo deliberativo, operada luego del resultado electoral de las elecciones del 3 de noviembre de 1985, el HCD quedó conformado por los bloques preexistentes: Bloque Ju sticialista, Bloque Movimienb de Integración y Desarrollo, Bloque de la Unión Cívica Radical y Bloque Peronista, sumándosele dos nuevos, surgidos de las fuerza políticas














                que obtuvieron el segundo y tercer lugar en las eleccion es: Bloque Frente RenovadorJDP y Bloqu e Unidad Socialista.


                El 28 de mayo de 1987 se votaron estos cuatro Decretos del Cuerpo: D -110; D — 111; D — 112 y D — 113 mediante los cuales se reconoció la conformación de los bloques Demócrata Cristiano — Frente Renovador y Justicialista por los dos primeros de los citados y el Bloque Independiente por el tercero de los citados, finalmente por el cuarto de ellos se establecía el criterio sobre la interpretación de la pertenencia de las bancas que adoptaba el Concejo en virtud de la legislación vigente, constituyendo así un importante precedente legislativo en la materia.


                Con la renovación parcial de 1987 el concejo quedo constituido por los bloques Bloque Justicialista, Bloque Unidad Socialista, Bloque de la Unión Cívica Radical , Bloque Demócrata Cristiano — Frente Renovador y Bloque Movimiento Línea Popular.


                Después de las elecciones de 1989 a partir de diciembre los bloques se denominaron de la siguiente manera: Bloque Frejupo, Bloque Unidad Socialista, Bloque de la Unión Cívica Radical , Bloque Unión del Centro Democrático y Bloque Movimiento Línea Popular.


                El 18 de abril de 1991 se sanciona el D — 271 del cuerpo por el que se reconoce con carácter unipersonal al Bloque del MID, integrado por el concejal Gustavo Arnaldo Pulti y el 27 de junio de ese mismo año se produce el debate (Ver: Actas de Sesiones; Período 760 ' 40 Reunión; Pág. 270) en torno a la solicitud de la concejala Susana Olivera, quien quería se le reconociera el Bloque unipersonal, bajo la denominación Eva Perón, lo que fue rechazado por la mayoría del cuerpo que sostuvo el criterio de que cuando un concejal se separa de su bloque de origen, si no pertenece a un partido político no puede usar símbolos partidarios para la














                denominación de su bancada sin tener el consentimiento del partido que tiene el monopolio de los signos y símbolos que caracterizan a esa fuerza política. Se sentó así un importante precedente acerca de los partidos políticos, que luego


               con la reforma constitucional nacional y provincial del año 1994 será consagrado en el art. 380 de la CN yen el art. 590 de la CP.


               A partir de diciembre de 1991 los bloques se denominaron de la siguiente manera: Bloque Justicialista, Bloque Unidad Socialista, Bloque de la Unión Cívica Radical , Bloque Unión del Centro Democrático y Bloque Movimiento Integración y Desarrollo.


                Mediante el D — 395 de fecha 12 de agosto de 1993 el Cuerpo Deliberativo reconoció la constitución de los Bloques Socialista Democrático y Socialista Popular, constituidos a partir de la disolución del hasta -entonces Bloque Unidad Socialista.


                Luego de la renovación de la mitad de las bancas en diciembre de 1993 los bloques se denominaron de la siguiente manera: Bloque Justicialista, Bloque [pic]Frente Regional, Bloque de la Unión Cívica Radical.


                Durante el año 1994 se reconocieron los siguientes bloques: Movimiento Local Independiente (D — 442 de fecha 24 de marzo); Alianza Marplatense UCeDe — M. l. D. (D — 476 de fecha 26 de mayo); Unipersonal Concejal Jorge Gualdi (D — 489 de fecha 29 de julio) y Concejal Mario Cofone se incorpora a Bloque Unipersonal de Gualdi (D — 527 de fecha 24 de noviembre).


                Celebradas las elecciones de 1995, a partir del mes de diciembre se conformaron los siguientes grupos políticos en el HCD: Bloque de la Unión Cívica Radical; Bloque Justicialista; Bloque Alianza Marplatense; Bloque.











                Frente Pais Solidario y el 1 1 de diciembre el Presidente del Concejo dicta el DP — 137/95 por el cual reconoce al Bloque Independiente, conformado por el concejal Dr. Roberto Abel Sarasibar, este Decreto de Presidencia nunca fue convalidado por el plenario del Concejo (Ver Expte. 1896 — CJA - 1995).

                Mediante D — 697 el Concejo reconoció a los Bloques unipersonales País y FrePaSo surgidos a partir de la separación de los dos concejales que integraban el Bloque Frente Pais Solidario.


                Con el resultado de las elecciones de 1997 a partir del mes de diciembre en el Concejo se conformaron: Bloque UCR, Bloque FrePaSo, Bloque Justicialista y Bloque Acción Marplatense. Mediante el D — 740 de fecha 12/12/1997 el Cuerpo reconoció la Incorporación de Concejal Diego García Conde al Bloque FrePaSo.


                A fines del año 1998, el 30 de diciembre, se aprobó la reforma integral del Reglamento Interno del HCD, mediante la sanción del D — 805 (Ver: Expte. 1852 — C26 — 98), en ese texto se incorporó el art. 200 en el que por primera vez se receptaba en este ordenamiento jurídico y administrativo se reconocía la existencia de los Bloques Políticos y se regulaba al respecto, la redacción del mismo decía: "Los concejales se organizaran en bloques. Estos quedarán constituidos luego de haber comunicado a la Presidencia del Concejo, mediante nota firmada por todos sus integrantes, su comoosición y autoridadeS y deberán ser reconocidos por un Decreto del Cuerpo. Los Bloques tendrán el personal que les asigne el presupuesto del Concejo Deliberante, cuyo nombramiento y remoción se hará a propuesta del mismo Bloque. "


             Estos mismos, los del año 1997, Bloques se mantuvieron en la conformación del año 1999.


             Por D — 917 y D — 920 ambos del 29 de marzo de 2001 el Cuerpo reconoce a los Bloques Unipersonales: Frente por la Ciudad y Partido Socialista Democrático.

















             Después de celebradas las elecciones de renovación parcial del año 2001, en el mes de diciembre con la incorporación de los nuevos concejales electos se conforman los Bloques UCR, Acción Marplatense, Justicialista, Socialista — ARI, Frente por la Ciudad, Partido Socialista Democrático, FrePaSo.


             Durante del año 2002 el Concejo reconoce al éloque Social Demócrata el 10 de enero, mediante D — 963 y el 30 de diciembre al Bloque Encuentro Popular, mediante D — 1052.


             A comienzos del año 2003, el 13 de marzo mediante D — 1061 se reconoce al Bloque Progresista.


             Luego de las elecciones generales del año 2003, en el mes de diciembre se conforman los bloques: El Frente, Justicialista, Acción Marplatense, Socialista — ARI.


             En el transcurso del año 2004 se reconocen los Bloques: Reagrupamiento del Pueblo Marplatense (D — 1114 de fecha 22 de enero); Movimiento de Gente Progresista (D — 1120 de fecha 26 de febrero) y Un ión Renovadora Independiente (D — 1130 de fecha 29 de abril).


             Previo a las elecciones de renovación parcial del año 2005 se reconocieron los siguientes Bloques políticos: Unidad y Cambio (D — 1198 de fecha 14 de abril); Afirmación para una República Igualitaria (D — 1214 de fecha 4 de agosto); Frente para la Victoria (D — 1215 de fecha 4 de agosto) y Partido Unidad Federalista (D — 1218 de fecha 25 de agosto). Luego de las elecciones en el mes de diciembre el Concejo se integra con los Bloques: UCR, Justicialista, Frente para la Victoria, Acción Marplatense, Unión Renovadora Independiente.

















              En el año 2006 con fecha 14 de agosto mediante el D — 1267 se reconoce al Bloque Mar del Plata — Batán K.


              El 5 de octubre de 2007 se sanciona los Decretos n o 1322 y 1323 por los que se reconocen los Bloques UCR y Socialista respectivamente.


               Con las elecciones del año 2007 se conforma el Concejo con los Bloques preexistentes UCR, Acción Marplatense, Socialista, Mar del Plata — Batan K, se integra el de la Coalición Cívica y se reconoce con fecha 17 de diciembre a Frente para la Victoria — Concertación Plural (D — 1336); Frente para la Victoria (D — 1337) y Frente para la Victoria Marplatense (D — 1338).


               Durante el año el 2008 se reconocieron a los Bloques: Frente para la Victoria (D — 1351 de fecha 10 de abril) y Consenso Local (D — 1410 de fecha 18 de octu bre).


               En el año 2009 obtuvieron su reconocimiento los Bloques: Unión Peronista (D — 1423 de fecha 14 de mayo); Frente Nacional y Popular Marplatense (D — 1432 de fecha 6 de agosto) y Altemativa Social (DP — 183/09 de fecha 21 de agosto, este decreto se dictó a referéndum del cuerpo y nunca fue convalidado, ver: 1699 — CJA - 2009).

               A partir de diciembre de 2009 se conformaron los Bloques. Acción Marplatense, Frente para la Victoria, Unión Cívica Radical, Consenso Local, Frente Nacional y Popular Marplatense, Coalición Cívica y Frente Es Posible, el 30 de diciembre se reconoce a los Bloques Generación para un Fncuentro Nacional (D — 1450) y Movimiento Peronista (D — 1451[pic]


               Con fecha 28 de mayo de 2010 se sanciona por el Cuerpo el D — 1492 el cual reconoce al Bloque Unipersonal Autonomía Municipal.


               En diciembre de 2011 y como consecuencia de la renovación parcial del cuerpo dado por las elecciones generales celebradas ese año se integraron los siguientes














               bloques: Acción Marplatense, Unión Cívica Radical, Frente para la Victoria y Bloque Agrupación Atlántica (reconocido por D — 1622 del 30 de diciembre).


               En el año 2012 se produce una reforma del Reglamento Intemo del HCD, la que fue promovida mediante el Expte. 1153 — AM — 2012 y aprobada mediante la sanción del D - 1629 en la Sesión celebrada el 26 de marzo, correspondiente al Período 960 , Reunión 350 , 40 Extraordinaria, Punto 75, págs.1537 a 1542 de las "Actas de Sesion es".


               Resulta interesante ver del debate antes señalado, lo que se suscitó respecto de esta redacción que se le dio al "CAPITULO IV DE LOS BLOQUES POLITICOS,•

   TITULO l: CONSTITUCION Artículo 21 0: Constitución y reconocimiento. El Concejo reconoce como bloque político, con las prerrogativas que esto significa, únicamente a los integrados por dos o más Concejales. El Concejal que se desvincule de un bloque político podrá actuar como tal pero no constituirá en solitaño bloque político, hasta no ser reconocido por el total del Cuerpo. Los Concejales que se hallen incursos en esta situación no podrán presidir comisiones pennanentes. Cuando un bloque político con posterioridad a una elección legislativa quedare con un solo Concejal, podrá mantener el status de bloque político con las prerrogativas que ello implica. Los bloques políticos quedarán constituidos luego de haber comunicado a la Presidencia del Concejo, mediante nota firmada por todos sus integrantes, su composición y autoñdades y deberán ser reconocidos por un Decreto del cuerpo. Los bloques tendrán el personal que les asigne el presupuesto del Concejo, cuyo nombramiento y remoción se hará a propuesta del mismo bloque. "


               A esta redacción formuló objeciones el Sr. Concejal de Acción Marplatense, Dr. Mario Luchesi quien expreso que no comparta la limitación que se ponía a la














               existencia de Bloques Unipersonales, habiendo el mismo integrado en periodos anteriores uno de esos Bloques, razón por la cual solicito autorización para abstenerse. Su planteo conto con el apoyo del Bloque Radical, quien por medio de su Presidente, el Concejal Dr. Nicolas Maiorano dejo sentado su oposición al criterio que se adoptaba y a que sea la política quien resuelva ante cada situación, no atándolo a una decisión tomada por una mayoría circunstancial que plasmaba esta normativa. También adhirió a estas objeciones el Sr. Concejal Hemán Alcolea del Bloque Agrupación Atlántica, siendo su caso paradójico por lo que desarrollaremos a continuación y que resulta muy ilustrativo para los fundamentos y antecedentes que se citan en este presente informe que se produce con la finalidad enunciada en su título inicial.


               El 6 de agosto de 2012 el Concejal Alcolea ingreso por mesa de entradas del Concejo Deliberante el Expte. n o 1651 — CJA — 2012 cuya caratula es: "Comunica su desvinculación del Bloque de Concejales "Agrupación Atlántica" y la conformación del Bloque Unipersonal denominado "Independiente". Estas actuaciones fueron giradas e ingresadas el día 7 de agosto a la Comisión de Legislación, Interpretación Reglamento y Protección Ciudadana, quien la considero y despacho favorablemente con el voto unánime, por lo cual el dictamen fue remitido para su inclusión en el Orden del Día de la sesión plenaria que correspondiere conforme lo dispone el art. 560 del RI, Pero el expediente no fue incluido en ningún Orden del Día, sino que el día 16 ingreso a la Comisión de Labor Deliberativa, que no es competente para considerar expedientes despachados por las comisiones y mucho menos para resolver el arch ivo de las actuaciones como lo hizo, ello solo puede ser dispuesto por el Cuerpo conforme lo disponen los arts. 300 y 31 0 del RI.


               Todas las arbitrariedades y desvíos reglamentprios quedaron expuestos en la "Cuestión previa"














               planteada por el Concejal Alcolea en la Sesión Pública celebrada el 30 de agosto de 2012 y que se puede leer en "Actas de Sesiones", Periodo 970 , 150 Reunión, Punto 10, págs. 688 - 690.


               Posteriormente el día 26 de marzo del 2013 el Sr. Concejal Hernán Alcolea ingresaba por mesa de entradas el Expte. n o 1225 — CJA — 2013, cuya caratula es: "Reconociendo como Bloque PRO al integrado por el Concejal Hernán Eduardo Alcolea." Estas actuaciones fueron giradas a la Comisión de Labor Deliberativa el día 27 de marzo, siendo esta comisión incompetente en la materia y luego registra destino de archivo dispuesto por D — 1747 de fecha 06 de diciembre de 2013.


               En diciembre de 2013 se conforman los Bloques: Unión Cívica Radical, Acción Marplatense, Frente para la Victoria, Frente Renovador, Agrupación Atlántica y Concejal Hernán Alcolea sin Bloque,


               El 14 de enero de 2016 se sanciona el D — 1877 que reconoce a los Bloques: Agrupación Atlántica — PRO, Unión Cívica Radical, Acción Marplatense, Frente Renovador y Frente para la Victoria.


               Por D — 1958 de fecha 16 de febrero de 2017 se treconoce al Bloque Crear.


               Mediante D — 2066 y D - 2067 del 22 de marzo del 2018, se reconocen a los Bloques Unidad Ciudadana y 1 País respectivamente.


               A través de la sanción del D — 2348 con fecha 26 de septiembre de 2019 se reconoce al Bloque del Frente Renovador.


               Con fecha 17 de diciembre de 2019 se sancionan los Decretos del Cuerpo n o 2375, 2376, 2377, 2378, 2383 y 2386 por los cuales se reconoce a los Bloques Políticos Vamos Juntos, Coalición Cívica — Ari, Unión Cívica














               XCRadical, Frente de Todos, Acción Marplatense y Agrupación Atlántica respectivamente como integrantes del HCD de Gral. Pueyrredón.








En función y de acuerdo a los fundamentos históricos, legales, administrativos aquí expuestos corresponde que se proceda a conceder lo peticionadô por la Sra. Concejal Ilda Mercedes Morro en cuanto a ser reconocida como Bloque Político Unipersonal bajo la denominación "Tercera Posición" tal como fuera oportunamente solicitado al Honorable Concejo Deliberante, mediante nota formal de estilo, según lo requiere y lo estipula el art. 21 0 del Reglamento Intemo, sometiendo a votación de la comision de Presidentes de Bloque dicho requerimiento, constatando el voto individual de cada integrante.



                  Sin otro particular, saludo con mi consideración más distinguida.


 Volver