Información de Expediente

2020 - E - 1487
Fecha de Entrada: 05/06/2020
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: EN MESA DE ENTRADAS
Desde: 02/12/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe sobre varios items relacionados con todos los sistemas de denuncia y seguimiento de hechos de violencia institucional, dependientes del Municipio que funcionan en el ámbito del Partido.
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2558 02/12/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
038 DERECHOS HUMANOS 09/06/2020 01/03/2021
054 DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DISCAPACIDAD 01/03/2021 30/09/2021 Archivo
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 30/09/2021 29/11/2021 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 05 de junio de 2020


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D




VISTO:


La necesidad de erradicar la violencia institucional en todos los ámbitos, asegurando la preservación de los Derechos Humanos y la integridad de la persona humana y sus prerrogativas fundamentales, y:


CONSIDERANDO


Que creemos que la violencia institucional es un fenómeno muy presente en nuestra sociedad local y que implica una gravedad que nos obliga a enfrentarla con todas las herramientas de las que dispongamos. Es así que pensamos que contar con una correcta información al respecto es vital para planificar las políticas públicas que puedan llevarnos a reducirla y erradicarla.


Que la preocupación respecto de la violencia suele ser un tema que con frecuencia está presente en las conversaciones cotidianas. Suele aparecer en referencia a las violencias que ocurren en las sociedades, en las escuelas e, incluso, en los vínculos. Generalmente, estas preocupaciones van acompañadas por un sesgo de alerta y duda acerca de cuáles serían las propuestas más adecuadas para prevenir la situación. En este caso nos convoca un tipo particular de violencia, la institucional.-


Que se entiende como Violencia Institucional a la que es ejercida desde instituciones del Estado en contextos de restricción de autonomía, ya sea de forma eventual o estructurada y que, por lo tanto, se trata de una grave violación a la libertad, autonomía, vida, salud y todo otro derecho humano del agredido. Es importante resaltar también el carácter sistémico de este tipo de violencia, tal como se ilustra en la cita que sigue perteneciente al documento Los derechos Humanos Frente a la Violencia Institucional: “Contrariamente a lo que puede surgir como primer intento de abordar estas situaciones, este tipo de prácticas no pueden ser pensadas como transgresiones individuales –que pueden aparecer pero sólo en casos marginales– sino que debemos pensarlas como prácticas que de forma sistemática están presentes en el accionar público.”


Que es así que todo agente que actúe en nombre del Estado, máxime cuando hace uso de la facultad estatal del uso de la fuerza legalmente habilitada, debe garantizar el cumplimiento de los derechos emanados del sistema legal nacional e internacional, así como también proceder de acuerdo a los máximos estándares éticos y políticos consensuados en la sociedad democrática a la que pertenecen.


Que toda acción estatal que importe violencia contra los ciudadanos debe ser interpretada de forma restrictiva y bajo un prisma de ultima ratio, si tales actos son, además, ilegales, se convierten en ataques al sistema democrático que importan también una reafirmación de estructuras de sometimiento, discriminación y poderes ilegítimos que deben ser desmontadas.


Que la violencia institucional conlleva, además del peligro del daño directo a la persona sometida a ella, un peligroso poder simbólico de reafirmación de relaciones de dominación, estereotipos negativos, etc. A su vez, al presentarse muchas veces como un producto directo o subproducto privilegiado del sistema socio político, se naturaliza y permite entonces diluir las responsabilidades individuales de los agentes involucrados.


Que vale decir que la Ley Nacional No 26.811 del año 2012 que instituye el 8 de mayo como "Día Nacional de lucha contra la Violencia Institucional” es ya de amplia difusión y uso a nivel Federal ,Provincial y Local, siendo un marco y disparador para iniciativas como la que aquí se establece. Se conmemora ese día ya que el  8 de mayo de 1987 tres jóvenes fueron asesinados por efectivos de la Policía Bonaerense en el barrio de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora. Por el crimen fueron condenados a 11 años de prisión el suboficial de la Policía Bonaerense Ramón Balmaceda, el cabo primero Juan Alberto Miño y el caso Isidro Rito Romero.


Que es en esta línea de acciones político ciudadana que se sanciona a nivel local la Ordenanza 22.997, la cual establece la Línea Anónima de Control Ciudadano para la denuncia de los hechos de violencia institucional por ella receptados, estableciendo mecanismos de actuación frente a la denuncia de los mismos o el mero pedido de información sobre la cuestión.-


Que creemos que es sumamente pertinente que el estado municipal pueda arbitrar todos los mecanismos necesarios fines de evitar hechos de violencia institucional y que, una vez consumados, el vecino pueda denunciarlos y activar los engranajes para su efectiva sanción. En esta línea debemos recordar que la violencia institucional es un fenómeno extendido en toda la sociedad y que penetra capilarmente muchas relaciones sociales, por lo que tener múltiples herramientas de presencia general y extendida es un imperativo ineludible.-


Que, en este sentido, consideramos que mantener líneas de comunicación entre el Estado y los vecinos es sumamente necesario y positivo, ya que una característica de este tipo de violencia es que genera temor a la denuncia y un alejamiento del ciudadano de los medios estatales de protección, por la desconfianza y el miedo generados. Brindar espacios de expresión y denuncia funciona, entonces, no solo como un necesario contralor y medio de respuesta a las transgresiones, sino también como una reivindicación de importante peso simbólico, dándole espacio a la víctima.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:



COMUNICACIÓN



Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe todos los sistemas de denuncia y seguimiento de hechos de violencia institucional dependientes del Municipio que funciona en el ámbito del Partido.



Artículo 2.- Asimismo informe todas las denuncias de violencia institucional recibidas por los organismos municipales en el periodo del 01/01/2019 y el 01/05/2020, indicando:



Fecha.



Medio por el que se recibió la denuncia.



Naturaleza del hecho denunciado.



Lugar del hecho denunciado.



Artículo 3.- Asimismo informe si el municipio tiene previstos programas y/o campañas contra la violencia institucional, detallando características y fechas de inicio y finalización.



Artículo 4.- De forma.




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