Información de Expediente

2020 - E - 1572
Fecha de Entrada: 29/06/2020
Carátula: 1. Resolución.- 2. Comunicación.-
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/03/2021
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1833 0 2020 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Resolución
Manifestando preocupación por la reducción del servicio de 24 hs en los CAPS Ameghino, Batán, La Peregrina y Playas del Sur.-
Proyecto 2: Comunicación
Viendo con agrado que el DE arbitre los medios necesarios para reestablecer las guardias de 24 hs. en los mencionados CAPS.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5608 21/08/2020
Proyecto 3: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
2494 11/03/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 02/07/2020 22/07/2020 aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 22/07/2020 07/08/2020 aprobado
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 22/09/2020 04/11/2020 archivo
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 04/11/2020 12/02/2021 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 29 de Junio 2020

Al presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordaisco

S------------/------------D



VISTO:



Los cambios de horarios en los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) del Partido de General Pueyrredon, y;




CONSIDERANDO:






Que con fecha 12 de marzo de 2020, se sancionó la Ordenanza 24.710, que declaró, en el ámbito del Partido de General Pueyrredon, la Emergencia Administrativa Sanitaria por un plazo de 90 (días), cuyo plazo fue prorrogado por igual término mediante decreto del Departamento Ejecutivo 928/20.



Que dicha normativa se fundamentó en la necesidad de agilizar los procesos administrativos comunales, fortaleciendo el sistema de salud municipal en pos de dar respuesta, local y oportuna, a la pandemia declarada oportunamente por la Organización Mundial de la Salud, con fecha 11 de marzo de 2020.



Que el Municipio cuenta con 32 Centros de Atención Primaria de la Salud, distribuidos en distintos barrios del Partido de General Pueyrredon.



Que los CAPS son los establecimientos con los que el municipio brinda asistencia sanitaria esencial, siendo para muchos la primera aproximación a la atención médica, teniendo como función descentralizar y descongestionar al Hospital Interzonal Gral. de Agudos y al Materno Infantil.



Que hasta el domingo 28 de junio el Partido de General Pueyrredon contaba con cinco (5) CAPS con guardia las 24hs, Ameghino, Batan, Centro de salud N°2, La Peregrina y Playas del Sur.



Que unos de los principales objetivos del  propuesto 2020 de la Secretaría de Salud era la de fortalecer las guardias de 24hs en los Centros de Atención Primaria de Salud.



Que a partir de hoy, lunes 29 de junio, solo el Centro de Salud N° 2 contara con el servicio de guardia 24hs, de acuerdo a lo anunciado en la página oficial de la Secretaría de Salud del municipio donde se encuentran los nuevos horarios para atención médica, que son:



CAPS Batán de lunes a viernes de 8 hs a 19 hs (con atención de guardia despúes de las 19 hs)



CAPS El Martillo de lunes a viernes de 8 hs 17.



CAPS Las Américas de lunes a viernes de 8 hs a 17 hs



Centro 1 de lunes a viernes de 8 hs a 18 hs



CAPS Iremi de lunes a viernes de 8 hs a 18 hs



CAPS Ameghino de lunes a viernes de 8 hs a 19 hs (con atención de guardia despúes de las 19 hs)



CAPS Playas del Sur de lunes a viernes de 8 hs a 20 hs (con atención de guardia despúes de las 20 hs)



CAPS Centro 2 de lunes a viernes de 8 hs a 17 hs (con atención de guardia las 24 hs)



CAPS La Peregrina de lunes a viernes de 8 hs a 19 hs (con atención de guardia despúes de las 19 hs)



El resto de los CAPS de lunes a viernes de 8 hs a 14 hs.






Que conforme el artículo 4 del Decreto Nº 0949/20, el Intendente Municipal ha delegado en la Secretaría de Economía y Hacienda y en la Secretaría de Gobierno la facultad para fijar la cantidad máxima de horas a realizar por Secretaría, observando las cantidades máximas de horas extras a realizar por mes.



Que la Resolución Nº 810/20 del Secretario de Gobierno y el Secretario Economía y Hacienda establece límites mensuales máximos de horas extras y/o suplementarias, que podrán ser realizados y conformados mensualmente por cada Secretaría y/o Entes Descentralizado.



Que ante la denuncia de recorte de horas, faltas de guardias y reducción de horarios efectuada por diversos profesionales de la salud que trabajan en los CAPS, como reclamos de los vecinos y vecinas, tanto respecto al CAPS de Playa Serena como el CAPS de la localidad de Batán, se requirió informes a través de los expedientes del HCD 1513-2020 y 1557-2020 que se encuentran en trámite legislativo, a los fines de conocer el alcance de dicha limitación en los servicios efectivos de salud.



Que en declaraciones públicas ante el diario local “LA CAPITAL”, la subsecretaria de Salud, Carina Conde, expresó: “No hubo un recorte. Lo que se está evaluando son los decretos de asignación pero las guardias se van a cumplir. Sí hubo un porcentaje de horas extras que se redujo. De 12.000 horas extras que habitualmente tenemos de forma mensual, tenemos un máximo de 10.000 horas extras, que no es significativo para la secretaría de Salud”.



Que el Estado Municipal debe garantizar el acceso a la salud de todos/as los/as vecinos/as del Partido General Pueyrredon, máxime teniendo presente un contexto de emergencia sanitaria.












Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:





















RESOLUCION



Artículo Nº1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon manifiesta preocupación por la reducción del servicio de 24hs en los Centros de Atención Primaria de Salud Ameghino, Batan, La Peregrina y Playas del Sur del Partido de General Pueyrredon.



Artículo Nº2: Comuníquese, etc.






COMUNICACIÓN






Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria de Salud Municipal, arbitre los medios necesarios para reestablecer las guardias de 24 hs en los Centros de Atención Primaria de Salud Ameghino, Batan, La Peregrina y Playas del Sur del Partido de General Pueyrredon.



Artículo 2°: Comuníquese, etc.


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