Información de Expediente

2020 - E - 1945
Fecha de Entrada: 21/10/2020
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/03/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Encomendando al DE gestione ante quién corresponda, el otorgamiento de los permisos para la habilitación de las salas de teatro, para la temporada 2020/21.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 26/10/2020 26/02/2021 ART. 31 REG. INTERNO
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 26/02/2021 26/02/2021 ART. 31 REG. INTERNO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/02/2021 28/02/2021 ART. 31 REG. INTERNO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto




Mar del Plata, 20 de octubre de 2020

Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Martínez Bordaisco


VISTO

La proximidad del inicio de la temporada y la importancia que tiene para nuestra ciudad, como fuente laboral y económica, la actividad teatral, y


CONSIDERANDO

Que nuestra ciudad es reconocida nacionalmente e internacionalmente por sus temporadas teatrales, por la calidad y variedad de sus espectáculos

Que los artistas, directores, productores y demás trabajadores vinculados a la actividad teatral, no han podido realizar actividades en teatros desde el mes de marzo, por la medidas de confinamiento.


Que desde entonces, muchos artistas y trabajadores de la cultura perdieron sus trabajos y, en consecuencia, sus principales fuentes de ingreso;

Que dados los anuncios del gobierno provincial, surgen dudas e incertidumbre acerca del futuro de la actividad, ya que se afirmo que la actividad no estará permitida en la temporada estival.


Que el impacto económico que tendría para nuestra ciudad seria inconmensurable


Que una de las posibilidades que se ha empleado en los últimos meses tiene que ver con las funciones y transmisiones a través del streaming. Sin embargo, se trata de una herramienta excluyente por la capacidad técnica que se necesita para llevar adelante una función de estas características;


Que no todos los productores, salas o artistas cuentan con la tecnología o el dinero para adquirir o alquilar la tecnología necesaria para brindar sus espectáculos en este formato, además de que muchas obras no pueden brindarse en dicho formato;






Que el hecho de que el corredor cultural-teatral de la costa atlántica, desde San Clemente del Tuyú a Las Grutas, y con epicentro en Mar del Plata, no funcione es un hecho inédito


Que no se ha confirmado aun si la prohibición de la actividad teatral en espacios cerrados se extenderá a otras plazas teatrales como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Villa Carlos Paz


Que los productores teatrales se han mostrado dispuestos, y en algunos casos han presentado sus propias propuestas, a respetar protocolos de desinfección y distanciamiento social dentro de las salas teatrales


Que el riesgo que conlleva participar en un espectáculo teatral manteniendo las medidas de distanciamiento no es mayor que el riesgo de muchas actividades que se encuentran habilitadas para realizarse en la ciudad


Por todo lo expuesto el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo gestionar ante quien corresponda, el otorgamiento de los permisos para la habilitación de las salas de teatro para la temporada 20/21, considerando, como minimo, los siguientes términos y condiciones a saber:

   1) La venta de las localidades deberá ser hecha únicamente por medios electrónicos de manera no presencial.

   2) Se podrán disponer, exclusivamente, espacios con un máximo de 4 butacas, generando una burbuja familiar y/o  grupos de convivientes, separando cada grupo o individuo con un espacio de 2 mts., según lo dispone el Decreto 605/2020 del Ministerio de Salud de la Nación.

   3) El ingreso deberá programarse con turnos para evitar filas y aglomeraciones.

   4) Se realizaran los controles de síntomas a cada espectador que ingrese y al personal periódicamente.

   5) Deberá certificarse la desinfección previa y posterior a cada función de la sala.







   6) Las butacas vedadas deberán retirarse o anularse con una funda que imposibilite su uso.

   7) Las adecuaciones sobre la climatización de las salas y la ventilación de las mismas deberán contar con el aval científico sanitario correspondiente


ARTÍCULO 2º: Confórmese una mesa de elaboración y gestión que estará integrada por los titulares de salas teatrales, productores, artistas, directores, técnicos y trabajadores del rubro, conjuntamente con un representante de cada Bloque Político que integran el Honorable Concejo Deliberante y uno o más representantes del Departamento Ejecutivo, en la cual podrán formular sugerencias, opiniones y propuestas para un mejor logro del objetivo de la presente, que consiste en recuperar la actividad teatral con condiciones adicionales de protección pública sanitaria. Dicha mesa se  reunirá  a través de una plataforma digital en los próximos 15 días.


Articulo 3º. El Departamento Ejecutivo formalizara la presentación de un protocolo de seguridad, higiene y prevención sanitaria para la habilitación de las salas de teatro para la temporada 20/21, teniendo en cuenta las consideraciones del Art.1º de la presente y las que surjan de la mesa de elaboración y gestión, debiendo además estar avalado científicamente,


ARTÍCULO 4º: De forma.


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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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