Información de Expediente

2020 - E - 2053
Fecha de Entrada: 12/11/2020
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 16/11/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el Plan Municipal de Seguridad Vial en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon, teniendo por finalidad inmediata lograr la disminución de los índices de siniestralidad en materia de tránsito.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 16/11/2020 21/12/2020 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 21/12/2020 01/03/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 01/03/2021
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 11 de noviembre de 2020



Señor  Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Ariel Martínez Bordaisco

Su Despacho


VISTO


                                             La preocupación por el alarmante crecimiento de la tasa de mortalidad generada como consecuencia de los siniestros viales que se producen en el Partido de Gral. Pueyrredon, y



CONSIDERANDO


ALARMA: COMPARANDO EL 2012 CON EL 2018 GRAL. PUEYRREDON PASO DE 25 MUERTOS EN SINIESTROS VIALES A 72

CASI UN 200% MAS

LAS VICTIMAS FATALES HOY SE PRODUCEN MES A MES



                                             Que enfrentar el terrible flagelo de la “inseguridad vial”, no es más que enfrentar; en buena medida, el problema de la inseguridad de los marplatenses y batanenses. La pérdida de vidas humanas, los lesionados e incapacitados y por ende la ruina familiar, no son más que el reflejo de una preocupante realidad: La continua incidencia de los mal llamados accidentes de tránsito.



                                             Que es lógico pensar que este problema sólo conviene atacarlo desde la óptica de la penalización al infractor, es decir, imponiendo la sanción según sea el caso, pero hace falta también educar permanentemente al usuario de la vía pública para que se rija por las normas que regulan su comportamiento, independientemente de su condición de conductor, pasajero o peatón. De ese modo se aborda la problemática vial desde sus orígenes.



                                             Que ciertamente las estadística hablan de un constante reporte de siniestros de tránsito de toda índole. Se cuentan los fallecidos, se tabulan los lesionados y se precisan los daños materiales, pero lastimosamente no podemos cuantificar cuántas colisiones se han evitado gracias a la educación vial impartida a tiempo, considerándola una orientación que llega a la conciencia de la ciudadanía para que cuide y proteja su vida.



                                             Que la educación vial se concibe como parte fundamental de la formación y educación ciudadana, en la promoción de una cultura de valoración y respeto por la propia vida y la de los demás.



                                             Que la educación vial cobra mayor relevancia cuando se observa la alta tasa de los mal llamados accidentes de tránsito que se producen diariamente.

                                             Que la legislación contempla la posibilidad de incluir la educación vial en distintas asignaturas a lo largo de todas las etapas educativas. Desde 1994 la Ley Nacional de Tránsito n° 24.449, establece la necesidad y la importancia de incluir la educación vial en todos los niveles de enseñanza para cumplir con el objetivo de reducir la tasa de siniestralidad en el país (art. 9, inciso a) .

                                             Que es importante recordar que en edad escolar los alumnos hacen uso de las vías públicas como peatones o viajeros, pero siempre acompañados de los adultos. Por este motivo, las familias deben tener como objetivo prioritario el fomento de actitudes viales que vayan generando conciencia ciudadana y comportamientos encaminados a la creación del sentido vial, la convivencia y las pautas adecuadas para la movilidad segura.



                                             Que así como el Estado es el encargado de diseñar un sistema de tránsito y de circulación eficiente y seguro, de garantizar las condiciones mínimas de movilidad, y de ejercer el control y la sanción en los casos de incumplimiento de la normativa que regula dicha circulación, también es responsabilidad del estado promover e impulsar una nueva cultura vial a partir del sistema educativo, que apunte a mejorar la calidad de vida de la comunidad.



                                             Que en este contexto se debe considerar a  la educación vial como un proceso educativo integral y permanente que tiene como propósito formar a las personas para el uso adecuado, responsable y solidario del espacio público; por lo tanto es primordial, como parte de la política pública en la materia, desarrollar acciones educativas sistemáticas, en este caso, de formación docente, promoviendo e impulsando una nueva cultura vial a partir del sistema educativo, que apunte a mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos.



                                             Que esto implica asumir la tarea central de formar a los ciudadanos para la comprensión de la complejidad de las situaciones de tránsito en la vía pública, el conocimiento de las regulaciones que favorecen la circulación segura, la reflexión sobre las causas que provocan los altos índices de siniestralidad y la toma de conciencia orientada a la prevención de siniestros viales.



                                             Que el Gobierno local hace cinco años que abandonó por completo las políticas educativas en materia de educación vial y las campañas públicas masivas de educación vial.



                                             Que ello sumado a una merma en el control del tránsito en los secuestros de vehículos por diversas infracciones en la vía pública y en una fuerte ausencia del Estado en materia de prevención de siniestros viales arroja como lamentable resultado que los mal llamados accidentes de tránsito se hayan triplicado en la ciudad si consideramos los buenos indicadores alcanzados en esta materia en el año 2012 y los comparamos con los datos del 2018 que son los últimos datos certeros a los que pudimos acceder.



                                             Que la falta de control en este año significó que si bien se ha puesto el acento en la pandemia y aún con menos circulación vial, los muertos en siniestros viales no han bajado y ello obedece a una multiplicidad de factores, entre ellos, ponemos como ejemplo la falta de conducción política del área de tránsito y la carencia de aportes significativos en herramientas de gestión (vehículos, motos, grúas, trailers, repuestos, equipamiento como vallas, conos, etc.) que ha implicado que años atrás se secuestren por año unos 3000 vehículos promedio y hoy no se llegue a la mitad y lo mismo pasa con el secuestro de motos.



                                             Que el Estado podría decir que ello se debe a la merma en la circulación constituyendo ello una falacia ya que se visualiza claramente a los motociclistas circulando sin casco, y a vehículos sin condiciones de aptitud técnica evidente, sin condiciones de seguridad, estacionados en lugares incorrectos, etc..todas circunstancias que no solo ponen en peligro a quienes utilizan de esta forma estos vehículos sino al conjunto de la población.



                                             Que ya no resulta siquiera habitual comunicar los resultados de los controles de tránsito que desarrolla el Estado como por ejemplo las alcoholemias que tanta repercusión y efectos positivos había causado en la seguridad vial y ni hablar de cualquier otro trabajo estadístico de la Dirección de Tránsito que supo tener una visibilidad importante años atrás y hoy está absolutamente ausente.



                                             Que ello no se corresponde con un deficiente trabajo del personal sino con una clara falta de conducción política del área y con una falta de aportes presupuestarios en equipamiento para un área central del Estado ya que una persona accidentada también ocupa una cama que debemos preservar para atender hoy la demanda de otra de las crisis que no es justamente la seguridad vial sino la pandemia del COVID-19.



                                             Que nuestra vida diaria está relacionada en mayor o menor medida al desplazamiento de un lugar a otro, con el fin de cubrir nuestras necesidades de alimentación, trabajo, educación, recreación, etc. La vía pública se convierte en sitio habitual para miles de marplatenses y batánense que de igual forma sienten la necesidad de desplazarse.



                                             Que en ese sentido el hombre ha diseñado medios para facilitar dichos desplazamientos y en función de nuestra inteligencia, estos movimientos se hacen de manera ordenada y con una sana convivencia, con el objetivo de disminuir los efectos negativos que conllevan esta infinidad de procesos. Es necesario entonces en virtud de ello conocer y cumplir las reglamentaciones de tránsito para evitar siniestros viales y para alcanzar este objetivo uno de los pilares es la educación vial.


Por todo lo expuesto el Bloque de concejales de Acción Marplatense proponen el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Crease el Plan Municipal de Seguridad Vial en el ámbito del Partido de General Pueyrredon que tenga por finalidad inmediata lograr la más urgente disminución de los índices de siniestralidad en materia de tránsito que producen hechos con víctimas fatales y con lesionados que en los últimos años se han duplicado o triplicado según las estadísticas comparativas por años que se tomen.


ARTÍCULO 2°: Los ejes principales del Plan Municipal creado en el artículo anterior serán cuatro:


   1. Concientización


   2. Educación


   3. Prevención


   4. Control y Sanción


ARTÍCULO 3°:Para revisar las metas del Plan creado en el artículo primero se deberán seguir los lineamientos del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial

https://www.who.int/roadsafety/decade_of_action/plan/spanish.pdf?ua=1

El Departamento Ejecutivo deberá tener listo el Plan para marzo de 2021 y ejecutarlo a partir el 1° de abril de 2021 para lograr medir sus verdaderos impactos y objetivos concretos a alcanzar definidas en los artículos siguientes.


ARTÍCULO 4°:Creáse en el ámbito de la Comisión de Transporte y Tránsito del Honorable Concejo Deliberante un Observatorio de Seguridad Vial que tendrá por funciones analizar los datos estadísticos del Departamento Ejecutivo debiendo el mismo informar a este Observatorio los datos mensuales de víctimas fatales y víctimas con lesionados que se vayan registrando a nivel local. Será obligación del Secretario de Seguridad y Tránsito Municipal remitir la información y participar de la reunión mensual del Observatorio creado por esta Ordenanza.


El objetivo del presente se constituye como el primer paso para avanzar en una solución integral a la alarmante problemática de la siniestralidad vial en General Pueyrredon y con motivo de transparentar la información pública que permita generar nuevas normativas y una adecuada planificación analizando las causales de producción de los mismos.

El Presidente de la Comisión de Transporte y Tránsito invitará a las reuniones particulares del Observatorio de Seguridad Vial que se organicen en el ámbito deliberativo a participar a representantes de la Fiscalía de Delitos Culposos UFI 11 del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial de Mar del Plata y al titular de la Policía Científica.


ARTÍCULO 5°: Establézcanse las siguientes medidas de acción mínimas en el marco del Plan creado en el artículo primero a saber:


    • Reducir los siniestros viales en un 30% para fines del 2021.


    • Promover charlas y reuniones para inculcar valores morales y sobre la importancia de la seguridad vial.


    • Involucrar a niños, niñas y adolescentes en el cumplimiento de las leyes de tránsito


    • Incluir en todos los niveles y modalidades del sistema educativo programas permanentes de enseñanza en materia de seguridad vial.


    • Organizar un voluntariado social que apoyen la participación ciudadana en la prevención vial a través de diferentes acciones


    • Destinar recursos para el fortalecimiento de programas de educación vial que atiendan a las organizaciones civiles y organismos del propio Estado



ARTÍCULO 6°:  El Departamento Ejecutivo impulsará en el marco del Plan creado en el artículo primero una campaña masiva de concientización y prevención en seguridad vial en los medios de comunicación local y redes sociales que ponga en evidencia la situación actual y la necesidad de revertir esta tendencia en la búsqueda de prevenir siniestros y con ellos salvar vidas.


ARTÍCULO 7°:Autorízase al D.E. a llamar a licitación pública para el diseño radial, gráfico, televisivo y de redes de la campaña referida en el artículo anterior, como así también el material de apoyo para que los inspectores de tránsito repartan en la vía pública.


ARTÍCULO 8°: El desarrollo y diseño del Plan deberá gestionarse de forma participativa en conjunto con la sociedad civil, actores públicos y actores privados del Plan Municipal de Seguridad Vial del próximo decenio que podría integrar el Plan Maestro de Transporte y Tránsito. 


ARTÍCULO 9: De forma.



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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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