Mar del Plata, de octubre de 2021.-
Sr. Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Cjal. Ariel Martínez Bordaisco
S / D
VISTO la Resolución Conjunta RESOC-2021-4-GDEBA-MJYDHGP dictada en forma conjunta por el Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, la Dirección General de Cultura y Educación, el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación tecnológica, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;
Y CONSIDERANDO:
Que dicha resolución, dictada el 13 de octubre del 2021, en cumplimento de las competencias de cada una de las áreas intervinientes, crea el Programa Interministerial “Cuidarnos en Red”;
Que entre los fundamentos de la resolución se menciona la Ley Nacional N° 26.904 que incorpora el delito de “grooming” al Código Penal, estableciendo penas para quien, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma;
Que siguiendo esa línea se menciona también la Ley Nacional N° 27.411 por la que se aprueba el Convenio sobre Ciberdelito del Consejo de Europa, adoptado en de Budapest y el Decreto Provincial N° 8/2021 que aprueba el “Plan Integral de Ciberseguridad de la provincia de Buenos Aires”, cuyo fin es el de proteger los activos de la información provincial y el resguardo de la documentación generada, transmitida y almacenada por la Provincia;
Que asimismo se resalta la responsabilidad de los organismos del Estado de generar y ejecutar políticas de promoción de para cuidados en los entornos virtuales, preventivas, de persecución penal, asistencia, protección y acompañamiento para los grupos sociales y personas en situación de vulnerabilidad que se ven afectadas por dichas situaciones;
Que los fines y objetivos del Programa creado son los siguientes:
I. Elaborar acciones de promoción de derechos, desarrollando y dando a conocer políticas de cuidados personales e interpersonales, como medidas de prevención, frente a situaciones problemáticas y delitos que se producen a través de los entornos digitales.
II. Articular acciones entre las agencias estatales provinciales, a fin de definir políticas destinadas a brindar asesoramiento y facilitar el acceso a la justicia, la asistencia, protección y acompañamiento a las víctimas de violencia por razones de género en entornos digitales, de estafas digitales bancarias y a niños/as y adolescentes víctimas de acoso sexual en entornos digitales.
III. Diseñar medidas de prevención donde se promuevan propuestas y prácticas de cuidado personales e interpersonales, entendiendo que la promoción de derechos es la mejor estrategia preventiva a situaciones problemáticas.
IV. Proponer estrategias destinadas a la persecución penal eficiente de las distintas manifestaciones de criminalidad que se producen en los entornos digitales.
Que además, en el artículo 2°, se establecen los tres tipos de acciones que desarrollará el Programa: 1) De comunicación, capacitación, promoción, prevención y reflexión; 2) De asesoramiento, acceso a la justicia, asistencia, protección y acompañamiento; y 3) De análisis delictivo y desarrollo de la política criminal;
Que a continuación se conforma en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos una Unidad de Coordinación Interministerial, estableciéndose la forma en que se integrará, en el artículo 3° y sus funciones, en el artículo 4°;
Que también se dispone, en el artículo 6° la creación de las siguientes Mesas de Trabajo: a) Mesa interministerial contra el “grooming” y “ciberacoso” sexual a niños, niñas y adolescentes; b) Mesa interministerial contra las “ciberestafas”; y c) Mesa interministerial contra las violencias por razones de género en entornos digitales;, asignándoles funcione en el artículo 7°;
Que por último, en el artículo 8° se invita a los Municipios de la provincia de Buenos Aires a adherir al Programa implicando la adhesión, el compromiso de llevar adelante en sus respectivas jurisdicciones, los objetivos y contenidos del mismo;
Por todo lo expuesto, el Bloque de la Unión Cívica Radical propone el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adhiérase la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon a la Resolución Conjunta RESOC-2021-4-GDEBA-MJYDHGP de creación del Programa “Cuidarnos en Red”
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios necesarios para llevar adelante en su jurisdicción los objetivos y contenidos del Programa mencionado en el artículo 1°.-
Artículo 3º.- De forma.
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BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL