Información de Expediente

2021 - E - 1327
Fecha de Entrada: 15/04/2021
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: COALICIÓN CÍVICA ARI MAR DEL PLATA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 17/06/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Viendo con agrado que los comunicadores sociales, periodistas y emisores de mensajes de medios masivos de comunicación sean públicos o privados del Partido de Gral. Pueyrredon, Redes sociales y páginas con idéntica finalidad , tengan en consideración la Guía de Recomendaciones para Personas con Discapacidad.
Proyecto 2: Resolución

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-4718 10/06/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
054 DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DISCAPACIDAD 16/04/2021 03/06/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto







[pic]         BLOQUE DE COALICIÓN CÍVICA ARI MDP




                                                                              Mar del Plata,  13 de Abril de 2021




Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante del

Partido de General Pueyrredón

Dr. Ariel Martínez Bordaisco

S                         /                            D


Por su intermedio elevo a consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente proyecto de Comunicación.


                                                          VISTO


                         El decreto nº 228/20 del 29 de abril de 2020, consecuencia del expte 1356 CC 2020 folio nº4, sancionado a principios del ASPO  por parte de  la Municipalidad del Partido de Gral Pueyrredon; la reciente presentación de la Guía de recomendaciones para el tratamiento responsable de la discapacidad en Medios Públicos del 7 de  abril del 2021 y   atento a  que la pandemia y emergencia sanitaria no tiene un plazo previsible de finalización y


                        CONSIDERANDO




                         Que las recomendaciones  de la Guía citada tienen como propósito que los medios garanticen la accesibilidad en sus contenidos y velen por la eliminación de todas las formas de discriminación para con las personas con discapacidad.


                        Que los medios de comunicación tienen un rol fundamental en la información que se trasmite a la ciudadanía acerca de los derechos que tienen las personas con discapacidad en hacer visible su diversidad y en la construcción de accesibilidad comunicacional…..según refiere la Convención sobre los derechos de las Personas con discapacidad.


                        Que la misma Convención reconoce y reafirma a las personas con discapacidad como sujetos de derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, entre otros muchos.


                        Que fue elaborada con gran participación de personas con discapacidad y organizaciones y  familias bajo el lema: “Nada sobre nosotros, sin nosotros”.


                        Que en la Argentina las personas con discapacidad alcanzan el 10.2% de la población según índice de referencia de 2018.


                         Que si bien puede interpretarse que es grupo minoritario,  sin embargo representan un colectivo poblacional de personas humanas que deben tener la misma oportunidad que todas las personas humanas y resulta transversal a todas las materias con un enclave en Derechos Humanos.


                        Que la mencionada Guía explica que resulta imprescindible desarrollar formas de comunicar la discapacidad, incluyendo a las personas con la producción de contenidos accesibles, libres de barreras de cualquier tipo, respetando y promoviendo sus derechos.


                        Que el instrumento que acercamos al HCD, en esta oportunidad menciona a la discapacidad como fuente de todos los temas,  erradicar estereotipos, eliminar eufemismo y etiquetas, incorporar la perspectiva de género, producir contenidos accesibles, con Lengua de señas Argentina, audio descripción, subtitulado en español sencillo y otros, siendo los mismos validados por los mismos usuarios.


                         Que sin embargo  resulta imprescindible se comunique claramente a la población en general y a los comunicadores públicos y sociales en especial que la utilización de los cubre bocas, tapabocas o similares dispositivos, resulta ser una medida que deja por fuera de sus posibilidades de comunicación a un colectivo de gran vulnerabilidad social, tal es el de personas sordas o algún tipo de discapacidad auditiva, asimismo personas ciegas que necesitan la audiodescripción para estar informados.


                        Que, a mayor abundamiento se torna imprescindible que el mensaje que se emite fuese acompañado de subtítulos y/o intérprete idóneo para aquellas personas sordas que solo se comunican por LSA.


               Que las personas que trabajan en medios de comunicación de llegada masiva, sean públicos  y/o privados, como así mismo en publicaciones a través de redes Sociales, publicidades y cualquier otra expresión de personas humanas que comunique visualmente  noticias o sea emisor de  mensaje alguno, con efecto multiplicador, tomen en cuenta la Guía de recomendaciones de abril de 2021 para que emitan mensajes y comunicaciones  sin barreras de ningún tipo, que pueda ser receptada por toda la población. https://www.argentina.gob.ar/noticias/presentacion-de-la-guia-para-el-tratamiento-de-la-discapacidad-en-medios  (se adjunta documento al proyecto)


                   Por todo lo expuesto el Bloque del CCARI MdP propone el siguiente proyecto de




                                               COMUNICACIÓN


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que los comunicadores sociales, periodistas y emisores de mensajes de  medios masivos de comunicación sean públicos o privados del Partido de General Pueyrredon, redes Sociales y páginas con idéntica finalidad, tengan en consideración la GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD a los fines de brindar igualdad de oportunidades en la accesibilidad a la información por ser un derecho humano Constitucional.


Artículo 2º: Comuníquese




























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