Información de Expediente

2021 - E - 1361
Fecha de Entrada: 26/04/2021
Carátula: Proyecto de RESOLUCIÓN
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 29/04/2021
Agregado a: 2021 - E - 1302 - 0 - 0
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Expresando beneplácito por la sanción de la Ley Nacional modificatoria al régimen del Impuesto a las Ganancias.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 23 de abril de 2021


Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón

Ariel Martinez Bordaisco

S/D



Visto:


              La promulgación de la ley Nacional Nº 27.617,  modificatoria de diversos artículos del Impuesto a las Ganancias y;




Considerando:


             Que estas modificaciones y mejoras para los contribuyentes de la 4º categoría traen beneficios como: elevar el mínimo no imponible, la exención del aguinaldo y la incorporación de nuevas deducciones;


Que  con estos cambios en el Impuesto a las Ganancias se mejora el poder adquisitivo de más de un millón y medio de trabajadores en relación de dependencia y cuatrocientos mil  jubilados, de los cuales  23.000 pertenecen al Partido de General Pueyrredon;


Que, uno de los aspectos de esta reforma, planteada por el Diputado Emiliano Yacobitti, es la modificación del artículo 10) de la Ley, por la cual  se podrán deducir del Impuesto a las Ganancias los gastos que se lleven a cabo relativos a educación.


Que esta modificación conceptual, es una inversión social, una solución, una necesidad nunca antes atendida, tendiente a posibilitar la mejora de la calidad educativa.


Que quienes estén comprendidos en los parámetros, podrían descontar del Impuesto a las Ganancias distintos ítems vinculados a la educación como: materiales, clases de idiomas, transporte, residencia universitaria, conectividad, comedor, indumentaria, cuotas de cooperadoras, cuotas de colegios de gestión privados, jardines maternales y guarderías y matrículas.


Que además de las herramientas tecnológicas se incorporan a las deducciones, profesores particulares, problemáticas más específicas como tratamientos de déficit de atención o recurrir a un fonoaudiólogo.


Que, con estas incorporaciones, hubo otro gran aporte por parte del proyecto presentado para su incorporación en la Ley de referencia, que fue poner en la agenda política y legislativa, la imperiosa necesidad de alentar la inversión en educación y de compensar, aunque sea en parte, el esfuerzo de trabajadores y trabajadoras en tal sentido, a través de las deducciones en el impuesto a las Ganancias.


Que, sin un análisis demasiado profundo, podremos coincidir en que a medida que una persona se capacita más, sus capacidades laborales, condiciones de empleo y potencialmente sus ingresos podrán ser más altos.


Que, si quisiéramos medir el costo fiscal que dicho reconocimiento, efectuado a partir de la posibilidad de deducción del gasto, significa para el Estado, entendemos que su recupero a través del mismo impuesto se da en un corto plazo y con una base imponible mayor. O sea, un verdadero círculo virtuoso.


Que se puedan incorporar estos conceptos, ahora deducibles, es una ayuda para los bolsillos de los contribuyentes. Básicamente, entendemos que se debe acompañar a la clase media, que en ocasiones hace un gran esfuerzo, invirtiendo en la educación para sus hijos. Más educación hoy, además de una sociedad más igualitaria y con mayor movilidad social, es más recaudación impositiva mañana.


Que entendemos que la Argentina tiene una situación fiscal difícil, pero el objetivo de la modificación es que no haya un solo trabajador de la Argentina que no pueda brindar las herramientas necesarias para que sus hijos estudien.


Que otro punto importante de las reformas consiste en que a partir del presente año, los expresidentes y vicepresidentes de la Nación deberán abonar Impuesto a las Ganancias sobre las asignaciones vitalicias que perciban. 


Que “la existencia de una pensión para quienes tuvieron la responsabilidad de ocupar el máximo cargo de un Estado democrático es correcta. Es un prestigio que las democracias reconocen, pero en Argentina, el privilegio opaca el mérito y es lo que se  modifica”  explicó la Diputada Carla Carrizo, oportunamente.


Que esta modificación no puede interpretarse como simplemente una inclusión, es realmente un nuevo enfoque en el vínculo entre política y ciudadanía, tomando a la carga impositiva como una base de necesario tratamiento igualitario, esencial en Democracia. Y como un camino a recorrer para la incorporación de otros sectores privilegiados que aún hoy se mantienen exentos de dicha contribución.


Que estas reformas, propuestas por los Diputados Emiliano Yacobitti y Carla Carrizo, ambos de la U.C.R. ponen de manifiesto un fuerte compromiso con la Educación y el Espíritu Republicano.



Por todo lo expuesto, la concejala Cristina Coria,  de la Unión Cívica Radical eleva a su consideración la siguiente:



RESOLUCIÓN



Artículo 1º).-El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su beneplácito por la sanción de la Ley Nacional modificatoria al régimen del Impuesto a las Ganancias.


           Artículo 2º).-De forma.


-----------------------


BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL






 Volver