Información de Expediente

2021 - E - 1369
Fecha de Entrada: 29/04/2021
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: FRENTE RENOVADOR
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/03/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando un Programa de actividades recreativas dependiente del Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDER) y la Secretaría de Salud, destinado a mejorar la salud física y emocional de los vecinos y vecinas del Partido de Gral. Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 03/05/2021 16/06/2021 Aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 16/06/2021 25/02/2022 Art. 32º del R.I.
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 25/02/2022 25/02/2022 Art. 32º del R.I.
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 25/02/2022 25/02/2022 Art. 32º del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, abril de 2021


Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón

Ariel Martínez Bordaisco

S/D



VISTO


La necesidad de que el EMDER en conjunto con la Secretaria de Salud cree un programa que proponga la realización de actividad física y recreativa en los espacios públicos de nuestra ciudad, ello siempre que el contexto actual del sistema de fases autorice dichas  prácticas y con estricto cumplimiento y control de las medidas sanitarias, en pos de cuidar la salud de los vecinos y vecinas de nuestra ciudad y;


CONSIDERANDO


      Que la OMS considera que, al menos, el 60% de la población mundial no realiza la actividad física necesaria para obtener beneficios para la salud. Señala que se podrían evitar hasta cinco millones de muertes al año si la población mundial realizara 150 minutos de actividad física moderada a la semana, contando además que el 80% de la población adolescente no tiene suficiente actividad física;


      Que las respuestas frente a la pandemia deben implicar acciones coordinadas e intercambio  de  información entre las secretarías municipales, los entes, el Honorable Concejo Deliberante y los demás miembros de la comunidad del Partido de General Pueyrredón;



      Que las políticas  del  deporte no deben ser ajenas a ello, especialmente frente al impacto del COVID19;



      Que las tendencias alimenticias en el mundo están derivando en un exceso de consumo de alimentos procesados con alto contenido de azúcares, bajo contenido de fibra y agua, así como alta densidad energética y de bebidas azucaradas;


      Que en este contexto pandémico prevalece la necesidad de transversalizar el deporte y la cultura física con la salud, educación, bienestar social, economía y seguridad pública, con la participación del Estado;


      Que es necesario impulsar la mejora permanente de los espacios públicos ya que deben ser lugares de encuentro y disfrute por parte de la comunidad;


      Que algunas personas han comenzado a sentir una reacción de cansancio frente a una situación adversa mantenida que incluso los puede llevar a cierta actitud de complacencia, que se denomina “fatiga pandémica” y que se advierte con el número creciente de personas que no siguen o no aceptan las recomendaciones y restricciones y/o cuyo esfuerzo por mantenerse informadas sobre la pandemia disminuye;


      Que es necesario un alto nivel de participación de la ciudadanía para aumentar la cohesión social, ganar salud y bienestar y disminuir las desigualdades sociales en materia de salud física y mental;


      Que las plazas no son sólo escenario de juegos y reunión: la llegada del COVID-19 nos obligo a elegir los espacios verdes para muchas más actividades;


      Que los espacios al aire libre resultan el mejor lugar para garantizar el distanciamiento y la ventilación, medidas claves para evitar la propagación del virus;


      Que ubicar al espacio público como área de intervención estratégica para la reactivación social y deportiva, abre un nuevo rango de posibilidades que podrían ayudarnos a responder preguntas como ¿Cómo podemos reactivar y mejorar la calidad de vida en los barrios del Partido mediante programas realizados en el espacio público? ¿Cómo convertimos esta crisis en una oportunidad para situar en el centro de la agenda urbana la calidad de producción del espacio social? ¿Cómo mejoramos la salud física, mental y emocional de nuestros vecinos?;


      Que las actividades en el espacio público son herramientas colectivas para compensar las dificultades individuales, ofreciendo oportunidades a diversas escalas, inspirando el intercambio comunitario, entregando mecanismos de desarrollo emocional y cognitivo, de conciencia ambiental, y de otras cuestiones relacionadas al bienestar común;



      Que si bien advertimos que desde el EMDER se realizan actividades en forma esporádica, el objetivo de este programa apunta a que las actividades sean coordinadas con la Secretaría de Salud en un programa sistemático, permanente y con los recursos adecuados;



      Que la densidad y complejidad de los barrios requiere prestar especial atención en la identificación de las necesidades específicas de la población, por ejemplo jóvenes, adultos mayores y niños ya que trasladar esta información al mapa es fundamental para visibilizar las áreas más vulnerables en el territorio;


      Que a estas alturas varios municipios y ciudades importantes a lo largo del globo han presentado iniciativas para la recuperación de los espacios públicos con resultados positivos para la población como son el caso de la Municipalidad de Santiago (Chile) que ha lanzado un Fondo de Innovación para el Desarrollo Comunitario en el barrio Yungay financiando iniciativas presentadas por vecinos con liderazgo para priorizar respuestas comunitarias, o el proyecto de desarrollo social y comunal Kibera Public Space Project en Kenia;


      Que hace dos años presentamos un proyecto denominado Mas Espacios Públicos (1813 2019), el cual para el día de la fecha sigue en tratamiento, para que el municipio se ocupe del mantenimiento de las plazas (112) plazoletas (80), parques (5), paseos (5), existentes en el distrito de General Pueyrredón, según listado del Ente Municipal de Servicios Urbanos;


      Que debe ser una prioridad del municipio mejorar y recuperar del espacio público, a través de plazas, plazoletas, viveros y canteros que encontrándose en condiciones, puedan ser visitados por las familias y ser utilizados a los fines recreativos por los niños y los vecinos que allí se acercan;


      Que las plazas Mitre, Colón, Dorrego y España, los parques Primavesi y San Martín y el Parque Camet reciben a corredores, deportistas, alumnos, clases de yoga, meditaciones, clubes de lectura, talleres, preparadores físicos, músicos, foodtrucks, entre otros.


      Que creemos oportuno ocupar estos espacios de ocio y encuentro que son fundamentales para el disfrute y el encuentro familiar, con actividades recreativas propuestas por el Municipio a través del EMDER y la Secretaria de Salud;


      Que es necesario evitar consecuencias en la salud física y mental de las personas, revertir las secuelas de la pandemia, mantener vínculos de calidad, conservar un espacio público de calidad;


Por todo ello, se eleva a consideración del Cuerpo, el presente proyecto de



ORDENANZA


ARTICULO 1: Crease un Programa de Actividades recreativas dependiente del EMDER y la Secretaria de Salud destinado a mejorar la salud física y emocional de los vecinos y vecinas del Partido de General Pueyrredón


ARTICULO 2: El presente Programa constará de un esquema con calendario de actividades recreativas propuestas por el Ejecutivo Municipal, a desarrollar en los diferentes espacios públicos de nuestra ciudad, que será publicado en la página web de la Municipalidad con la difusión adecuada para garantizar la mayor participación, siempre ajustado al cumplimiento de todos los protocolos sanitarios y con estricto control de ello


ARTICULO 3: Serán destinatarios de estas actividades niños, adolescentes, adultos y adultos mayores, con propuestas acordes a su edad.


ARTÍCULO 4: El Ejecutivo Municipal deberá publicitar esta iniciativa en los medios de comunicación locales y a través de campañas de difusión que busquen poner en conocimiento de toda la comunidad este Programa de Actividades.


ARTICULO 5: El EMDER y la Secretaría de Salud deberán informar periódicamente al Honorable Concejo Deliberante el alcance del proyecto, cantidad de inscriptos, actividades realizadas y toda información que pudiera ser útil para consideraciones futuras acerca del rumbo de las actividades


ARTÍCULO 6: De forma.

-----------------------

Mar del Plata



    BLOQUE FRENTE RENOVADOR



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



 Volver