Información de Expediente

2021 - E - 1422
Fecha de Entrada: 14/05/2021
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 19/07/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, arbitre los mecanismos pertinentes a fin de incluir a los cuidadores domiciliarios y acompañantes terapéuticos en los grupos considerados como Prioritarios en el Plan de Vacunación de la Provincia de Buenos Aires, en el mismo sentido se le dé prioridad y celeridad a los mencionados en la realización de los Tests Antígeno SARS CoV2 (COVID-19).
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-157 29/06/2021
Proyecto 3: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2534 15/07/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 18/05/2021 23/06/2021 Aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 30/06/2021 07/07/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, mayo de 2021


Sr. Presidente Honorable Concejo Deliberante

Ariel Martínez Bordaisco.

S/D



VISTO


                                             La actividad laboral  realizada por los cuidadores domiciliarios  y acompañantes terapéuticos en el marco de la pandemia producida por el SARS-COV-2 ,y



CONSIDERANDO


                                             Que el  PLAN PROVINCIAL PÚBLICO , GRATUITO Y OPTATIVO CONTRA COVID -19  implementado por el Gobierno de la provincia de Buenos Aires  cuyo principal objetivo es vacunar a toda la población mayor de 18 años.


                                            Que el mismo establece como prioridad para vacunarse a aquellos grupos de personas que presentan mayor vulnerabilidad frente al virus ( personas mayores de 60 años, personas entre 18 y 59 años con comorbilidades,etc.)


                                            Que siendo la tarea desempeñada por estos trabajadores la de acompañar y cuidar a  personas pertenecientes a estos grupos vulnerables.


                                            Que el cuidador domiciliario es quien realiza prestaciones de apoyo al desarrollo de las actividades de la vida diaria de las personas mayores y personas con discapacidad ubicando su rol como un servicio de atención domiciliaria.


                                            Que  el  ejercicio de su actividad propicia la permanencia en su hogar de los adultos mayores, manteniendo sus roles familiares y sociales con el fin de mejorar su calidad de vida.


                                            Que un acompañante terapéutico es un profesional de la salud mental que se dedica acompañar y a contener a personas con algún tipo de patología psíquica, psiquiátrica, física, de discapacidad  o a pacientes que estén bajo algún tratamiento médico con el fin de promover su autonomía.


                                            Que  se ofrece como sostén, ampara al paciente en su angustia y desesperanza y, además, favorece el desarrollo de la iniciativa y la voluntad, contribuyendo  a la realización de actividades de la vida cotidiana que el paciente no puede realizar por sí mismo.


                                            Que cumpliendo estos trabajadores de la salud  un rol y funciones de las cuales las personas pertenecientes a estos grupos vulnerables  no pueden prescindir, y debiendo considerarse por esto esenciales en su actividad laboral.


                                            Que encontrándose los mismos no vacunados,  y por tanto sin obtener inmunización frente al covid-19 , se encuentran expuestos a la  posibilidad de contagiarse y desarrollar formas  graves de enfermedad producidas por el virus.


                                            Que son entonces  potenciales transmisores de este virus a aquellos a quienes cuidan en su actividad laboral, poniendo en riesgo la salud de los mismos.


Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo arbitre los mecanismos que considere pertinentes a los efectos de  incluir a los cuidadores domiciliarios y acompañantes terapeúticos   en los grupos que son considerados prioritarios en el Plan de Vacunación de la Provincia de Buenos Aires.


ARTÍCULO 2º: En el mismo sentido se le de prioridad y celeridad a los cuidadores domiciliarios y acompañantes terapeúticos en la  realización de los Tests Antígeno SARS CoV2 (COVID-19) a los cuales estos deban, eventualmente,  someterse para saber si están cursando la enfermedad.


ARTÍCULO 3º: De forma.



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Mar del Plata



BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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