Información de Expediente

2021 - E - 1717
Fecha de Entrada: 03/08/2021
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 30/08/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Viendo con agrado que el Depto. Ejecutivo, convoque una Jornada de Trabajo, para tratar los alcances de la AUTONOMÍA MUNICIPAL de la Pcia. de Bs. As.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5877 12/08/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 03/08/2021 09/08/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


       Mar del Plata 2 de Agosto del 2021


Al Señor Presidente del H.C.D.

Ariel Martinez Bordaisco

S                     /                      D:



VISTO


      El proyecto de Ley presentado en la Legislatura Bonaerense que tramita bajo el expediente D-4132/20-21 que tiene por objetivo la Reforma Parcial de la Constitución Provincial procurando la consagración de la Autonomía a lo Municipios de la Provincia de Buenos Aires Y;


CONSIDERANDO


      Que dicho proyecto de Ley en su Art. 2, propone la reforma de la Sección VII, del Régimen Municipal, Capitulo Único, Artículos 190 a 197 inclusive de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires que contempla un régimen  antiguo, y que el proyecto pretende remediar al reivindicar la principal deuda institucional pendiente desde la reforma de 1994, “la Autonomía Municipal”.


      Que también se convoca a una Convención Reformadora, estableciendo los lineamientos que contendrá la futura reforma con eje en la Autonomía Municipal haciendo principalmente foco en los ordenes Institucional, Político, Administrativo, Económico y Financiero.


Que la constitución histórica de 1853-1860 establecía en el Art. 5, todavía vigente después de la reforma de 1994, obliga a las provincias a asegurar el régimen municipal entre otras condiciones exigidas para garantizarles  el goce y ejercicio de las instituciones locales, y en su Art. 123 ha confirmado aquel deber, otorgándole un contenido institucional, político, administrativo, económico y financiero.-


Que el municipio es quien está más cercano a los vecinos y  por eso toma decisiones mucho más convenidas, en sintonía con lo que plantea la sociedad y termina siendo muchas veces más eficiente que el propio Estado Nacional o Provincial.-


Que los municipios deben tener mayor autonomía, no solamente descentralizar decisiones políticas para que se tomen en cada uno de los distritos sino dotarlos de los recursos necesarios para que esa autonomía sea efectiva.-


Que el nuevo artículo 123 de la Constitución Nacional – Reforma 1994 – ha sido explícito en la materia: al expresar el reconocimiento de la autonomía municipal, lo hace en forma expresa en lo económico y financiero, con lo que se concluye que además de los sistemas de coparticipación existentes, las municipalidades pueden tener despegue tributario legítimo y, consecuentemente, deberán instalar dentro de su propio gobierno, mecanismos que controlen y regulen la creación y percepción de recursos locales para su redistribución, su aplicación y sus alteraciones, cuando correspondiere.




Que el Partido de General Pueyrredón se encuentra entre los principales Distritos de la Provincia de Buenos Aires, es necesario generar un compromiso en todos los sectores, creando  un ámbito de trabajo mancomunado entre éstos con la finalidad de debatir y consensuar una propuesta representativa local, a efectos de ser elevada a la Legislatura Provincial para su oportuno tratamiento.


Por todo lo expuesto los Concejales de la Unión Cívica Radical elevan a consideración el siguiente




COMUNICACIÓN




Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo convocase a una Jornada de Trabajo, en el Recinto de Sesiones “Mauricio Irigoin” del Honorable Concejo Deliberante, para tratar los alcances de la Autonomía Municipal de la Provincia de Buenos Aires.


Artículo 2º: A tal fin convocase por la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante a participar de la Jornada de Trabajo, entre otras instituciones y reparticiones públicas, a las siguientes:


    • Señor Intendente Municipal o el funcionario que se designe.

    • Presidentes de Bloques del Honorable Concejo Deliberante y/o representante.

    • Universidades Nacionales Públicas y Privadas.

    • Colegio de Abogados.

    • Legisladores Provinciales y Nacionales con asiento en nuestra ciudad.

    • Representantes del Plan estratégico.


Artículo 3º: El Departamento de Prensa y Protocolo del Honorable Concejo Deliberante realizará la difusión correspondiente de la convocatoria.


Artículo 4º: Comuníquese.










-----------------------


BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL






 Volver