Información de Expediente

2022 - E - 1257
Fecha de Entrada: 25/03/2022
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: VAMOS JUNTOS
Autor: CJAL. RANELLUCCI MARIA FLORENCIA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 28/03/2022
Agregado a: 2022 - N - 28 - 0 - 0
Observaciones: la digitalización se encuentra en la nota 28-np-2022.-
Proyecto 1: Ordenanza
Instituyendo el "DÍA MUNICIPAL DEL NIÑO POR NACER", a celebrarse el 25 de marzo de cada año.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 25 de marzo de 2022


A la Sra. Presidente del


Honorable Concejo Deliberante 


Dra. Marina Sánchez Herrero


S/D


VISTO


  El artículo 75, inciso 22 y 23, de la Constitución Nacional y el Decreto Nacional 1406/98;


CONSIDERANDO


Que en la República Argentina, mediante Decreto Nacional N° 1406 del 07 de diciembre de 1998, fue el primer país en declarar el Día del Niño por Nacer, adhiriéndose posteriormente países como Chile el día 18 de mayo de 1999, Guatemala el día 20 de mayo de 1999, Costa Rica el 05 de agosto de 2000, Nicaragua en el mismo año, República Dominicana en el año 2001, Perú en el año 2002, Ecuador en el año 2006, junto a Filipinas y Eslovaquia, Puerto Rico el 27 de agosto de 2018, España, Portugal, México, El Salvador y Brasil, entre otros.


Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, proclamó que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, ratificando así la afirmación contenida en la Carta de las Naciones Unidas acerca de la fe de los pueblos en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de las personas humanas y en la igualdad de los derechos de todo el género humano.


Que el artículo 1 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, dice: “Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.


Que tal como se afirma en el Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño: “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especial, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”.


Que la vida es un derecho fundamental consagrado en documentos internacionales y nacionales; siendo que si consideramos al titular de éste como generador de cualquier otro derecho posible, obtenemos que el primero de todos los derechos, es el derecho a la vida. Lo anterior exige tener conciencia de que el ser humano en gestación es persona en simbiosis transitoria y no deja de serlo por depender provisionalmente del organismo materno.


Que el concepto de vida humana y derecho a la vida, hace referencia al ser humano vivo, por lo que se protege desde que la vida inicia. En efecto, la vida humana debe ser protegida jurídicamente en todas sus etapas –incluyendo la prenatal– pues este derecho comprende la existencia biológica y física, como un presupuesto vital para el ejercicio de los derechos fundamentales


Que el derecho a la vida no es una cuestión de ideología, ni de religión, sino una emanación de la naturaleza humana, y es por eso que está protegida en diferentes tratados internacionales de derechos humanos.


Que especialmente en su etapa prenatal el niño es un ser de extrema fragilidad e indefensión, salvo la natural protección brindada por su madre.


Que la vida es el mayor de los dones, tiene un valor inviolable y una dignidad irrepetible.


Por ello, el Bloque Vamos Juntos propone el siguiente proyecto de:


PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º.- Institúyase en el Partido de General Pueyrredón, el “Día Municipal del Niño por Nacer”, a celebrarse el 25 de marzo de cada año.-


Artículo 2º.- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo, a través de las áreas que considere pertinentes, la realización de actividades con el objeto de visibilizar la importancia de los controles prenatales, la alimentación adecuada y suficiente para las mujeres embarazadas, de velar por este derecho e informar a la sociedad sobre los diversos cuidados que favorecen la vida del niño por nacer.


Artículo 3º.- Dispónese como forma de difusión y conmemoración del Día Municipal del Niño por Nacer, implementar la ornamentación de las dependencias municipales y los monumentos que se consideren apropiados con el fin de expresar la adhesión a este día.


Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

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