Mar del Plata, 13 de Mayo de 2022
A la presidenta del
H. Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S------------/------------D
VISTO:
La falta de cobertura de cargos vacantes en la que se encuentra la Orquesta Sinfónica Municipal de la ciudad de Mar del Plata. Y;
CONSIDERANDO:
Que la Orquesta Sinfónica Municipal de la ciudad de Mar del Plata se creó y brindó su primer concierto, bajo la denominación “Asociación Gremial de Músicos”, el día 22 de noviembre de 1945 en el teatro Odeón de nuestra ciudad, bajo la dirección de Néstor Romano.
Que durante estos 77 años de historia realizaron innumerables ciclos de conciertos, entre los que se destacan: Ciclo de las Nueve Sinfonías de Beethoven (1986), Teatro Colón de Buenos Aires (1988), Ciclo Tchaikovsky (1990), Ciclo Mozart (1991), Ciclo de los Conciertos de Beethoven (1992), Ciclo de los Conciertos de Rachamaninov (1993), Ciclo Grandes Sinfonías (1991-1992), Ciclo de las Sinfonías de Tchaikovsky (1995).
Que ha recibido una gran cantidad de premios y distinciones, entre las que se destacan: los premios Estrella de Mar, Delfín de Cristal y el Guardador del Canto otorgado por el C.A.M.U – U.N.E.S.C.O.
Que la Orquesta Sinfónica Municipal de la ciudad de Mar del Plata fue declarada como patrimonio intangible del Municipio de General Pueyrredon por Ordenanza N° 17.735.
Que al día de la fecha, y tal como denuncian sus integrantes, la Orquesta se encuentra en una situación de extrema precariedad con un gran número de cargos sin cubrir, lo que se suma a los que quedarán vacantes próximamente producto de las jubilaciones en el organismo.
Que los cargos vacantes a cubrir se enumeran de la siguiente manera: un concertino, dos primeros violines, un segundo violín, una viola de fila, un solista de violonchelo, un violonchelo de fila, un solista de contrabajo, un contrabajo de fila, un segundo oboe, un segundo clarinete, un segundo corno, una tercera trompeta, un solista de timbal, un suplente de solista de timbal, un violín de fila, un violonchelo de fila, un solista de flauta, un archivista, un copista, un utilero y un secretario.
Que durante los últimos años la Secretaría de Cultura Municipal ofrece contratos precarios por concierto que no resuelven el problema de fondo, precarizando a los y las trabajadoras, privándoles sus derechos laborales fundamentales.
Que el día 4 de abril del año 2022 se firmó un acta acuerdo entre el Sindicato de Trabajadores Municipales y la Secretaria de Cultura Municipal para fijar la cobertura de cargos vacantes en la Orquesta Sinfónica, que establecía la designación de 3 cargos para el mes de marzo del corriente, 3 cargos para el mes de julio y 3 cargos para el mes de septiembre, dejando los 8 cargos restantes para cubrirse durante el desarrollo del año 2023.
Que, hasta el momento, no se ha llevado adelante la designación de ningún cargo, incumpliendo así las autoridades municipales, el acta acuerdo previamente suscripta.
Que la Orquesta Sinfónica Municipal de la ciudad de Mar del Plata es un baluarte de la cultura Marplatense y que su precarización y deterioro motiva extrema preocupación en nuestra comunidad.
Que es tarea de este Honorable Cuerpo exaltar la cultura y el arte en todas sus formas así como defender los derechos de los y las trabajadoras municipales y velar por su respeto irrestricto.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:
RESOLUCIÓN
Articulo 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon expresa su profunda preocupación ante la falta de cobertura de cargos vacantes en la Orquesta Sinfónica Municipal, fundamentalmente por el deterioro que esto genera a un patrimonio intangible reconocido por Ordenanza N° 17.735 así como la precariedad que implica para los trabajadores y trabajadoras de la Cultura del Municipio.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones necesarias para cubrir las vacantes en la Orquesta Sinfónica Municipal, a través de la urgente convocatoria a los concursos pertinentes.
Articulo 2ª.- Comuníquese, etc.