Mar del Plata, 01 de agosto del 2022
A la Sra. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Dra. Marina Sánchez Herrero
S/D
VISTO
La deuda que mantiene la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempos de Dar, correspondiente: Derecho y Tasas por Servicios Técnicos de Construcción, cuenta: 702.561/1.
CONSIDERANDO
Que la Asociación Civil sin Fines de Lucro Tiempo de Dar, inicia Expediente Municipal N° 6814-5/2019 por Construcción de Obra Nueva en la calle Castillo Nº 2500 entre Canaro y Palestina Barrio Parque Palermo de la ciudad de Mar del Plata, identificado catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 118K, Partida Inmobiliaria 045-48442 propiedad de la Asociación Civil citada.
Que en fecha 20/07/2020 la Asociación Civil Tiempos de Dar, solicita la exención en el pago por Derechos y Tasa de Servicios Técnicos de la Construcción para la cuenta N° 702.561/1.
Que atento la Ordenanza Fiscal 24.958 vigente al momento de la solicitud, establece como requisito de admisión para la exención de los Derechos y Tasas por Servicios Técnicos de la Construcción, que la Asociación Civil estuviera inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público, extremo que no cumplía la Asociación Civil Tiempo de Dar, provocando el rechazo de la solicitud.
Que cabe destacar que en fecha 16/12/2021 la Dirección General de Relaciones con las ONG otorga a la Asociación Civil Tiempo de Dar la inscripción en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público.
Que la Asociación Civil sin fines de lucro “Tiempo de Dar” se encuentra inscripta en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo el N° 14.870 legajo 1/77924, de fecha 25/09/1995.
Que la Asociación Civil sin fines de lucro “Tiempo de Dar” está imposibilitada de afrontar la deuda por Derechos y Tasa de Servicios Técnicos de la Construcción.
Que la situación social y económica de los últimos años, atravesada por una pandemia, disminuyó los ingresos y aportes que percibía la Asociación Civil.
Que la erogación del monto adeudado impediría el cumplimiento de los fines sociales, educativos, culturales y espirituales que desarrolla en la ciudad la Asociación Civil sin Fines de Lucro Tiempo de Dar.
Que la tarea llevada a cabo por la Entidad de referencia, es de gran importancia en el entramado social, atento que presta un servicio dirigido a un sector de la población privado de la libertad, así como sus familiares, brindando contención emocional y espiritual, más la ayuda en necesidades básicas, indumentaria, calzados y herramientas laborales como capacitación por medio de talleres en trabajos manuales.
Que dentro de sus objetivos, su misión es promover el servicio a la comunidad con capacitación idónea a hombres y mujeres.
Que es por lo expuesto, ante la necesidad de la exención de la deuda que en concepto de Derechos de Construcción/Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción que los concejales debajo firmantes proponen elevar el siguiente proyecto de:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- Condónase la deuda que en concepto de Derechos de Construcción/Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción registra la Cuenta 702.561/1 correspondiente al inmueble ubicado en la calle Castillo Nº 2500 entre Canaro y Palestina Barrio Parque Palermo de la ciudad de Mar del Plata, identificado catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 118K, Partida Inmobiliaria 045-48442 propiedad de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Tiempo de Dar.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-