Mar del Plata, 20 de Septiembre de 2022
A la presidenta del
H. Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S------------/------------D
VISTO:
Los servicios alimentarios prestados en las casas, hogares y residencias dependientes de la Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de General Pueyrredon y;
CONSIDERANDO:
Que el Estado Argentino reconoce el derecho humano a la alimentación al otorgarle jerarquía constitucional mediante el artículo 75, inciso 22, de su Constitución Nacional (Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales)
Que el derecho a la alimentación incluye el acceso a alimentos sanos y seguros que sea buenos para nuestro cuerpo y que provean una nutrición integral y natural.
Que, en la actualidad, en el Partido de General Pueyrredon existen seis “Casas del Niño” dependientes de la Secretaria de Desarrollo Social, donde diariamente conviven niños y niñas de 45 días a 11 años favoreciendo los elementos básicos para, entre otras cosas, su salud y nutrición.
Que estas Casas del Niño son: Casa del Niño Paula Albarracín; Casa del Niño Ricardo Gutiérrez; Casa del Niño Grillito; Casa del Niño Centenario; Casa del Niño Bichito de Luz; Casa del Niño La Ardillita.
Que, además, existen bajo la órbita de la mencionada Secretaria 4 “Casas de Abrigo” donde se busca garantizar, durante el período de permanencia del niño, niña y adolescente, todas las necesidades básicas de, entre otras cosas, alimentación.
Que estas Casas de Abrigo son: Casa de Abrigo Doctor Carlos Arenaza; Casa de Abrigo Ramón Gayone; Hogar Convivencial Casa de los Amigos; Hogar Convivencial Francisco Scarpati.
Que, también, la cartera de Desarrollo Social tiene a su cargo 2 “Residencias” y 1 “Hogar de Día” para adultos mayores con escasos recursos y en situación de desprotección promoviendo el habitad protegida y garantizando, entre otras cosas, su derecho a la alimentación.
Que estas Residencias son: Residencia para Adultos Mayores "Eva Perón" y Residencia Asistida Punta Mogotes y Hogar de Día de Vértiz y Triunvirato.
Que, dada la gran cantidad de casas, hogares y residencias dependientes de la comuna y la multiplicidad de sujetos destinatarios de la asistencia y ayuda alimentaria es necesaria la planificación y desarrollo de estrategias adecuadas para el correcto desarrollo de la misma.
Que es necesario respetar y honrar todos los principios rectores y marco normativo en materia de seguridad y soberanía alimentaria para asegurar la plena vigencia de los derechos humanos en las niñeces, adolescencias y adultos mayores del Partido de General Pueyrredon.
Que es tarea de este Honorable Cuerpo bregar por lo antes mencionado y propugnar su respeto irrestricto.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de su Secretaria de Desarrollo Social, responda en el más corto plazo los siguientes puntos relacionados a la prestación de servicios alimentarios en las casas, hogares y residencias a su cargo:
a) ¿Cuáles de ellas cuentan con servicios alimentarios y si estos servicios son prestados directamente por la Secretaria?
b) ¿De qué servicios alimentarios se trata? Especifique si es desayuno, almuerzo, merienda o cena.
c) Detalle del menú.
d) ¿Si existe planificación alimentaria basada en la población objetivo con la intervención de equipos especializados en nutrición?
e) ¿Si se se contemplan las dietas especificas por patologías y/o decisión personal?
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.