Información de Expediente

2022 - E - 2051
Fecha de Entrada: 01/12/2022
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Autor: CJAL. GONZÁLEZ ANGÉLICA
            CJAL. ROMERO MARIANELA
            CJAL. NEME AGUSTIN PATRICIO
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 21/04/2023
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
N 46 0 2023 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al INDEC informe diversos ítems en relación al censo nacional de población, hogares y vivienda 2020 realizado el 18 de mayo del cte.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-6174 30/03/2023

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 02/12/2022 06/02/2023 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 21/04/2023
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 1 de diciembre de 2022.-





Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante

Partido de General Pueyrredon

Cjal. Marina Sánchez Herrero

S / D



VISTO el Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2020 realizado en 18 de mayo de 2022 realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y;



CONSIDERANDO:



Que la comprensión de las diferencias regionales en la población, sus distintas necesidades y el conocimiento de la cantidad de habitantes de cada unidad administrativa de la República Argentina son fundamentales para el correcto diagnóstico de las problemáticas que estas atraviesan. Resulta fundamental el conocimiento de estos datos para la elaboración de políticas públicas que permitan dar respuesta a los distintos reclamos de la ciudadanía.



Que teniendo en cuenta lo dicho en el párrafo precedente es el Censo de Población, Hogares y Viviendas la herramienta elaborada por el Estado en su afán de suministrar bases empíricas a partir de las cuales comprender la realidad social y delinear las políticas necesarias para su mejoramiento.



Que debido a su carácter moderno (centralización del diseño, universalidad espacial y simultaneidad temporal de la ejecución) los censos nacionales adquieren un estatus de fuente privilegiada: suministran un ejemplo completo y unificado de la interpretación oficial del Estado argentino. La centralidad de los censos constituye la infraestructura pesada de las estadísticas sociales de un país sobre la que no pueden dejar de apoyarse referencialmente los demás relevamientos.



Que debido a la pandemia de Covid 2019 el Censo se llevó a cabo en forma bimodal: un Censo digital que concluyó, según informó INDEC, con el 50,32% de completamiento de las viviendas esperadas y el barrido territorial con cuestionarios en papel, realizado el 18 de mayo de 2022, de los cuales se ha obtenido información demográfica, producto del operativo y la respuesta de la población. A partir de la combinación de ambas fuentes de datos (Censo digital y barrido territorial) se deben presentar los resultados definitivos del Censo.



Que según el cronograma establecido por el INDEC los resultados básicos preliminares, tan importantes para la toma de decisiones, serían publicados a los 90 días de realizado el barrido territorial, es decir el 18 de agosto de 2022.



Que para la obtención de dichos resultados se analizan planillas de conteo rápido, las cuales, por motivos diversos que se desconocen, no cumplen con los estándares que se requieren para la difusión de información estadística precisa. Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos un porcentaje de habitantes de las viviendas que respondieron el Censo digital no fue incluido y, por lo tanto, no permite reflejar íntegramente los totales preliminares de la población existente en cada una de las jurisdicciones del territorio nacional.



Que esta información resulta indispensable para definir desde el Estado las políticas públicas de los próximos diez años, en áreas tales como salud, educación, trabajo, integración social, infraestructura y obra pública. Asimismo, constituye una importante fuente de información para el sector privado y para los ámbitos académicos y de investigación.



Que Ley Provincial N° 10559 establece que las Municipalidades de la Provincia recibirán en concepto de coparticipación el 16,14 % (dieciséis con catorce por ciento) del total de ingresos que percibe la Provincia en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos no descentralizados al ámbito municipal, Impuesto Inmobiliario Urbano, Impuesto a los Automotores, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios y Coparticipación Federal de Impuestos.



Que el 58% (cincuenta y ocho por ciento) de los recursos coparticipables se distribuyen entre los Municipios según tres criterios, siendo el principal la cantidad de población, representando el 62% (sesenta y dos por ciento) de dicho ítem. En otras palabras, el sistema de repartición secundaria de la coparticipación, que implica el cálculo de recursos para los municipios desde la Provincia de Buenos Aires, está directamente relacionado con la cantidad de habitantes por distrito.



Que es fundamental entonces contar con datos fidedignos como los que debe brindar un Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda, no solo para conocer las problemáticas y composición de la población de nuestro Partido, sino porque también a partir de estos datos se establecen gran parte de los recursos coparticipables con los que el Municipio de General Pueyrredon puede afrontar las políticas públicas necesarias en pos de brindar soluciones a sus habitantes.



Por todo lo expuesto se eleva el siguiente proyecto de:






COMUNICACIÓN






Artículo 1°. -  EL Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos informe:



    • Detalle de los motivos por los cuáles no se han publicado los resultados básicos preliminares del Censo de Población, Hogares y Viviendas 2022 según cronograma estipulado;



    • Fecha estimada para la publicación de los mismos;



    • Si los inconvenientes con el procesamiento de datos afectan los resultado básicos definitivos del Censo, los cuales deberían ser publicados en enero de 2023;



    • Si los inconvenientes con el procesamiento de datos afectan los resultados ampliados definitivos, los cuales deberían conocerse en junio de 2023;



    • Si el problema que frena la publicación de los resultados preliminares está acotado a los censos que se completaron de manera digital, o existen otros problemas de consistencia o de otra naturaleza en el resto del Censo;



    • Cuáles son las acciones por desarrollar o que se están desarrollando para resolver esta situación;



    • Si además del inconveniente con el procesamiento de los resultados básicos preliminares se detectaron otros inconvenientes, y de ser así, informe si estos pueden afectar de manera significativa la veracidad de los datos obtenidos en todo el proceso censal. 



Artículo 2º. - Comuníquese, etc.





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