Información de Expediente

2022 - E - 2063
Fecha de Entrada: 06/12/2022
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: COALICIÓN CÍVICA ARI MAR DEL PLATA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 15/12/2022
Agregado a: 2022 - E - 2049 - 0 - 0
Observaciones: La digitalización del presente se encuentra agregada al expte. 2049-FDT-2022.
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el "Espacio Amigable con TEA", en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 07/12/2022
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, de Diciembre de 2022


Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante


Partido de General Pueyrredón


Cjal. Marina Sánchez Herrero


S / D


Por vuestro intermedio se eleva para su consideración al Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente Proyecto de Ordenanza.


VISTO


La necesidad de generar, dentro del ámbito del partido de General Pueyrredon, un espacio amigable para las personas con trastorno del espectro autista (TEA) especialmente para los niños/as


CONSIDERANDO


Que el autismo es un espectro de trastornos caracterizados por un grave déficit del desarrollo, que afecta la capacidad de sociabilizar, comunicarse y de mantener reciprocidad emocional, evidenciando conductas repetitivas o inusuales, cuyos síntomas, en general, son la incapacidad de interacción social, aislamiento y estereotipias (movimientos incontrolados, repetitivos y rítmicos del cuerpo, como el balanceo, aleteo de manos, etc.).


Que los ruidos fuertes les afectan mucho más a las personas autistas que a los demás, esto es exactamente la hipersensibilidad auditiva.Muestran dificultad de concentración y viven una experiencia sensorial totalmente diferente en la recepción de estímulos no sólo auditiva, también olfativa, visual y táctil. Es decir, presentan hipersensibilidad sensorial. Sufren alteraciones sensoriales ante distintos estímulos.


Es frecuente que los niños o niñas con autismo, a la hora de compartir espacios recreativos tales como calesitas y carruseles, presenten dificultades porque estos lugares están sobrecargados de estímulos, luces, sonidos, imágenes, lo que se conoce como sobrecarga sensorial provocándoles la acumulación de estrés que les genera una crisis conductual o de ansiedad.


Que para integrar el autismo en la sociedad, podemos tomar como ejemplo aquellas iniciativas llevadas adelante en varias ciudades de nuestro país, en donde se decidió instaurar horas libres de ruido en los supermercados. Así las personas con TEA o Síndrome de Asperger podrían acceder sin problemas a una zona que se caracteriza por emitir múltiples calidades de sonidos. Ejemplos de provincias en las que se está implementando la “Hora Silenciosa” en los supermercados son: Neuquén con Ley provincial Nº 3343 /22, Salta con Ley 8343 /22, Rio Negro con Ley provincial Nº 5608, en Mendoza Ley 9415/22 y en Santa Fé se encuentra en tratamiento el proyecto.


La cadena de supermercado Carrefour tomó como iniciativa privada La Hora Silenciosa.


Que la Ordenanza 21.290 adhiere al Partido de General Pueyrredon a la Ley provincial 14.191 que en su primer artículo dicta “Créase en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires el Sistema de Protección Integral de las Personas que padecen Trastornos Generalizados del Desarrollo-TGD- (Autismo, Rett, Asperger y Trastrono Generalizado del Desarrollo no Especificado), instrumentando mecanismos de prevención, promoción, y asistencia con una perspectiva interdisciplinaria e integradora”.


Que la Ordenanza 25.258 encomienda al Departamento Ejecutivo la realización de la campaña “Ciudad Amigable con las personas con TEA”, en la que se invita al sector privado a instalar pictogramas proporcionados por el Municipio.


Que sería una importante contribución para la integración de las personas con TEA replicar esta iniciativa en carruseles y calesitas, pudiendo disponer al menos dos días a la semana de “una hora silenciosa”, consistente en bajar la intensidad de su sistema luminario, la música y altavoces, generando un ambiente confortable para que los niños y niñas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), o con poca tolerancia a estos estímulos, puedan disfrutar de la actividad recreativa en familia.


Estamos insertos en un mundo con personas neurodivergentes. Ello no implica discapacidad, pero sí diversidad neuronal, es decir, personas con otras fortalezas y aptitudes que deben enfrentar otro tipo de desafíos y que requieren legislaciones que abarquen sus situaciones de vida.


Es importante que la ciudad tenga espacios amigables y saludables para las personas con autismo e invitar a otros rubros como librería o juguetería de grandes dimensiones, obras de teatro que contemplen la iluminación, los ruidos y que puedan tener un área para descanso, a acceder a este programa La Hora Silenciosa.


Por todo lo expuesto en los considerandos que anteceden el bloque de la Coalición Cívica ARI Mar del Plata propone el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1°.-Crease el “Espacio Amigable con TEA” en el ámbito del Partido de General Pueyrredon incorporando la hora silenciosa, a los fines de garantizar el derecho a una protección integral, de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), y otros trastornos o condiciones generalizadas del desarrollo.


Artículo 2º.- Adhesión. Invítese:


a) A los titulares de calesitas y carruseles.


b) Vehículos de excursión o paseo.


c) Supermercados, hipermercado.


d) Librerías.


e) Casas de electrodomésticos de grandes superficies.


f) Tiendas musicales


g) Jugueterías.


h) Eventos artísticos


i) Otros.


Artículo 3º.- Las personas humanas o jurídicas podrán disminuir la intensidad lumínica y los sonidos producidos por parlantes o altavoces pudiendo ser en una hora matutina y otra vespertina al menos dos veces por semana.


Artículo 4º Capacitación y Difusión. La Autoridad de Aplicación debe promover campañas de promoción, difusión e información a fin de sensibilizar a la población sobre la temática. Asimismo, los comercios que adhieran a la presente Ordenanza deben promover para sus empleados la realización de capacitaciones en la atención de las personas con discapacidad.


Para el cumplimiento de este objetivo podrán celebrar convenios con entidades municipales, provinciales, nacionales e internacionales que brinden las herramientas necesarias para tal fin.


Artículo 5º.- Las personas humanas o jurídicas deberán colocar cartelería claramente identificables, para que informe al cliente los días y horarios de la implementación del Espacio Amigable con TEA”.


Artículo 6º.- La Autoridad de Aplicación será quién el Departamento Ejecutivo determine.


Artículo 7º - De forma.

 Volver