Información de Expediente

2023 - E - 1376
Fecha de Entrada: 03/07/2023
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 02/11/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe cuál es la dependencia municipal que actúa como autoridad de aplicación de la Ordenanza Nº 19212 y si se han realizado campañas de concientización acerca de las implicancias ambientales del uso de bolsas de polietileno.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-6268 02/11/2023

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS 03/07/2023 06/07/2023 APROBADO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 06/07/2023 18/09/2023 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 3 de julio de 2023


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


Dra. Marina Sánchez Herrero


VISTO


La Ordenanza 19212, que adhiere a la Ley Provincial 13868, por medio de la cual se regula la venta y uso de bolsas de polietileno, y;


CONSIDERANDO


Que la Ley Provincial 13868 y su decreto reglamentario establecen la prohibición en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, del uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías;


Que esta ley fija que los materiales referidos deberán ser progresivamente reemplazados por contenedores de material degradable y/o biodegradable que resulten compatibles con la minimización de impacto ambiental;


Que la Ordenanza 19212, promulgada el 20/05/2019 establece la adhesión de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon a la Ley provincial n° 13868;


Que por medio de la Comunicación 5937 de 2021, el Honorable Concejo Deliberante solicitó al Departamento Ejecutivo que informe las medidas previstas para dar cumplimiento a la ordenanza, y la realización de acciones de difusión de la ordenanza y la ley, para informar a los comerciantes acerca de la obligatoriedad de esta normativa y la posibilidad de sanciones si entregan bolsas de polietileno u otro material plástico convencional, como así también concientizar a la población acerca del impacto ambiental del uso de bolsas;


Que la Subsecretaría de Inspección General informa en el expediente que ellos no tienen competencia en lo que se refiere al contralor del cumplimiento de la Ordenanza 19212, siendo el órgano competente en la materia la Oficina de Gestión Ambiental, y sugieren dirigir el requerimiento a la misma;


Que posteriormente se dirige un requerimiento a la Oficina de Gestión Ambiental, cuyo titular responde que dicha dirección no resulta autoridad de aplicación de la ordenanza en cuestión, como tampoco cuenta con personal de inspección alguno;


Que la comisión de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Servicios Sanitarios tomó conocimiento de las respuestas, y se comprometió a la presentación de un nuevo proyecto, lo cual no sucedió hasta el día de la fecha;


Que la ley provincial 13868 entró en vigencia plena hace más de tres años, luego del período de adaptación previsto para la industria y los comercios;


Que a pesar de haber entrado en vigencia la ley, y por tanto, la ordenanza municipal que adhiere a dicha legislación, aun encontramos numerosos comercios del Partido de General Pueyrredon en los que se continúa ofreciendo bolsas de polietileno a sus clientes, violando la normativa vigente;


Que las bolsas desechables tienen un bajo costo económico y un enorme costo ambiental, ya que están elaboradas en base a etileno, un subproducto del petróleo o del gas natural


Que incluso cuando se desechan de forma adecuada, las bolsas de plástico son tan ligeras y aerodinámicas que el viento las puede recoger y transportar fácilmente. Pueden escapar de los contenedores de basura, papeleras de reciclaje, camiones de basura y vertederos. Se acumulan en las calles, obstruyen los desagües pluviales y contaminan los mares, persistiendo muchos años en el medio ambiente;


Que además de la contaminación en tierra, las bolsas plásticas han contribuido en gran medida a una gran cantidad de desechos plásticos encontrados en los océanos. El Wild Studies Institute informó que como todos los desagües van al océano, el 80% de esta basura en el océano proviene de la tierra;


Que debe propiciarse el uso de bolsas de materiales biodegradables, por ejemplo, de papel, o reutilizables como las bolsas de tela, para minimizar el impacto medioambiental que tiene el uso del polietileno;


Por todo lo expuesto se eleva el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo informe cuál es la dependencia municipal que actúa como autoridad de aplicación de la Ordenanza 19212, que adhiere a la Ley Provincial 13868.


Artículo 2º.- Solicitase al Departamento Ejecutivo informe si ha realizado campañas de concientización a comerciantes y vecinos del Partido de General Pueyrredon acerca de las implicancias ambientales del uso de bolsas de polietileno y la obligatoriedad de la Ordenanza 19212.


Artículo 3º.- De forma.-


Autor


Adherente

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