Información de Expediente

2023 - E - 1718
Fecha de Entrada: 21/12/2023
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Autor: CJAL. MORRO ILDA MERCEDES
            CJAL. GONZÁLEZ ANGÉLICA
            CJAL. VOLPONI GUILLERMO
            CJAL. RANELLUCCI MARIA FLORENCIA
            CJAL. ROMERO MARIANELA
            CJAL. NEME AGUSTIN PATRICIO
            CJAL. NUÑEZ DANIEL ALBERTO
            CJAL. SANCHEZ HERRERO MARINA
            CJAL. PUJATO GUSTAVO HORACIO
            CJAL BENEITO CRISTIAN ALEJANDRO
            CJAL. GARCIA GUIDO HERNÁN
            CJAL. BUSSETTI JULIAN ALBERTO
            CJAL. LICEAGA VIÑAS RICARDO MIGUEL
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Estado: ARCHIVADO
Desde: 16/01/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Modificando la Ordenanza 19.718, ref. a la asignación de títulos y reconocimientos en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-20326 28/12/2023 26186 03/01/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 21/12/2023 26/12/2023 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 21 de Diciembre de 2023.-


  Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante Partido de General Pueyrredon


Cjal. Marina Sánchez Herrero


S / D


  VISTO


  La Ordenanza N° 19.718 y sus modificatorias


  CONSIDERANDO:


  Que la necesidad de agregar esta categoría radica en reconocer y homenajear a aquellos individuos cuya labor va más allá de los ámbitos tradicionales, abarcando la promoción activa del Partido de General Pueyrredon en diversos aspectos. Al destacar la importancia de estas personas, se busca resaltar su contribución a la identidad, el atractivo turístico y la prosperidad económica sostenible de nuestro Partido.


  Que con esta nueva categoría, se busca reconocer y homenajear a aquellas personas cuya visión haya impactado positivamente en la comunidad, convirtiéndose en ejemplos a seguir para futuras generaciones. La labor de estas personas destaca por su influencia en el desarrollo económico y la mejora de la calidad de vida en Mar del Plata y General Pueyrredon.


  Que el reconocimiento se otorgará a aquellos que, mediante sus actividades, hayan logrado potenciar no solo la faceta turística, sino también la cultural y productiva de la región. Su dedicación no solo se reflejará en la generación de empleo, sino también en la atracción de inversiones que beneficien a la comunidad en su conjunto. Además, se valorará su contribución a la difusión de Mar del Plata y General Pueyrredon como una marca distintiva, destacando no solo sus atractivos turísticos, sino también su rica producción de bienes y servicios de alta calidad. Estos promotores se convierten así en embajadores de la ciudad, promoviendo su desarrollo integral y su proyección positiva a nivel nacional e internacional.


  Que también busca rendir homenaje a aquellos individuos que, a través de su labor, han apostado decididamente por el crecimiento y la prosperidad de Mar del Plata. Estas personas visionarias han invertido su tiempo, esfuerzo y recursos para potenciar la ciudad y el Partido de General Pueyrredon, reconociendo su potencial y comprometiéndose activamente en su desarrollo sostenible.


  Que su apuesta va más allá de la mera promoción e implica una convicción profunda en el potencial de la región, tanto en términos turísticos como productivos. Al elegir Mar del Plata, han contribuido significativamente a fortalecer la identidad local, generando un impacto positivo en la comunidad en su conjunto. Este reconocimiento busca destacar la valentía y la visión estratégica de aquellos que han decidido apostar por Mar del Plata, convirtiéndose en agentes clave para el desarrollo sostenible y la proyección positiva de la región.


  Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical propone el siguiente proyecto de:


  ORDENANZA


  Artículo 1º. - Modifíquese la Ordenanza 19.718, el cual quedara redactado de la siguiente manera:


  Artículo 1º.- Institúyense en el ámbito del Partido de General Pueyrredon los títulos de “Hija Dilecta/ Hijo Dilecto”, “Vecina Destacada/ Vecino Destacado”, “Ciudadana/ Ciudadano Ejemplar”, “Mérito Deportivo”, “Mérito Académico”, “Deportista Insigne”, “Visitante Notable” y las distinciones al “Compromiso Social” y al “Compromiso Ambiental.”


  Artículo 2º.- La asignación de los reconocimientos indicados en el artículo precedente será dispuesta por el Honorable Concejo Deliberante, ya sea por iniciativa del propio H. Cuerpo, del Departamento Ejecutivo o de cualquier persona o institución del Partido


  Artículo 3º.- La propuesta a cualquiera de los títulos, como así también de la distinción que se instituyen en el articulo 1° deberán contar con los antecedentes y testimonios que destaquen la trayectoria de las personas o instituciones merecedoras del reconocimiento, los que quedarán incorporados en el expediente de trámite.


  Artículo 4º.- El título de "Ciudadano Ilustre" es el reconocimiento oficial y honorífico que podrá ser otorgado a personas físicas que, a través de su labor, compromiso y dedicación, hayan contribuido de manera significativa al desarrollo integral y crecimiento sostenible de Mar del Plata y el Partido de General Pueyrredon. Su compromiso y esfuerzo habrán potenciado la faceta productiva, económica y social de la ciudad además de su proyección positiva a nivel nacional e internacional, dejando un legado positivo que perdura en el tiempo.


  Artículo 5º.- El título de “Hija Dilecta/ Hijo Dilecto” es el reconocimiento oficial y honorífico que podrá ser otorgado a personas físicas nativas del Partido de General Pueyrredon. La persona propuesta deberá haber trascendido y descollado a nivel internacional, de forma tal que la sola mención de su nombre, deberá remitir a su obra, trayectoria y legado, sea éste de orden cultural, científico, social o deportivo


  Artículo 6º.- El título de “Vecina Destacada/Vecino Destacado” consiste en el reconocimiento oficial a personas físicas que residan en el Partido de General Pueyrredon, que se hayan destacado en labores de tipo social, cultural, científico u otras, que constituyan un ejemplo de vida para nuestra comunidad


  Artículo 7º.- El título de “Ciudadana/ Ciudadano Ejemplar” consiste en el reconocimiento oficial a personas físicas que residan o hayan residido en el Partido de General Pueyrredon, que se destaquen en la defensa y militancia de los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Nacional, con una trayectoria inspiradora y modelo para la sociedad


  Artículo 8º.- El título de “Mérito Deportivo” consiste en el reconocimiento oficial a personas físicas o jurídicas, de trayectoria destacada en el ámbito del deporte, cuya actuación fomente la formación integral de las personas, genere espacios de participación e inclusión e inspire la elección de una vida saludable.


  El título de “Mérito Académico” consiste en el reconocimiento oficial a docentes, investigadores, estudiantes e instituciones educativas y/o científicas por su destacada labor en el ámbito académico.


  Artículo 9º.- El título de “Deportista Insigne” consiste en el reconocimiento oficial a personas destacadas a nivel deportivo, nacidas o residentes en Partido de General Pueyrredon, siendo su trayectoria un reflejo de disciplina, esfuerzo y tenacidad, representando y honrando a nuestra sociedad.


  Artículo 10º.- El título de “Visitante Notable” consiste en el reconocimiento oficial a personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras que se encuentren transitoriamente en el Partido de General Pueyrredon y reúnan cualidades personales y públicas notorias que se destaquen en el ámbito social, cultural, artístico, político, religioso, económico y/o científico.


  La declaración de “Visitante Notable” podrá ser realizada, excepcionalmente, mediante el dictado de un Decreto de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, previo acuerdo de la Comisión de Labor Deliberativa, haciendo uso de la facultad conferida por el artículo 16º inc. 18) del Reglamento Interno.


  Artículo 11º.- La distinción al “Compromiso Social” consiste en el reconocimiento oficial a personas físicas o jurídicas sin fines de lucro, destacadas por su solidaridad y compromiso en la mejora de la calidad de vida de las personas y en el logro de una sociedad más justa e igualitaria.


  La distinción al “Compromiso Ambiental” consiste en el reconocimiento oficial a personas físicas o jurídicas, grupos, asociaciones e instituciones académicas públicas o privadas, que desarrollen constantemente acciones, estudios, publicaciones relevantes relacionadas con el cuidado y protección del ambiente y sus componentes, la utilización racional de los recursos naturales, la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, tanto para las generaciones presentes como futuras.


  Artículo 12º.- En el supuesto caso que durante la tramitación de alguno de los reconocimientos instituidos en la presente, acaeciere el deceso de la persona física propuesta, la asignación de los mismos será otorgada “post mortem”.


  Artículo 13º.- La asignación de los reconocimientos instituidos se otorgará mediante la sanción de una Ordenanza y la entrega de un diploma honorífico, en un acto convocado al efecto y presidido por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante. Estas distinciones llevarán la firma de la Presidencia y Secretaría del Departamento Deliberativo y de la Concejalía autora de la iniciativa


  Artículo 14º.- El “Registro Municipal de Ciudadanos Ilustres”, llevado por el Museo Archivo Histórico Municipal “Roberto T. Barilli” se denominará a partir de la sanción de la presente “Registro Municipal de Distinciones y Reconocimientos” y seguirá siendo el encargado de conservar el archivo de los títulos de “Hija Dilecta/Hijo Dilecto”, “Vecina Destacada/Vecino Destacado”, “Ciudadana/ Ciudadano Ejemplar”, “Mérito Deportivo”, “Mérito Académico”, “Deportista Insigne”, “Visitante Notable” y las distinciones al “Compromiso Social” y al “Compromiso Ambiental”, los antecedentes documentales y testimonios, junto con la Ordenanza promulgada en cada caso.


  Artículo 15º.- El expediente de trámite a los fines indicados en el artículo anterior, deberá ser remitido por el Honorable Concejo Deliberante al “Registro Municipal de Distinciones y Reconocimientos”, el cual tendrá carácter público y de libre acceso.


  Artículo 16º.- Abróganse las Ordenanzas nº 18175 y 18.839.


  Artículo 17º.- Comuníquese, etc.-


  Artículo 2º. - De forma.


  AUTORÍA:


  CJALA. MARIANELA ROMERO


  CJAL. DANIEL NUÑEZ


  CJAL. GUSTAVO PUJATO


  CJAL. AGUSTIN NEME


  CJALA. MARINA SANCHEZ HERRERO


  CJAL. RICARDO LICEAGA VIÑAS


  CJALA. ANGELICA GONZALEZ


  CJAL. GUIDO GARCIA


  CJAL. JULIAN BUSSETTI


  CJAL. CRISTIAN BENEITO


  CJALA. FLORENCIA RANELLUCCI


  CJALA. MERCEDES MORRO


  CJAL. GUILLERMO VOLPONI

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