Información de Expediente

2023 - E - 1659
Fecha de Entrada: 04/12/2023
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: VAMOS JUNTOS
Autor: CJAL. RANELLUCCI MARIA FLORENCIA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: A LA ESPERA DE LA PROMULGACION
Desde: 14/03/2024
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 6622 0 2024 0 0 0 EX-2024-00006622- -MUNIMDP-DA#SLTH
G 6857 0 2024 0 0 0 EX-2024-00006857- -MUNIMDP-DA#SLTH
G 6942 0 2024 0 0 0 EX-2024-00006942- -MUNIMDP-DA#SLTH
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el programa Mayores por la Ciudad, que tendrá por objeto la realización de actividades turísticas y recreativas para personas mayores pertenecientes al Partido de General Pueyrredon.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-20379 14/03/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 05/12/2023 02/02/2024 Aprobado
006 TURISMO 02/02/2024 06/02/2024 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 06/02/2024 04/03/2024 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 4 de diciembre de 2023


A la Sra. Presidente del


Honorable Concejo Deliberante 


Dra. Marina Sánchez Herrero


S/D


VISTO


La importancia de las actividades turísticas y recreativas en personas mayores para favorecer la dignidad en la vejez;


CONSIDERANDO


Que según el Censo 2022 la edad mediana en el partido de General Pueyrredon es de 37 años, siendo superior a la edad mediana nacional y a la de la provincia de Buenos Aires que es de 32 y 33 años respectivamente.


Que la Ordenanza N° 23784, en su artículo 1° instruye: “Adhiérase la Municipalidad de General Pueyrredon a la Red Mundial de la Organización Mundial para la Salud (OMS) de Ciudades y Comunidades amigables con los Mayores”.


Que la visión de la Red Mundial es para que cada ciudad y comunidad trabaje el ser más amigable con las personas a medida que envejecen, de manera que un día tendremos un mundo que sea amigable para las personas mayores.


Que las ciudades y comunidades amigables con las personas mayores trabajan para mejorar la relación entre los entornos y las personas que viven ahí, independientemente de su edad.


Que Mar del Plata es considerada como una ciudad amigable con las personas mayores dado que muchos adultos la eligen para vivir luego de su retiro y es elegida por turistas de la tercera edad de todo el país para vacacionar.


Que la ciudad debe ofrecer oportunidades a las personas mayores de seguir creciendo y desarrollándose como individuos. A su vez, debe fomentar las herramientas necesarias para contribuir al bienestar e integración de toda la población de adultos mayores.


Que las personas mayores tienen derecho al reconocimiento y al pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a la valorización de su papel en la sociedad y a la integración e inclusión plena y efectiva en la misma.


Que el acceso al ocio y el disfrute de los espacios turísticos y culturales en la ciudad deben constituir un derecho básico en cualquier vida humana, a fin de contribuir a la plena inclusión, integración y participación en la sociedad de las personas mayores.


Que los adultos mayores buscan esparcimiento y diversión a través de la recreación en diferentes espacios de la sociedad, acercándose a propuestas en plazas, al aire libre, de actividades en bibliotecas, teatros y museos, en el caso de nuestra ciudad, muchos participan de lugares como centros de jubilados o clubes de barrio.


Que sin embargo, gran parte de nuestros mayores no pueden participar debido a las distancias, a la accesibilidad y/o conectividad para poder acercarse, son espacios de disfrute que no siempre cuentan con facilidad para nuestros adultos mayores.


Que integrar a los adultos mayores, revalorizando el espacio público de nuestra ciudad, brindando espacios de recreación y facilitando modos de disfrute al aire libre, permite dignificar sus condiciones de vida y contribuir a la conservación de sus facultades físicas y psíquicas.


Que en este sentido, la actividad turística mejora la calidad de vida de las personas, genera beneficios y encuentros entre las comunidades y, en este caso, les facilita a las personas mayores ejercer el derecho al turismo en condiciones de sostenibilidad, accesibilidad y solidaridad.


Que según la Organización Mundial del Turismo (OMT) y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), es necesario incorporar la sostenibilidad en el ámbito turístico y para ello se debe reconocer que ésta sólo será posible si todos están plenamente incluidos, poniendo especial atención en los miembros más vulnerables de la sociedad, entre los que cita a las personas mayores.


Que según la Ley Nacional N° 25.997, “El turismo social comprende todos aquellos instrumentos y medios que otorguen facilidades para que todos los sectores de la sociedad puedan acceder al ocio turístico en todas sus formas, en condiciones adecuadas de economía, seguridad y comodidad” y este aspecto del turismo social se refuerza en la Ley N° 14.209 de la Provincia de Buenos Aires.


Que el turismo social tiene como objetivo generar y promover espacios vivenciales educativos, recreativos y turísticos tendientes a lograr un abordaje integral en función del cumplimiento efectivo de sus derechos, con el propósito de garantizar una mayor igualdad en el acceso al ocio, siendo una oportunidad más de participación para aquellos sectores que muchas veces permanecen marginados de su disfrute.


Que el turismo social no solo brinda la oportunidad de disfrutar del ocio, la cultura y el esparcimiento, sino que también trabaja para reducir o eliminar los obstáculos que impiden a los ciudadanos, que si bien son económicamente activos, tienen recursos escasos o limitados para ejercer su derecho al turismo y a la recreación.


Que para lograr que los adultos mayores tengan la oportunidad de recreación, así como de conocer nuestra identidad cultural, riquezas naturales y arquitectónicas bajo los principios del turismo social, es que se deben desarrollar políticas y programas encaminados hacia una cohesión social y una optimización inteligente de sus recursos.


Que este programa se encuentra destinado a los marplatenses y batanenses mayores de 60 años, para que reconozcan la ciudad, a partir de recorrer espacios que tal vez ya conocían y han cambiado, de mirar con cuidado y atención distintos lugares de la ciudad para conocerla mejor y para que vuelvan a darle valor a los espacios que tienen su impronta particular, por su historia y por su identidad.


Que para ello se propone un programa turístico-recreativo que permite recorrer y conocer la historia de la ciudad de forma libre y gratuita, a través de salidas recreativas desde diferentes puntos del partido de General Pueyrredon.


Que estos paseos buscan integrar la historia con las nuevas realidades urbanas, además de generar una apropiación cultural de los nuevos espacios recuperados e intervenidos y darles a las personas mayores la oportunidad de conocer la ciudad en la que viven.


Que del mismo modo, las salidas recreativas podrían ser visitas guiadas por la ciudad y la zona (Mar del Plata, Batán, Laguna y Sierra de los Padres), recorridos culturales, visitas a museos, fábricas y/o templos religiosos así como caminatas temáticas o circuitos turísticos de personalidades destacadas, como lo es Astor Piazzola.


Que estas actividades partirán desde diferentes puntos del Partido de General Pueyrredon, priorizando que sean lugares comunes para nuestros mayores, donde se nuclean y/o acuden por diversos motivos, ya que se encuentran presentes en diferentes barrios de nuestra ciudad y eso permite favorecer y potenciar el acceso a las propuestas.


Que en otras oportunidades se han realizado distintas actividades socioculturales y turísticas programadas, permitiendo que aquellos que asisten a centros de jubilados puedan compartir, entretenerse y divertirse; sin embargo, este proyecto busca garantizar el acceso a este derecho de todas las personas mayores que habitan en el partido de General Pueyrredon de manera sostenida en el tiempo.


Que estas acciones brindan a las personas de la tercera edad un espacio de esparcimiento, estimulación, contención, fraternidad y participación donde comparten con sus pares a través de la recreación, siempre en pos de mejorar su calidad de vida y de desplegar las potencialidades que fueron postergadas por diferentes motivos a lo largo de su vida.


Que es importante que un municipio como General Pueyrredon, que es considerado un polo gerontológico, fomente el protagonismo de los adultos mayores en la participación en actividades recreativas y turísticas con las que cuenta la ciudad y refuerce su compromiso con las personas mayores para garantizar el acceso a estos programas.


Por los motivos expuestos, los concejales debajo firmantes proponen para su tratamiento y posterior sanción el siguiente:


PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º-: Créase el programa “Mayores por la Ciudad” que tendrá por objeto la realización de actividades turísticas y recreativas para personas mayores pertenecientes al Partido de General Pueyrredon mayores de 60 años.


Artículo 2º-: El programa será de carácter turístico socio-recreativo, cuyas actividades podrán ser recorridos por la ciudad, visitas guiadas y/o caminatas temáticas, teniendo en cuenta la oferta urbanística, histórica, cultural y natural de Mar del Plata y Batán.


Artículo 3º-: El programa “Mayores por la Ciudad” estará coordinado por el Ente Municipal de Turismo y Cultura (EMTURyC), quien será la autoridad de aplicación, y las áreas que el Departamento Ejecutivo considere pertinentes. Coordinarán las acciones con las distintas autoridades municipales, provinciales, nacionales y entidades privadas y/o del tercer sector que consideren necesarias y que se vinculen a dicha actividad.


Artículo 4º-: La autoridad de aplicación deberá:


a) Confeccionar anualmente un programa de actividades a desarrollar, su presupuesto de recursos y gastos incluyendo los necesarios para el funcionamiento operativo de dicho programa;


b) Planificar y programar las actividades en forma integral, permitiendo el acceso de dicho programa a la mayor parte de la población de personas mayores, teniendo en cuenta lo dispuesto por la presente ordenanza;


c) Realizar las propuestas turísticas a ofrecer a los adultos mayores dentro del partido de General Pueyrredon, trabajando en la creatividad e innovación de las mismas, fomentando la integración de la historia de la ciudad con las nuevas realidades urbanas y la oferta recreativa cultural y natural del partido, teniendo en cuenta las facilidades necesarias para las personas mayores en cuestión de accesibilidad;


d) Establecer puntos de salida específicos dentro del Partido de General Pueyrredon, garantizando de esa manera la accesibilidad y conectividad de todas las personas mayores que residan en el mismo;


e) Promover a través de los medios de comunicación y promoción disponibles, la difusión del programa.


Artículo 5º-: De forma, etc.


AUTORÍA DEL PROYECTO:


Florencia Ranellucci


ADHESIÓN DEL PROYECTO:


Agustín Neme


Guillermo Volponi


Fernando Muro


Mercedes Morro

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