Información de Expediente

2024 - E - 1664
Fecha de Entrada: 24/06/2024
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. AYALA MARIA EVA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 27/06/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el programa Agua sin Plomo, para verificar la existencia del material de plomo en la estructura de las cañerías en la totalidad de las instituciones edilicias municipales.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 27/06/2024
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 4 de Junio 2024


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


VISTO


La peligrosidad del uso extendido del plomo en las cañerías de agua y en la soldadura de las mismas, dada la cantidad de estructuras edilicias antiguasexistentes en el Partido de General Pueyrredon, y


CONSIDERANDO


Que el plomo no está presente en el organismo de forma natural, por lo que se lo considera un elemento extraño. Es muy persistente en el medio ambiente, a través del aire, agua y suelo, lo más preocupante es queeste metal no se metaboliza, sino que se deposita y permanece tanto en el ambiente como en el cuerpo.


Que una vez que el plomo ingresa en el organismo, es transportado por el torrente sanguíneo a los diferentes órganos por lo que es una sustancia tóxica acumulativa que afecta a todo el sistema corporal, como a los sistemas cardiológicos y neurológicos, del aparato digestivo, hematológicos y renales.


Que la Organización Mundial de la Salud determinó que el plomo es una de las diez sustancias químicas más peligrosas para la salud pública y que requieren la intervención de los Estados Miembros para proteger la salud de los trabajadores, los niños y las mujeres en edad reproductiva.


Que en Argentina la eliminación del tetraetilo de plomo como antidetonante en las naftas producidas y comercializadas en el país, fuea partir de 1996y el contenido de plomo en pinturas al látex se encuentra regulado, ya que la evidencia científica demostró la magnitud del daño que generaban.


Que el plomo en el agua no se ve, no tiene sabor nitampoco olor, por lo que es imperceptible a través de los sentidos. En los últimos años, investigaciones científicas han demostrado que cualquier nivel de plomo en el agua puede ser altamente perjudicial para el ser humano. 


Que, durante muchos años, las cañerías de gran parte de Argentina se han realizado con material de plomo y esto es un gran problema ya que el agua que se consume de forma diaria contiene material tóxico.


Que la exposición al plomo también puede resultar del consumo de agua que circula por cañerías de plomo.Las tuberías de plomo suelen deteriorarse por el tiempo de uso, provocando que suelte desechos como óxido que se mezcla con el agua.


Que dada la antigüedad edilicia de muchas viviendas en el Partido de General Pueyrredon existen altas probabilidades de que las cañerías de agua pueden ser solamente de plomo, o que estén conectadas o soldadas con plomo.


Que las infancias son principalmente vulnerables a la toxicidad del plomo, ya que, al encontrarse en etapa del desarrollo, los efectos neurotóxicos adquieren potencialidad.El plomo puede llegar a causar, entre otras patologías, daño neurológico con graves consecuencias en niños y niñas.


Que las consecuencias de las infancias a la exposición del plomo son: alteraciones de los parámetros neurológicos, neurofisiológicos, cognitivos y de comportamiento, como por ejemplo trastornos en las habilidades de aprendizaje, alteraciones en el desarrollo del lenguaje, déficit de atención, bajo rendimiento escolar, entre tantos otros.


Que la exposición al plomo también trae consecuencias importantes sobre la mujer embarazada y el feto. El plomo cruza la barrera placentaria y pone en riesgo al feto ya que aumenta directamente el riego sobre el sistema nervioso central.


Que Miriam Virgolini, investigadora asistente del CONICET en el Instituto de Farmacología Experimental de Córdoba (IFEC, UNC-CONICET) comenta que los efectos de la exposición a plomo “constituyen una epidemia silenciosa que no se manifiesta en el comportamiento hasta la edad escolar, cuando se evidencia en niños hiperactivos, con problemas de atención y disminución del coeficiente intelectual. Son todas alteraciones neuroconductuales que se originan por exposición a largo plazo a bajos niveles de plomo en organismos en desarrollo”.


Que la vigilancia y el abordaje epidemiológicoson fundamentales, como por ejemplo dar cuenta de las condiciones socioambientales de los edificios municipales.


Que uno de los aspectos más importantes y fundamentales para eliminar la exposición al plomo es combatir la desinformación. Es de vital importancia que la ciudadanía tenga información basada en evidencia de los daños generados por la contaminación con plomo en el hogar y sus formas de prevención.


Por lo expuesto, el bloque de Concejales de Acción Marplatense, presenta para su consideración el siguiente proyecto de


ORDENANZA


Artículo 1º: Créase el programa “Agua sin Plomo” para verificar la existencia del material de plomo en la estructura de las cañerías en la totalidad de las instituciones edilicias municipales que comprendan a las áreas educativas, de salud, de cultura, de deporte, de desarrollo social y de gobierno con el fin de garantizar la seguridad sanitaria del suministro de agua.


Artículo 2º: Establézcase que en las estructuras edilicias municipales en las cuales se identifique la existencia de plomo en las cañerías, se procederá a generar un análisis químico del agua para detectar niveles de plomo u otros materiales pesados en agua potable.


Artículo 3º: Requiérase la creación de un registro público del estado y composición de las cañerías de agua potable de cada una de las instituciones municipales inspeccionadas para su evaluación, seguimiento y monitoreo.


Artículo 4º: Institúyase un plan de comunicación en todos los medios de difusión oficiales de los riesgos que supone el plomo para la salud a toda la comunidad del Partido de General Pueyrredon.


Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo del Municipio de General Pueyrredon deberá presentar uninforme público de los resultados de las inspecciones realizadas, como también de los resultados de los análisis químicos del agua en todos sus medios de comunicación oficiales.


Artículo 6º: Créase una Comisión interdisciplinaria para la seguridad sanitaria del suministro de agua con el objeto de propiciar un abordaje futuro sobre los resultados arrojados de la inspección.


La Comisión interdisciplinaria estará conformada por dos (2) representantes de cada uno de los siguientes organismos:


- Concejo Deliberante


- Instituto de Investigaciones en Ciencia y Tecnología de Materiales - INTEMA


- Colegio de Ingenieros de la Pcia. de Buenos Aires


- Colegio de Arquitectos de la Pcia. de Buenos Aires


- Departamento de calidad de OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DE ESTADO (O.S.S.E.)


- Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR)


Artículo 7º: Comuníquese,etc.–


Autoría:


Adhesión:

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